Un juez no puede imponer el filtrado de comunicaciones, según el abogado del Tribunal Europeo
Los tribunales no pueden tomar esta medida si no hay una ley que la establezca
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Pedro Cruz Villalón, considera ilegal que un tribunal obligue a un proveedor de Internet a establecer un sistema de filtrado y bloqueo de las comunicacones electrónicas con el fin de proteger los derechos de propiedad intelectual. En un dictamen hecho público este jueves, el abogado general resalta que este sistema supone una limitación del derecho al respeto del secreto de las comunicaciones y del derecho a la protección de los datos de carácter personal, amparados por la Carta de los Derechos Fundamentales.
Del mismo modo, la instalación de tal sistema limita la libertad de información, protegida asimismo por la Carta. Cruz Villalón recuerda, no obstante, que la Carta admite la posibilidad de limitar el ejercicio de los derechos y libertades que garantiza, siempre que tal limitación esté prevista por la ley. En consecuencia, desde su punto de vista, "una limitación de los derechos y libertades de los internautas como la controvertida sólo resulta admisible si descansa en una base jurídica nacional, accesible, clara y previsible". El dictamen se refiere al caso de Bélgica, cuya legislación permite intervenir a los jueces para impedir vulneraciones de los derechos de propiedad intelectual pero no contempla específicamente el sistema de filtrado y bloqueo. Por tanto, el abogado general ha concluido que es ilegal. La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia, aunque éste sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos a la hora de emitir la sentencia.
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