Cataluña tuvo durante la República la ley del aborto más progresista de Europa
Permitía interrumpir el embarazo por razones éticas o sentimentales
Con la publicación, el 9 de enero de 1937, en el Diari Oficial de la Generalitat del decreto de 25 de diciembre anterior, firmado por el conseller en cap (primer ministro), Josep Tarradellas, y por los consellers de Sanidad y Asistencia Social y de Justicia, Pere Herrera, de la CNT, y Rafael Vidiella, de UGT, Cataluña se ponía a la vanguardia europea en la legislación sobre el aborto.En 1916 había sido la República Federal de Suiza la que, tras un duro debate, había introducido por primera vez en Europa una legislación sobre el aborto. Le había seguido Checoslovaquia, en 1925, admitiendo el aborto no sólo por motivos terapéuticos sino también con fines restrictivos de maternidad. Al año siguiente, fue la Unión Soviética la que aceptó el aborto, y tres años más tarde, en 1929, el Japón imperial.
El decreto catalán de 1936 representó un progreso importante sobre las legislaciones anteriores, al tener en cuenta, para legalizar la interrupción artificial del embarazo, causas terapéuticas (enfermedad física o mental de la madre que contraindicase el parto), motivaciones eugenésicas (taras que pudiesen transmitirse), factores neomalthusianos (deseo consciente de limitación voluntaria de la natalidad) y razones sentimentales o éticas (maternidad no deseada por la madre por causas de orden amoroso o sentimental).
Legislación progresista
El decreto catalán, cuya entrada en vigor se aceleró sin duda como consecuencia del inicio de la guerra civil, se inscribía dentro de las medidas de reforma sanitaria que el Gobierno autónomo catalán había puesto en marcha desde la proclamación de la Segunda República, y que habían adquirido un ritmo mucho más trepidante desde el 18 de julio.La Conselleria de Sanidad y Asistencia Social declaró una guerra total contra determinadas enfermedades, combate que tuvo numerosos frentes: lucha antivenérea, antituberculosa, antileprosa, antipalúdica, antirrábica, antivaricosa, antirreumática, anticancerosa, etcétera. Todo ello acompañado de medidas para mejorar la higiene general y la infantil en particular, para controlar las aguas mineromedicinales y las intoxicaciones profesionales y para evitar enfermedades laborales de todo tipo. La Generalitat pensó incluso en crear un Instituto de Ciencias Sexuales. En 1937, en la Maternidad de Les Corts, de Barcelona, entró en funcionamiento la primera "escuela de maternidad consciente".
En otro orden de cosas, el decreto de 1936 se alinea claramente con aquella legislación progresista en materia civil que el Parlamento catalán republicano aprobó desde su constitución en 1932, que culminó con la entrada en vigor de la ley de mayoría y habilitación de edad (1934), de la ley sobre la capacidad jurídica de la mujer y de los cónyuges (1934) y la ley de sucesión intestada (1936).
El decreto del 25 de diciembre de año 1936 comenzaba señalando la necesidad de evitar los abortos clandestinos que ponían en peligro la vida de la madre: "Hay que acabar", decía la introducción del texto, "con el oprobio de los abortos clandestinos, fuente de mortandad maternal, para que la interrupción del embarazo pase a ser un instrumento al servicio de los intereses de la raza y efectuado por aquellos que tengan solvencia científica y autorización legal para realizarlo".
El doctor Félix Martí Ibáñez, director general de la Conselleria de Sanidad, escribió en relación a este problema: "Ya no asistiremos más al espectáculo de madres muertas a causa de una fallida maniobra abortiva, de infanticidios dimanantes del odio al niño que nació sin ser deseado, de mujeres con su rumbo vital torcido por un hijo que es un estigma o una reminiscencia de algo que se desearía olvidar, de niños llegados a hogares sin pan y a padres sin amor".
Sólo en centros autorizados
Según establecía el decreto, la interrupción artificial del embarazo sólo podía realizarse en deter minados centros autorizados expresamente para ello. Se conside raban motivos que justificaban el aborto razones de orden terapéutico, eugenésico y ético. Los abortos realizados por este último motivo se efectuaban a petición de la interesada, sin que nadie de su familia pudiese presentar después reclamación alguna en relación al resultado de la intervención. Sólo cuando existía una justificación terapéutica, se autorizaría el aborto a una embarazada de más de tres meses. Si no existía esta motivación terapéutica, no se autorizaba a la mujer a abortar más de una vez al año.El decreto se extendía en precisar los organismos, los centros y los facultativos que tendrían capacidad legal para realizar los abortos, y establecía sanciones cuando éstos se llevasen a efecto en centros no autorizados. Asimismo, la Conselleria de Sanidad nombraría un comisario en cada hospital autorizado, con el fin de fiscalizar, controlar e inspeccionar el servicio. Este tendría incluso la facultad de suspender o modificar el funcionamiento de las salas hospitalarias que llevaran a cabo interrupciones de los embarazos.
Los médicos, obligados
Cuando upa mujer solicitaba la intervención, se le abría una ficha médica, psicológica, eugenésica y social, y era sometida a un reconocimiento para tener garantías razonables de que resistiría la intervención a que debía ser sometida. Sólo tras estos trámites, se procedía a interrumpir un embarazo. El decreto castigaba criminalmente a quienes en el futuro realizasen privadamente prácticas abortivas.Una orden del conseller de Sanidad y Asistencia Social de primero de marzo de 1937 (publicado en el Diari Oficial de la Generalitat el día 5), estableció algunas precisiones al decreto anterior. Entre las más importantes hay que señalar la obligatoriedad de los médicos toco-ginecólogos de los hospitalarios autorizados a practicar las referidas prácticas abortivas, y aquellas que se referían al funcionamiento administrativo de las exploraciones e intervenciones clínicas. Todo ello denota la extraordinaria seriedad y rigor con que la Generalitat pretendía llevar a cabo las interrupciones artificiales del embarazo.
En la ciudad de Barcelona, éstas se autorizaron en la Casa de la Maternidad, en el Hospital General de Cataluña (nombre dado al hospital de Sant Pau), en el Hospital Clínico y en el hospital Cardenal. Fuera de la capital, sólo podían practicarse abortos en Lérida, Puig Alt de Ter (nombre que se le dio en 1937 a Sant Joan de les Abadesses), Badalona, Berga, Granollers, Reus, Igualada, Olot, Vic, Gerona y Vilafranca.
La primera interrupción científica, como gustaban de llamarla quienes fueron los promotores de la reforma, se llevó a cabo a una joven casada de 25 años en el hospital Cardenal de Barcelona. A su escaso nivel cultural, la joven añadía un historial médico familiar verdaderamente espantoso: padre sifilítico y canceroso, madre fallecida de una afección cardíaca, dos hermanos muertos de pulmonía y una hermana escrofulosa (mezcla de enfermedad cutánea y tuberculosa). Tenía ya dos hijos, que habían heredado la sífilis y que eran además, subnormales. Su marido se hallaba luchando en el frente de Madrid.
Así pues, la reforma a la que aludimos tenía un claro carácter eugenésico (intento científico de controlar la calidad racial de las generaciones futuras), concepción médico-social muy en auge durante aquellos años en Estados Unidos, donde eran frecuentes las estirilizaciones a los enfermos mentales. Trataba además de evitar el "curanderismo asesino" y de "dotar al proletariado de un medio científico eficaz para controlar su natalidad, sin temor a los peligros que ello pudiese reportarle". Son expresiones del mencionado doctor Martí.
Pocas críticas
En opinión de quienes impulsaron la reforma, la maternidad adquiría así un sentido social y espiritual y quedaba, por tanto, dignificada. Se dignificaba también a la mujer, que se convertía en dueña de su cuerpo y que veía realizado su anhelo de libertad. Además, la maternidad se convertía en un fruto consciente de los sentimientos y no en la consecuencia indeseada del egoísmo sexual masculino.Las condiciones políticas impuestas por la guerra redujeron considerablemente la libertad de expresión de aquellos sectores, estamentos o grupos políticos conservadores que hubiesen podido oponerse a la entrada en vigor de la reforma eugenésica del aborto. Alguno periódicos de la derecha nacionalista, como La Veu de Catalunya, de la Lliga, fueron incautados por la CNT-FAI, organización que dominaba la Conselleria de Sanidad cuando el decreto entró en vigor. No es de extrañar, pues, que no existiese apenas ninguna oposición a la reforma de este lado. Sólo los comunistas se atrevieron, a través de algún folleto de divulgación, a criticar algunos aspectos de la misma.
Así, el doctor Mina, en su opúsculo El problema sanitario ante la revolución proletaria, publicado en 1937 por la Editorial Marxista, escribió en relación al hecho de que se tratase de una reforma de tipo eugenésico: "¡Interés de la raza! Se huele la influencia de la teoría del racismo, tan cara a los nazis alemanes". Y añadía: "Lo que importa para la especie humana no es la selección de un pequeño número de individuos, sino la creación de condiciones de subsistencia suficientes para permitir a todos los miembros de la sociedad vivir y rendir provecho".
Mayor profundidad tenía la crítica referente al posible perjuicio que la intervención quirúrgica podía tener para la madre. "Y precisamente porque no sabemos si el aborto, aún practicado de un modo irreprochable, es dañino para la salud de la mujer, es por lo que sería preciso organizar, no sólo los servicios hospitalarios para la interrupción del embarazo, sino principalmente centros para enseñar a la mujer las mejores precauciones para evitarlo".
En honor a la verdad, hay que aludir a que ya el Gobierno catalán había puesto en marcha, de manera tímida tal vez, es cierto, centros para informar seriamente sobre los métodos anticonceptivos. La crítica marxista era una muestra más del enfrentamiento ideológico, político y estratégico que enfrentó durante buena parte de la guerra a los comunistas con los anarcosindicalistas.
La reforma eugenésica del aborto no fue sólo una reforma sanitaria, sino que trató de presentarse revestida con bellos tules humanistas y estéticos, tan caros a las formulaciones teóricas de los anarquistas hispanos.
Lo escribió con precisión el conseller de Sanidad, Pere Herrera, al justificar la conveniencia de la reforma. "Aquellos que anhelamos una nueva humanidad llena de amor", dijo, "debíamos impedir el nacimiento de los no deseados, ya que podían resultar probables seres condenados al menosprecio y al abandono de sus progenitores. Aquellos que soñamos con una era de belleza no podíamos consentir la existencia de seres estigmatizados por las lacras de sus padres, que ensombrecieran el futuro de las nuevas generaciones".
La pérdida de la guerra por parte de la República y el triunfo del fascismo arruinaron durante muchos años unas esperanzas que ahora empiezan tímidamente a renacer.
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