El TSJ catalán replica a Artur Mas que el 9-N no es una “causa política”
El tribunal deja al expresidente a un paso de juicio por desobediencia al organizar la consulta
La causa judicial por el 9-N sigue adelante sin fisuras. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado el auto del juez que dio por cerrada la instrucción y ve, también, indicios de delito para juzgar al expresidente de la Generalitat, Artur Mas, por organizar la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014. La sala civil y penal del TSJC ha desestimado el recurso presentado por los abogados de Mas y de los otros dos investigados -la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsejera de Enseñanza Irene Rigau- en un auto contundente en el que rechaza que la del 9-N sea "una causa política".
El TSJC considera que los hechos deben dirimirse en el juicio pero, en cualquier caso, cree que hay indicios suficientes de que Mas cometió los delitos de desobediencia y prevaricación. El Tribunal Constitucional vetó la jornada de participación organizada por la Generalitat cuatro días antes de que se celebrase. Y lo comunicó al Gobierno catalán. Pese a ello, Mas, Ortega y Rigau "continuaron realizando actos opuestos al mandato recibido" del Constitucional. Las defensas han alegado que no era un "mandato expreso". Pero el tribunal no comparte esa visión. La redacción del Tribunal Constitucional era "clara y comprensible para un ciudadano medio", señala en el auto, contra el que no cabe recurso.
El pasado 28 de junio, el magistrado instructor del caso, Joan Manel Abril, dio por cerrada la fase de investigación. Concluyó que había indicios para ir a juicio y pidió a las acusaciones que remitieran sus escritos para abrir juicio oral. Las defensas, sin embargo, presentaron recursos contra esa decisión. El argumento repetido por los abogados de Mas, Ortega y Rigau es que el proceso del 9-N está "instrumentalizado políticamente". El TSJC lo rechaza de plano.
"Por más que se repita en algunos foros", recuerdan los magistrados, la causa "no se sigue ni por haber convocado el Govern, careciendo de competencias, un proceso de participación ciudadana para conocer la opinión de los habitantes de Cataluña sobre su futuro político, ni porque se haya celebrado un proceso de esa naturaleza gestionado por voluntarios". El procedimiento fue incoado por "un presunto delito de desobediencia". "No se trata", agregan, "de enjuiciar actos políticos ni tampoco convertir la causa en política".
Las defensas también habían alegado que la jurisprudencia exige un "requerimiento previo" para que haya delito de desobediencia. La sala civil y penal recuerda que no siempre es así y, que, en cualquier caso, la conducta de Mas fue tan "singular" que impide "hallar ejemplos análogos". Según la resolución, el expresidente catalán "se responsabilizó públicamente de haber impulsado" el proceso de participación pese al veto del Constitucional.
El TSJC sostiene que el auto de abril se ajusta a derecho y deja muy cerca el juicio a Mas. En los próximos días, la Fiscalía y las acusaciones populares deberán presentar sus escritos de acusación. Al descartar el delito de malversación, la Fiscalía no pedirá penas de prisión para el expresidente y las consejeras, pero sí de inhabilitación. El auto del TSJC llega a escasos días de que Francesc Homs, exportavoz del Gobierno catalán y diputado en el Congreso, declare como imputado ante el Tribunal Supremo.
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