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La reorganización administrativa

Los ministros de Economía y Hacienda y de Presidencia, enfrentados por la reforma de la función publica

El proyecto de ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública no tendrá texto definitivo hasta mañana, lunes, a pesar de que fue aprobado el pasado miércoles por el Consejo de Ministros. Esta ley, que partió de varios borradores, ha pasado un complicado proceso debido a las tensiones producidas en materias competenciales entre dos ministerios. Para que lograra el visto bueno del Gabinete, fue necesario que el propio presidente, Felipe González, mediara entre el ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer, y el de la Presidencia, Javier Moscoco.

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Los tres sindicatos que participaron en las primeras conversaciones, UGT CC OO y Fedeca (Federación de Cuerpos Superiores de la Administración), mantienen una opinión desfavorable hacia el proyecto, que ha llegado a ser calificado como "auténtico bodrio".Este proyectó de ley, del que desapareció la calificación de urgente en el borrador final, comenzó a prepararse poco tiempo después de la toma de posesión del actual Gobierno. En principio, y de acuerdo con el programa electoral socialista, el Ejecutivo consideró la reorganización de la Administración pública como una de las medidas a acometer con prioridad. El Gobierno se limitó en los primeros meses a aplicar horarios, incompatibilidades y nuevas normas sobre excedencias y permisos.

Comenzó a proyectarse el borrador en los primeros meses del año y se solicitó el informe de los distintos departamentos ministeriales. Según fuentes de la Moncloa, los múltiples cuerpos de la Administración dominan todos los departamentos, y cada uno de ellos quiso poner su guinda en el proyecto. Se consultó e las centrales sindicales, pero no existió en ningún momento la negociación de los grandes temas.

Hacienda hizo las mayores rectificaciones

Consultada sobre estas cuestiones, Pilar Arroyo, representante de Comisiones Obreras, manifestó que no puede opinar de una manera categórica, porque algunos artículos han sufrido modificaciones, y alegó que hasta mañana no conocerá el texto definitivo de la ley.Según fuentes oficiales, las primeras líneas generales del proyecto fueron aprobadas por el Consejo de Ministros el 22 de julio, y en septiembre hubo un nuevo texto de acuerdo con las modificaciones planteadas por los diversos ministerios. La mayor parte de las rectificaciones partieron de Hacienda. Los problemas fundamentales entre Boyer y Moscoso surgieron por cuestiones competenciales.

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Hacienda, como órgano gestor del gasto público, no quiso perder sus prerrogativas económicas, y Moscoso quedó, una vez resuelto el conflicto, como jefe de personal.

Desde 1964, Hacienda había ido aumentando sus competencias. De acuerdo con la filosofía de los modernos tratadistas en Derecho Administrativo, la política de la función pública debe dirigirla el Ministerio de la Presidencia, y a Hacienda corresponde fijar los topes salariales.

Javier Moscoso, en las discusiones con Hacienda, pactó vanos artículos, dado que Boyer había presentado una serie de alternativas a los mismos. A mediados de octubre fue el propio Felipe González quien medió en la contienda para que el texto pudiera salir adelante. Uno de los pactos clave consistió en introducir un artículo entre el 3 y el 4, en el que se dice: "Corresponde al ministro de Hacienda proponer las directrices de los gastos de personal y autorizar cualquier medida relativa al personal que pueda suponer modificaciones en el gasto presupuestado".

También se ha cambiado la denominación de Junta Central de Personal, que ahora pasa a llamarse Comisión Superior de Personal, establecida en el artículo 7.

Asimismo, han pasado por un nuevo tamiz artículos como los que hacían referencia a las relaciones de los puestos de trabajo y a la oferta de empleo público.

Uno de los artículos más polémicos es el 19, en el que se habla de medidas de los conceptos retributivos. Con el fin de aplicar esquemas de la empresa privada, además de los percibos básicos se establecen los complementos para retribuir la dedicación, las dificultades técnicas, la incompatibilidad y la. peligrosidad o penosidad.

Pluses por productividad

Pero también se añaden los percibos extraordinarios derivados de la productividad. En este caso será el gestor de un programa quien reparta estos incentivos, pero con carácter temporal. En la nueva redacción se establece que esta prima extraordinaria será pública, y que de ella tendrán conocimiento los representantes legales de los trabajadores.Desde el punto de vista de Presidencia, el proyecto de ley -en el que se contemplan artículos base que tendrán que pasar posteriormente al Estatuto de Bases de la Función Pública- facilitará la redistribución del funcionariado de acuerdo con las competencias que se transfieren a las comunidades autónomas y con las nuevas funciones que puedan corresponderles en la Administración central; recoge las reivindicaciones del funcionariado en lo que respecta a la carrera administrativa y establece la posibilidad de convocar una oferta pública anual.

El proyecto de Presidencia pretende reducir el número de cuerpos y escalas, y declara a extinguir todos los cuerpos procedentes del Movimiento, la antigua AISS (Administración Institucional de Servicios Socioprofesionales) y aquellos integrados en organismos autónomos suprimidos. De los 220 cuerpos y 1.300 escalas, no se sabe exactamente qué número será el definitivo. De los funcionarios que hay que transferir se desconoce la cifra exacta, aunque se estima una cantidad aproximada de 12.000. La duración del proceso de transferencia de funcionarios a comunidades autónomas tampoco está fijada.

Preocupación entre el funcionariado

Entre el funcionariado hay cierta preocupación por lo que se conoce como los traslados forzosos, posibilidad que puede ejecutar el Gobierno de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la LOAPA (ley orgánica de Armonización del Proceso Autonómico), en la que se establecen las directrices de lo que debe ser la futura Administración. El Gobierno estima que resulta imposible calcular el número de traslados forzosos, porque antes se han de consumir otras vías.La primera, la petición voluntaria de traslados, para lo cual existen incentivaciones concretas. La segunda de las medidas correctoras vendrá de la jubilación forzosa a los 65 años, o la voluntaria, una vez sea aprobada la ley. El tercer punto del proceso está en el cambio de ministerio de acuerdo con las necesidades o la variación de la función actual -al haber sido ésta transferida- por otra que se considere necesaria.

Sólo al final de este proceso se procedería a los traslados forzosos. Y para ello siempre habría la posibilidad de acogerse a los incentivos que para tal supuesto existen y a los que ya se han acogido algunos funcionarios. Las posibilidades del traslado están abiertas a los contratados, que de esta forma aseguran la continuidad en el puesto.

Hasta el momento han sido transferidos a las comunidades autónomas 143.550 funcionarios. En esta cifra están incluidos los docentes y los pertenecientes a la Administración periférica del Estado. De organismos autónomos han sido transferidos 8.183 y están pendientes los correspondientes al IRYDA (Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario) y el Icona (Instituto para la Conservación de la Naturaleza).

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