_
_
_
_
TRIBUNALES

Juzgados ante la Audiencia Nacional por el intento de liberar a dos presas de ETApm de la cárcel de Barcelona

"María Nieves, ¿qué hace una chica como tú en una sala como esta?" El letrado defensor de María Nieves Garrido, apenas iniciar su informe, enunció esta perplejidad ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que la juzgó ayer, junto con otros tres procesados acusados de un delito de evasión de presos, depósito de armas de guerra y detención ilegal. Se juzgaba el intento de liberar de la cárcel de Barcelona a dos reclusas de ETApm, ocurrido el 27 de marzo de 1981. Pero, una vez que el letrado formulase su inquietud, se extendió en explicar cómo todo lo actuado por su patrocinada no iba más allá de "un ligue", o de una "relación afectiva o de ligue", o "el clásico ligue, con mayor o menor profundidad".

Total, que por imperativo legal inescusable, y a la vista de que la semana pasada un procesado de ETA ya adujo el tema del ligue para justificar su presencia en el domicilio de un acusado de colaborar con banda armada, la Audiencia Nacional va a estar forzada a definirse sobre concepto tan aparentemente extrajurídico, o, al menos, a definirlo y delimitarlo con otras figuras tipificadas en el Código Penal.

Falsos abogados

Karmele Barandiarán y María Arrate, internadas en la cárcel de mujeres de Barcelona, intentaron ser liberadas por dos compañeros de ETApm, para lo que éstos falsificaron carnés de abogados, documentos de identidad adecuados a su fingida personalidad, y hasta obtuvieron con ellos, en el Colegio de Abogados, el pase correspondiente para visitar a las reclusas.La operación se fue al traste por sospechas de los funcionarios de Prisiones, y fueron detenidos José Ignacio Echarte y José María Lacasta -juzgado ayer-. Más tarde se detuvo, en un automóvil, a Santiago Cogolludo, que también compareció en el banquillo, junto a Nemesio. Merino y María Nieves Garrido, detenidos después y acusados de ocultar y colaborar con el comando que intentó la liberación.

La letrada defensora de Lacasta le presentó como el enamorado que trata de salvar a su novia -Karmele Barandiarán-, internada en la prisión. El único medio que encuentra para entrar en la carcel es hacerse pasar por abogado. La pistola la lleva, también necesariamente, por si hay dificultades, y a la hora de la verdad sólo dispara contra las paredes. En resumen, todo ello configura una única acción con unidad de propósito y tipificaría un delito de evasión de presos en grado de tentativa, por lo que pide tres meses de arresto.

El diputado Juan María Bandrés defendió a Cogolludo y a Merino. Para el segundo pide la absolución, por entender que no se ha probado nada sustancial, salvo que acude a Francia, enviado por un amigo, para recoger un paquete y algo de dinero. En cualquier caso, afirma, ni se sabe bien qué contiene el paquete ni hay relación entre el viaje y el intento de evasión.

Para Cogolludo, las cosas son más serias, pero Bandrés trata de desmontar las acusaciones. Se le han encontrado tres carnés de identidad falsos, con su fotografía, pero nadie prueba que los haya falsificado él ni que los haya utilizado en ningún momento. La evasión de presos tampoco le alcanza, según su defensor, porque un simple viaje en coche, hasta Barcelona, para transportar a otras personas, no supone el principio de ejecución del delito.

Utilizado por ETA

Bandrés explicó que su defendido había sido utilizado por la organización ETA, que es uno de tantos a los que "se utiliza, pero sin muchas explicaciones, tal y como sabe la sala y yo mismo, por experiencia en este tipo de sumarios". Mientras Bandrés argumentaba en esta dirección, Lacasta, que era el único procesad que permeneció dentro de la cabina de seguridad, movía la cabeza insistentemente, sin que se posible adivinar su reacción.El mismo argumento lo utiliza el defensor para exculpar a Cogolludo del delito de depósito de armas. La bolsa que apareció en el coche era de los otros ocupantes, posiblemente liberados de ETApm y mucho más diestros que el acusado, como lo prueba, según el abogado, el hecho de que lograran huir. Es muy extraño que la organización entregue armas a una persona que es ajena a la misma, "a lo sumo simpatizante", y a la que sólo utiliza.

María Nieves Garrido es una enfermera que trabaja desde hace doce años en Barcelona y que, con su esfuerzo, desde hace seis, es propietaria del piso que habita. Ha conocido ocasionalmente a Lacasta en un bar y se produce, asegura el defensor "lo que vulgarmente se llama un ligue". La procesada, además, cree que liga con un abogado. Hasta el propio colegio profesional, asegura el defensor, cae en el engaño; cuanto más su patrocinada, que nada sospecha.

María Nieves recibe un día una llamada y acoge en su domicilio a Lacasta y otro amigo. Duermen allí. Ella nada sabe ni de su militancia ni de sus propósitos, y a la mañana siguiente, cuando la enfermera ha marchado a su trabajo, intruducen en el piso las armas que utilizarán por la tarde en su visita a la cárcel. Pedir la absolución, es la consecuencia de este planteamiento.

Para el fiscal hay un delito de cooperación, por el que pide tres años de cárcel.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_