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Jauralde, fiscal del Supremo: "Son necesarios jueces que opten por una interpretación democrática de la Constitución"

La necesidad de que existan jueces demócratas en España que estén convencidos de que los derechos fundamentales de la Constitución son directamente aplicables y que resuelvan, en sentido progresivo, las numerosas contradicciones que se producen en el ordenamiento jurídico durante los momentos de transición legislativa, como en el actual, fue puesta de manifiesto por los participantes en una mesa redonda sobre Poder judicial y sociedad, celebrada ayer en el Foro de Pensamiento Político.

El terna de los jueces demócratas dio lugar a un intercambio de opiniones entre el fiscal general del Tribunal Supremo, Eduardo Jauralde, que participaba como ponente en la mesa redonda, y el magistrado del Tribunal Supremo Adolfo Carretero, único miembro colocado por el sector progresista de la magistratura en la candidatura presentada por la Asociación Profesional de la Magistratura al Consejo General del Poder Judicial, que durante el coloquio matizó y puntualizó las opiniones del señor Jauralde«Necesitamos jueces demócratas», dijo este último en su intervención, «es decir, jueces que opten por la democracia, y os voy a anticipar, aunque eso ya lo sabéis, que existen muy pocos jueces demócratas en España. La opción por la democracia no es exactamente una opción por un sistema político, pero sí es una opción partidista frente a los que han adoptado una actitud antidemocrática. Si en el ámbito judicial los demócratas son pocos, en el ministerio fiscal el panorama es desolador.»

En el coloquio que siguió al acto, el magistrado del Tribunal Supremo Adolfo Carretero intervino para manifestar que las opiniones del señorJauralde eran «discutibles». « La justicia», dijo, «es cada vez más democrática. Puede ser que no esté acostumbrada a moverse en un ambiente democrático, pero los jueces y magistrados españoles no estamos, en relación con otras profesiones, en la retaguardia de la democracia. Y la prueba es que hemos dado un ejemplo de ello en los últimos días» (el señor Carretero parece que se refería al congreso constituyente de la Asociación Profesional de la Magistratura, celebrado el pasado fin de semana, en Madrid, en el que se eligieron los órganos directivos de esta asociación judicial y la candidatura presentada por la misma asociación al Consejo General del Poder Judicial).

En el intercambio de opiniones entre los dos altos miembros del escalafón judicial y fiscal intervino Joaquín Ruiz-Giménez, moderador del coloquio, quien afirmó que «la piedra de toque para saber si un juez es o no demócrata. es no sólo su, capacidad de aceptar la Constitución, sino la de aplicar sin rodeos la cláusula derogatoria de todas las leyes anteriores que la propia Constitución contiene». Con anterioridad, el fiscal señor Jauralde manifestó en su intervención que «la Constitución es un éxito, pero, pese a todo, y dado que ha sido elaborada en una sociedad contradictoria, es sólo una posibilidad, una esperanza. Por eso son necesarios jueces que en sus resoluciones y decisiones opten por una interpretación democrática de la normativa».

En el, acto también intervinieron Fernando Ledesma, magistrado de la Audiencia Nacional; Antonio Fernández Gil, abogado y presidente de las Cortes españolas en el periodo constituyente, y José Antonio Enrech, secretario de juzgado. El señor Ledesma describió las dos aptitudes que, a su juicio, existen en la sociedad frente al juez: aquella que ve en el juez un instrumento de justicia y aquella otra que ve en el juez a un ser alejado de la praxis social e incapaz de restablecer la situación injusta producida. Para superar esta última actitud, el magistrado señor Ledesma propuso que el juez, sin prescindir de la norma (el señor Ledesma se manifestó contra el derecho libre, que propició en Alemania del nacimiento del nazismo), profundice judicialmente los valores contenidos en la misma, garantice los derechos fundamentales de la Constitución y los aplique directamente, complete en sentido progresivo los conceptos indeterminados (orden público, moral pública, etcétera) contenidos en el actual ordenamiento jurídico y coadyuve al avance del Estado social y democrático de derecho

Antonio Hernández Gil, por su parte, analizó las diferencias entre el Estado liberal formal de derecho y el Estado social y democrático de derecho, para concluir que este último se proyecta mucho más que el primero en la sociedad. «La mayor penetración del Estado social de derecho en la sociedad», manifestó, «ha de llevarse a cabo también en el ejercicio de la potestad jurisdiccional. Ni la libertad, ni la igualdad, ni la justicia son valores formales en el Estado social de derecho, ya que éste asume la tarea de transformar la sociedad.»

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El señor Hernández Gil concluyó su intervención con la afirmación de que «ninguna reflexión jurídica es hoy posible sin tener en cuenta el artículo primero de la Constitución, por el que España se constituye en un Estado social y democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político».

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