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TRIBUNALES

Jueces, fiscales y secretarios de distrito reivindican su integración en un único cuerpo judicial

Los jueces, fiscales y secretarios de los juzgados de distrito de toda España han comenzado a movilizarse con el objetivo de que se inicie el proceso de su integración en las carreras judicial, fiscal y del secretariado de la Administración de Justicia, de conformidad con lo establecido al respecto en la Constitución. El artículo 122 de la norma constitucional señala que «la ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, el funcionamiento y gobierno de los juzgados y tribunales, así como el estatuto jurídico de los jueces y magistrados de carrera, que formarán un cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia».El próximo día 30, unos seiscientos jueces y secretarios de juzgados de distrito de toda España, y unos trescientos fiscales de igual ámbito judicial tendrán en Madrid su primera asamblea nacional, en la que el principal tema a tratar será la reivindicación de la pronta puesta en marcha del mandato constitucional, que establece la creación de un único cuerpo judicial. La actual separación en cuerpos distintos de la justicia de distrito y de la justicia de partido se ha convertido en una situación anómala y anacrónica, tras la integración en un escalafón único, en el año 1977, de los cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de los juzgados de partido y de distrito. Lo que ha conseguido el personal auxiliar y colaborador de la justicia de distrito no ha podido serlo todavía, y no parece que vaya a resultar fácil conseguirlo, por los profesionales de carácter técnico (jueces, fiscales y secretarios), que tienen a su cargo la misión de juzgar en dicho ámbito judicial.

La aspiración de este sector de la justicia parece encontrar resistencias en algunos sectores de la magistratura y de la judicatura, que verían en la integración en un cuerpo único el peligro de paralización de los escalafones, con las consiguientes dificultades para los ascensos. Por otra parte, el propio Ministerio de Justicia ha avanzado ya cuál es su criterio sobre el tema mediante una resolución de fecha 21 del actual, por la que rechaza un recurso de reposición interpuesto por un grupo de jueces, fiscales y secretarios de juzgados de distrito contra una convocatoria de oposiciones en este ámbito. La resolución ministerial señala que, mientras no sea desarrollado el artículo 122 de la Constitución, sigue vigente la normativa que establece la separación de la carrera judicial y de la de jueces de distrito.

Un intento de solucionar el problema al margen de la integración, y que, consiguiente mente, es rechazado por los profesionales de la justicia de distrito, ha sido establecer categorías personales entre ellos a efectos retributivos, de tal manera que a partir de quince años de ejercicio tendrían una retribución de jueces de partido, y a partir de los treinta años, la de magistrados. El personal profesional de la justicia de distrito piensa que su integración en un cuerpo único judicial no es discutible, ya que es un mandato constitucional, si bien consideran justo negociar la fórmula y el plazo de integración. A su juicio, es perfectamente lógico que se les coloque al final de los distintos escalafones únicos de jueces, fiscales y secretarios; que su integración en los mismos se efectúe según se vayan produciendo plazas vacantes, y que su acceso a las mismas se produzca por un doble turno de antigüedad y de pruebas selectivas. Los argumentos a favor de la creación de único cuerpo técnico son múltiples, aparte del mandato imperativo de la Constitución, si bien el más importante es que la función de juzgar es única, sea a nivel de juzgado de partido o de distrito, y la duplicidad de organizaciones judiciales de carácter técnico parece presuponer que existen dos clases de justicia: una para ricos y otra para pobres.

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