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Hacienda no devolverá las retenciones del impuesto sobre la renta a los parados que no lo soliciten de modo explícito

Hacienda no devolverá las retenciones efectuadas en los subsidios de paro por el Instituto Nacional de Empleo (Inem), salvo que el afectado lo solicite individualmente. La decisión, adoptada tras una sentencia del Tribunal Supremo que reconoció a los desempleados el derecho a no sufrir tales descuentos, puede sentar precedente en la polémica sobre el derecho a deducir del impuesto sobre la renta 10.000 pesetas por cada miembro de la familia. Como las arcas del Estado quedarían enormemente mermadas ante la eventualidad de que todos los contribuyentes empiecen a solicitar la devolución y se acojan a su derecho en la próxima declaración el Estado recurrirá al Supremo y estudia la posibilidad de hacer lo mismo que con los parados. Esta posibilidad de deducir ya no será posible en 1985, pues la ley de Presupuestos para 1984 elimina toda oportunidad de extender la deducción de 10.000 pesetas por gastos personales sin justificación a cada miembro de la familia

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Los parados y las familias ya pueden reclamar

El caso de los parados, que tiene menor repercusión económica -afecta a poco más de medio millón de personas, frente a los casi seis millones de contribuyentes con cónyuge o hijos-, ha seguido un curso similar al de las 10.000 pesetas. Una vez que fue sentenciado en Audiencia Territorial, pasó al Tribunal Supremo (Sala Tercera), que dio la razón al recurrente. Ahora, en cambio, el promotor del recurso será el Estado, según confirmaron ayer fuentes oficiales.No obstante, por el enorme impacto que tendría una reclamación de todos los contribuyentes -al menos 200.000 millones de pesetas de eventual devolución por el último año y otro tanto de deducción y consiguiente no pago o devolución en la declaración de la próxima primavera-, los responsables de Hacienda han empezado a estudiar soluciones más eficaces, según fuentes informadas.

Una de las posibilidades analizadas, como complemento del recurso, consiste en aprobar una norma con rango suficiente, que quizá debería tener fuerza de ley para evitar dudas. Otra, que parece contar con menos partidarios entre los expertos, sería suspender la ejecución de la sentencia de la Audiencia Territorial de Valencia (véase EL PAIS de ayer) alegando grave detrimento para la Hacienda Pública. Pero esta solución, desestimada con motivo de una sentencia anterior sobre las retenciones a los parados, requiere un acuerdo del Consejo de Ministros y añade otros problemas, así como el efecto de invocar para el caso una ley dictada en 1956.

Caso singularPor su parte, fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda señalaron, al confirmar el recurso ante el Supremo, que la sentencia de la Audiencia valenciana sólo es aplicable al matrimonio que la ha protagonizado; que ni se ha estudiado el suspender la ejecución del fallo, pues no es lesivo para los intereses del Esta do; que el proyecto de ley de Presupuestos para 1984 ya elimina claramente toda oportunidad de extender la deducción de 10.000 pesetas por gastos personales sin justificación a cada miembro de la familia, no recogida en ningún texto legal; y que Dirección General de lo Contencioso estudia si será necesaria entre tanto, de cara a la próxima declaración de renta (por 1983), alguna norma ley o decreto-ley.

En el caso de las retenciones al desempleo, se adoptó una solución habitualmente fácil para Hacienda, pero criticada por quienes le atribuyen los tradicionales defectos de contar con el desánimo del contribuyente ante la perspectiva de pleitos, que tanta eficacia aparente ha demostrado, según fuentes allegadas a la inspección y a los asesores fiscales.

Según publica en su último número (octubre) la revista Gaceta Fiscal, el Gobierno contestó en el mes de agosto al diputado conservador Jorge Verstrynge, secretario general de Alianza Popular, que sólo se devolverán las retenciones efectuadas a los parados "que hayan impugnado las autoliquidaciones en el plazo de seis meses después y antes de un año desde la presentación de aquéllas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento de Procedimiento de las Reclamaciones Económico-Administrativas".

Así, una presunta deuda de Hacienda próxima a los 50.000 millones de pesetas, cifra manejada por expertos tras leer la sentencia del Tribunal Supremo, ha quedado reducida en los cálculos más altos de Hacienda a poco más de 10.000 millones. Las devoluciones, según la respuesta gubernamental que recoge Gaceta Fiscal, "quedarían limitadas, prácticamente, al año 1982, que, como máximo, el montante total podría ascender a 10.074 millones de pesetas, según datos facilitados por el Instituto Nacional de Empleo". La misma respuesta del Gobierno informaba que se han dado instrucciones al Inem para que suspenda las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta en las prestaciones del subsidio de desempleo. "Las devoluciones correspondientes a las retenciones practicadas durante el año 1983, hasta el 1 de julio de este año, podrán ser obtenidas por compensación por los propios contribuyentes en la declaración de dicho año, a presentar en 1984".

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