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Debate constitucional

La Constitución establecerá la mayoría de edad política a los 18 años

Los españoles adquirirán la plenitud de sus derechos políticos a los dieciocho años, pero no la mayoría de edad, según el texto aprobado ayer por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso de Diputados que estudia el anteproyecto de Constitución. Los votos unidos de Alianza Popular (AP) y Unión de Centro Democrático (UCD) impidieron extender la mayoría de edad política al ámbito civil, como pedían las restantes minorías.Previamente, a propósito del apartado primero del artículo citado, el señor Roca (Minoría Catalana) pretendió que la alusión a la nacionalidad. española fuera explicada mediante la alusión a que equivale la ciudadanía, a fin de evitar la confusión con el concepto de nacionalidades aprobado en el artículo segundo. En el mismo sentido se expresó el comunista señor Solé Barberá. En contra de esta precisión técnica se expresaron los señores Alzaga (UCD) y Fraga (AP). Este último aprovechó para recordar su oposición al término nacionalidades, entre otras causas, por las confusiones a que podía dar lugar como ahora se demostraba. Por lo demás, negó que el concepto nacionalidad equivalga al de ciudadanía. La enmienda fue rechazada por diecinueve votos (UCD y AP.) contra diecisiete.

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Las minorías de izquierda, así como la catalana y el PNV, defendieron que, en lo que se refiere a la regulación de la mayoría de edad, la comisión aprobara el texto del primer anteproyecto de la ponencia en el que se establecía que «los españoles son mayores de edad a los dieciocho años». Por el contrario, el último anteproyecto, como consecuencia de haber aceptado sendas enmiendas de UCD y AP, ofrecía el siguiente texto: «Los españoles adquieren la plenitud de derechos políticos, cumplidos los dieciocho años.»

A lo largo del debate, las minorías citadas insistieron en la conveniencia de que la mayoría de edad no sólo afecte a los derechos políticos, sino a toda la vida ciudadana. La posición contraria a esta tesis, por parte de UCD y AP, impidió que prosperara y derrotó la enmienda, por diecinueve votos contra diecisiete. En cambio, el texto del anteproyecto no tuvo votos en contra, ya que los diecisiete diputados de las minorías prefirieron abstenerse y no votar en contra de un texto que, aunque limitadamente, es progresivo.

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Vicente Sotllo (PSOE). Es precisa una afirmación clara de que la mayoría de edad se adquiere a los dieciocho años. Este es el momento de que la Constitución se adecue a la realidad de la juventud y atienda sus reivindicaciones. Es lamentable e inexplicable que la ponencia haya variado en dos meses el texto del 5 de enero que mantuvo durante muchos más. Si aprobamos el texto que se nos ofrece se podrá ser concejal a los diecinueve años, pero se estará sometido a la patria potestad así como en el aspecto patrimonial.

Miguel Herrero y R. de Miñón (UCD). Es muy dificil discutir con quien presenta una tesis errónea con tanta brillantez. La crítica al cambio de criterio de la ponencia es anómala porque viene a defender que sobraba el trámite de enmiendas.

Las incoherencias señaladas son corregibles una vez aprobada la Constitución. Es cierto que sería anómalo un concejal que hubiera de ser corregido por su padre o madre, pero existen otras consecuencias de la minoría de edad civil que no convendría modificar.

Miguel Roca (Minoría Catalana). Esperaba argumentos de mayor solidez en contra de la enmienda socialista a la que yo acumulo la de mi grupo. Me limitaré a señalar que si se aprueba el texto propuesto, el nuevo alcalde de Madrid podrá tener diecinueve años, emitir millones de deuda, autorizar cuantiosos presupuestos y, al mismo tiempo, necesitar la tutela para comprar un simple vehículo.

Manuel Fraga (AP). El cambio de la ponencia en dos meses no debería extrañar. Hemos visto cambios que son más que palabras y que a todos nos han parecido muy bien. En cuanto a la mayoría de edad, a algunos políticos inmaduros no les vendría mal lo que le ocurrió a aquel cónsul romano, que era perseguido por su padre en el Senado con una garrota. Hay per- sonas con poco más de dieciocho años, por ejemplo, en situación de opositores, a quienes conviene la dependencia patrimonial de sus padres.

Jordi Solé (comunista). Como se ve, aquí están enfrentadas dos posiciones. La del señor Fraga re presenta una concepción patriarcal de la vida política. Frente a ella existe una exigencia masiva de nuestra juventud para el reconocimiento de la mayoría de edad a los dieciocho años. El texto actual no abre todos los caminos, sino que nos deja a la mitad.

Josep María Oviols (Socialistas de Cataluña). En la discusión sobre el proyecto de ley de elecciones locales, al abordar la mayoría de edad nos remitimos al texto constitucional. Ahora es el momento, y debemos ir hasta el fondo, en el reconocimiento de los derechos civiles y políticos a los dieciocho años.

Oscar Alzaga (UCD). Se está haciendo un esfuerzo digno de mejor causa para presentamos como defensores de tesis retardatarias. UCD es partidaria de la reducción de la mayoría de edad. Sin embargo, mantenemos por exclusivas razones técnicas la actual redacción.

Iñigo Aguirre (PNV). Estamos a favor de la mayoría de edad a los dieciocho años a todos los efectos y pedimos, por tanto, que se apruebe el texto inicial.

Gregorio Peces-Barba (PSOE). UCD intenta convencernos de que está a favor de la mayoría de edad a los dieciocho años. Si eso es así debería votar con nosotros. Las dificultades expuestas por el señor Alzaga sobre el carácter no automático de la mayoría de edad no resisten el menor análisis. Se trata de una excusa.

Miguel Roca. Quiero limitarme a hacer unas preguntas por si pueden ser válidas para la reflexión posterior. ¿Quién va a interponer el recurso contencioso electoral? ¿El papá o el niño? ¿Quién va a requerir al notario para plantear una cuestión electoral? ¿El papá o el niño? ¿Quién va a contratar locales para celebrar mítines? ¿El papá o el niño? ¿Quién va a solicitar el local o el permiso para celebrar el acto? ¿El papá o el niño? ¿Quién va a representar a la coalición electoral? ¿El papá o el niño? Además, es preciso saber si el padre autorizará al niño para asistir a mítines después de las diez de la noche.

Manuel Fraga. Excepto la última cuestión, que será decidida por los padres en el sentido de exigir el regreso a casa antes de las diez, las respuestas a las preguntas planteadas las dará la ley Electoral. Parece mentira que a un jurista tan eminente como el señor Roca haya que decirle esto.

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