La fiscalía evita pedir cárcel para Artur Mas por la consulta del 9-N
El ministerio público coincide con el juez en que no hay indicios de malversación, el único de los delitos investigados que conlleva penas de prisión
La Fiscalía no pedirá penas de cárcel para el expresidente de la Generalitat Artur Mas por organizar la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014 pese al veto del Tribunal Constitucional. El ministerio público ha llegado a la convicción de que no hay indicios suficientes para acusar a Mas de un delito de malversación de fondos públicos, el único de los que se investigan en la causa por el 9-N que conlleva penas de cárcel.
Así lo han reflejado los fiscales del caso, Francisco Bañeres y Emilio Sánchez Ulled, en un escrito en el que piden que se desestimen los recursos presentados por Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsejera de Enseñanza Irene Rigau contra el auto que dio por finalizada la instrucción. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) aprecia indicios de desobediencia y prevaricación en la conducta de los tres excargos públicos.
Mas y sus consejeras "pretendieron aparentar que el proceso quedaba exclusivamente en manos de ciudadanos voluntarios, cuando en realidad no fue así", señala el escrito del fiscal. En ese sentido, asegura que la instrucción ha demostrado que la preparación de la consulta se intensificó tras la suspensión por parte del Tribunal Constitucional: "Sin los medios de la administración autonómica empleados antes pero también y especialmente después de la suspensión cautelar" no hubiera podido celebrarse, apunta.
La fiscalía señala que la instrucción ha permitido "conocer el proceso de contratación de todos los servicios relacionados con la organización" del 9-N.Y concluye que la mayoría de los gastos "fueron comprometidos con anterioridad a la suspensión" dictada por el Constitucional el 4 de noviembre, apenas cinco días antes de la consulta. Esas contrataciones, por tanto, fueron "lícitas". Y aunque "debería haberse suspendido la ejecución" de los contratos cuando el CONstitucional se pronunció, ello habría originado "reclamaciones de los contratistas", por lo que es lógico que la Generalitat optara por "pagar lo legalmente comprometido".
Los fiscales concluyen que "el resultado de la instrucción" ha generado "un margen de duda" sobre "la concurrencia de todos los elementos típicos del delito de malversación de caudales públicos". Ése es el único de los delitos investigados que conllevaría no solo penas de inhabilitación, sino también de prisión. Sobre la desobediencia, los fiscales señalan que los acusados (con Mas a la cabeza) "conocieron y comprendieron perfectamente el contenido y efectos" de la resolución del tribunal y aun así "decidieron no acatarla". Sobre la prevaricación administrativa, considera que todos ellos "dejaron respectivamente de suspender oficialmente tanto la convocatoria que aquel [Mas] había efectuado como las decisiones administrativas concretas adoptadas para darle ejecución".
En sus alegaciones, Mas, Ortega y Rigau recurrieron la decisión de dejarles a las puertas de ir a juicio al considerar que la causa tiene un "contenido marcadamente político" y que ni desobedecieron ni prevaricaron. Por ello, solicitaron el archivo de la causa al entender que se atribuyen "responsabilidades criminales a los legítimos representantes de un gobierno democrático por su actuación política vehiculada de manera responsable, cívica y pacífica".
En su escrito de defensa, Artur Mas remarcó que la instrucción del caso demostró que los tres acusados no sólo no desobedecieron al TC ni prevaricaron, sino que el Govern interrumpió efectivamente la organización y gestión de la consulta "sin hacer dejación de ninguna de las funciones legales encomendadas a la Generalitat con respecto al orden público, la seguridad de las personas, el derecho de información de los ciudadanos y la gestión de los sistemas informáticos públicos".
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