El 'software', a juicio
El proceso a Pablo Soto sienta en el banquillo la herramienta de descargas, y no a quien la usa
Puestos a hacer paralelismos, el debate podría remontarse a los albores de la civilización, cuando los primeros bípedos pulieron los huesos de sus presas para servirse de ellas como herramientas, pero también como armas. ¿Quién es el culpable del apuñalamiento? ¿El que empuña el puñal o el que lo forja? Este viejo sofisma, envuelto en un halo de tecnología, aún levanta polémica a propósito de las descargas de Internet. Algunos programadores han diseñado sistemas de compartir archivos mediante redes descentralizadas en las que miles de internautas son al mismo tiempo clientes y servidores, en una comuna informática anónima en la que nadie le pide cuentas a nadie de lo que sube a la Red o lo que se descarga.
Las discográficas han perdido sus juicios contra las páginas de enlaces
El demandado cobra publicidad y el uso de la versión Premium
Dans: "No se puede criminalizar al creador de una herramienta"
La industria no puede perseguir a millones de internautas
Bueno, nadie, exactamente, no. Porque la llamada industria cultural, integrada por discográficas, grandes estudios cinematográficos y empresas de videojuegos, estiman que esos programas vulneran la ley, al permitir que se adquieran gratis películas, música y contenidos sujetos a derechos de autor. Y como no pueden perseguir uno por uno a los millones de internautas, han puesto su dedo acusador en los creadores de esos programas, denominados gráficamente P2P (de persona a persona).
En España, las discográficas han llevado a juicio a Pablo Soto, un joven de 29 años, brillante programador autodidacta quien, pese a no haber pisado la universidad, ha sido capaz de idear programas P2P como Blubster, Manolito y Piolet, utilizados por 25 millones de usuarios, rivalizando con auténticos top como eMule o Ares. No es la primera demanda por las descargas -hay más de una veintena en marcha contra responsables de webs que facilitan enlaces- pero sí la primera contra un diseñador de software.
"La tecnología es siempre neutral, no se puede acusar a ningún desarrollador por el uso que le den luego los usuarios. Ninguna aplicación está diseñada para transmitir ningún archivo en concreto, ni con copyright ni sin copyright. No me siento cabeza de turco, pero tampoco el héroe de las descargas ilegales", decía Soto a la entrada del juicio celebrado el mes pasado en Madrid.
La Asociación de Productores de Música de España (Promusicae) y las multinacionales Warner, Universal, Emi y Sony le piden 13 millones de euros por el perjuicio causado al haber violado presuntamente la propiedad intelectual de su catálogo y por competencia desleal debido a que se lucraba con una ventaja competitiva sin pagar los correspondientes derechos.
El asunto tiene varios precedentes internacionales. Napster, uno de los precursores del P2P que llegó a contar con más de 25 millones de usuarios, fue cerrado en 2001 por orden de un juez estadounidense por violar los derechos de autor. Aceptó pagar 36 millones de dólares (26 millones de euros) a las discográficas. Ahora es una tienda legal con un catálogo de seis millones de canciones que se promociona como vendedor ideal de contenidos para el iPod y el iPhone.
Kazaaa tomó el relevo de Napster, pero también acabó en los juzgados. Primero un tribunal en Australia le ordenó que pusiera los medios necesarios para impedir que sus 100 millones de usuarios descargasen canciones con copyright. Luego, la compañía se doblegó ante las discográficas estadounidenses y aceptó pagarles una indemnización de 100 millones de dólares (72 millones de euros). Reconvertida en respetable, y financiada por publicidad, ahora se anuncia como la primera firma del P2P bajo la más absoluta indiferencia de los usuarios.
La Corte Suprema de Estados Unidos falló a favor de MGM y otros 27 estudios cinematográficos contra Grokster, que diseñó un P2P para descargar películas. En 2005, se cerró el sitio. Aún hoy si se teclea la página web aparece un aviso amenazante: "Hay servicios legales de descargas de música y películas. Éste no es uno de ellos". Luego, te advierte de que tienen tu dirección IP (la que identifica la conexión de cada ordenador) y concluye. "No pienses que no puedes ser pillado. No eres anónimo".
No obstante, las discográficas españolas harían mal en fiarse de estos ejemplos. El derecho anglosajón de propiedad intelectual no tiene nada que ver con el español. Y prueba de ello es que han perdido casi todas las batallas en los tribunales. En España no es delito descargarse archivos (incluyendo los protegidos). Y tampoco lo es montar páginas web de enlaces a esos archivos como han dictaminado numerosos fallos judiciales (Sharemula, agujero, eliteDivX, por citar algunos casos). Únicamente tienen una sentencia a favor, la de un juzgado de La Rioja que declaró culpable este año al administrador de la web Infopsp por lucrarse facilitando enlaces para descargar archivos, y le condenó a seis meses de prisión y una indemnización. No obstante, esta sentencia se produjo por aceptación del inculpado para evitar afrontar indemnizaciones millonarias en un proceso civil, por lo que difícilmente podrá ser referente para futuros procesos, ni crear jurisprudencia.
Por eso, la industria de contenidos ha decidido abandonar la vía penal, consciente de que enviar a la prisión a alguien que facilita la labor a los más de ocho millones de internautas que se calcula que realizan descargas en España no da precisamente una buena imagen. En lugar de prisión, exigen indemnización. Y Pablo Soto es la punta de lanza de estrategia.
"No se puede criminalizar a alguien que ha creado una herramienta tecnológica. Crea una incertidumbre absoluta para todos aquellos que apuestan por la innovación. Estados Unidos intenta imponer su influencia en la legislación porque defiende su industria cultural, que es la segunda que más aporta al producto interior bruto. Mantener el status quo es beneficioso para ellos, pero, ¿lo es para España? Están intentando imponer un modelo cultural de derechos de autor que proviene del siglo XIX, y que no es válido para la economía digital del siglo XXI", apunta Enrique Dans, profesor del Instituto de Empresa y uno de los mayores expertos en Internet.
El juicio se presenta ya juzgado, al menos ante la opinión pública. De un lado, Soto, un programador joven que apela en su blog a "compartir el arte". Y, de otro, la todopoderosa industria discográfica, que intenta crujirle en los juzgados. "Es muy curioso que intenten presentar a Soto como una especie de ONG, y a nosotros como las discográficas diabólicas, con rabo y pincho, que intentamos ir contra ese joven emprendedor. Lo que no dicen es que Soto no es un pobrecito mileurista sino alguien que vive muy bien, que puede permitirse tener tres abogados en su defensa, y que ha ganado mucho dinero vendiendo programas cuyo fin último es descargar música protegida por derechos de autor. Soto cobra incluyendo publicidad en sus páginas. En el juicio salió que no acepta anunciantes por una cantidad menor de 10.000 dólares (7.000 euros). Y, además, también cobra por la versión Premium de sus programas", dice Emiliano Figueroa, representante legal de Sony Music.
Pablo Soto, a través de su empresa MP2P Technologies, SA, no niega que se financie con publicidad, y está al alcance de cualquier usuario que la versión Premium de sus programas, que elimina los anuncios, cuesta 19,95 dólares (14,4 euros).
El programador, que afirma que "la única forma de defender el arte es compartiéndolo", protege tanto la versión Premium como la gratuita de sus programas bajo los derechos de autor, los mismos que él denuncia por obsoletos en el caso de la música que se descargan sus usuarios. David Bravo, uno de los tres abogados de Soto, justifica en su blog este detalle: "El software del que se habla no está desarrollado ni explotado por Pablo Soto, sino por una empresa -con su plantilla de programadores y sus accionistas- de la que Soto es administrador". A Bravo se le olvida decir que Soto es también principal accionista de MP2P Technologies, la empresa que explota sus programas.
En este punto, los argumentos empleados por Bravo coinciden con la postura de las discográficas para llevar a Soto a los tribunales. "En los últimos años han desaparecido casi todos los estudios de grabación, los músicos, los técnicos de sonido, las tiendas de música. Las descargas están acabando con miles de puestos de trabajo para que haya gente como Soto que se lucre vulnerando los derechos de autor. Se habla siempre de las discográficas como entes maléficos, pero tienen sus accionistas, sus empleados y sus familias detrás", dice Figueroa, de Sony.
Y es que pese a que unos y otros hayan convertido el debate en una cuestión metafísica, en el fondo no se sustancian los inmaculados derechos de acceso a la cultura libre de los internautas ni la recompensa al compositor o al guionista que se rompe la cabeza para crear canciones o películas. Se trata de un asunto mucho más trivial: dinero.
Todos se juegan mucho. La patronal discográfica, según sus propias cifras, ha visto cómo las ventas han caído un 30% en el primer cuatrimestre de este año, y culpa de ese desastre a las descargas. No se paran a pensar que tal vez ya nadie está dispuesto a pagar 15 euros por un CD del que sólo interesa una canción. Del otro lado, los desarrolladores de programas de software y de enlaces como Soto no son colegas que realizan un programa en un garaje y lo ponen a disposición del mundo, sino empresas, con sus accionistas y su cuenta de resultados. Nada que ver con el espíritu libertario de los programas P2P pioneros como eMule, a disposición de todos los usuarios, sin publicidad, sin administradores, sin abogados y sin pagar un euro.
"Los músicos son un colectivo que siempre han permanecido cerca de la tecnología. Sin embargo el caso de Pablo Soto es bien distinto. Se juzga a unas empresas de las que él es administrador y responsable y que han basado su modelo de negocio en la explotación de una tecnología que básicamente es una herramienta para piratear música y se alimenta de nuestras grabaciones. El propio Soto reconoció que cuando se le ocurrió crear sus programas fue cuando cerró Napster y porque 'vio una oportunidad de negocio'. A esto se le llama ánimo de lucro", señala Antonio Guisasola, presidente de Promusicae.
Muchos piensan que hay que reconducir el debate al primer párrafo de este artículo: ¿Es lícito criminalizar al creador del programa? Entre ellos está Julio Alonso, director de Weblogs, unas de las principales empresas de blogs: "Es obvio que las herramientas no son ni buenas ni malas, lo pueden ser sus usos. Un creador de herramientas idea un instrumento para resolver un problema, una necesidad. Pero, además, muchas veces las herramientas acaban resolviendo muy bien un problema para el que inicialmente no fueron concebidas. Claramente la responsabilidad en cuanto al uso es de los usuarios. Esto, salvo en los casos extremos de instrumentos de destrucción masiva y sin usos alternativos (tipo bombas nucleares), que obviamente no es el caso de Soto".
Javier Muñoz Pereira, director de iAbogado.com, un bufete especializado en derecho de propiedad intelectual, no duda en enfrentar el debate del cuchillo y la culpabilidad: "Quien distribuye un dispositivo con el objeto de promover su uso para vulnerar los derechos de autor, y fomenta deliberadamente esa vulneración (no desarrollando filtros, vendiendo espacio publicitario, más rentable cuanto mayor sea el volumen de intercambios, etcétera), debería responder de los actos resultantes de la infracción por los usuarios que utilicen el dispositivo, con independencia de que éste sirva también para usos lícitos. El argumento es del Tribunal Supremo americano en el caso Grokster y Morpheus, plataformas similares a las de Pablo Soto. Si aceptamos la metáfora del cuchillo, podemos responder que hay un reglamento de armas que prohíbe determinadas armas blancas por ser inadecuadas para sus fines o suponer un peligro objetivo para la seguridad ciudadana, y a todo el mundo le parece bien. Si el cuchillo que vendo se utiliza en el 99% de los casos para cometer asesinatos y en un 1% para pelar naranjas, y yo promuevo constante y lucrativamente el primer uso, alguna responsabilidad tendré".
Algunos de los argumentos empleados por defensa y acusación en el juicio de Soto resultarían surrealistas para cualquier usuario de P2P, incluso para el más novato. La defensa, por ejemplo, alegó que los que usan los programas de Soto pueden compartir no sólo canciones o películas sino apuntes o fotos personales. ¿Un estudiante de Edimburgo se descargaría Manolito para compartir los apuntes de historia británica con un colega anónimo de un instituto de Albacete que subiera sus apuntes de Ciudadanía? Desde las discográficas, se exigió que Soto incluyera en sus programas un sistema de filtrado que creara listas negras de sus artistas para impedir las descargas y se quejaron de que se saltaran los protocolos DRM, sistemas anticopia que protegen archivos con derechos de autor. Pero las discográficas saben perfectamente que no existe ninguna tecnología que permita discernir los archivos que están protegidos por derechos y los que no, y que son ellas las responsables de introducir DRM en los artículos que comercializan, y no un tercero como Soto.
Así las cosas, el debate ha derivado en un asunto de militancia. Ambos frentes se han dogmatizado hasta límites delirantes. Se exige estar a favor o en contra. Cualquier matiz es considerado un ataque personal y doctrinal. Miguel Ángel Uriondo, periodista especializado en tecnología y reputado bloguero, intenta aportar algo de cordura: "Por el lado de la industria cultural no entiendo nada. En lugar de crear un modelo sostenible e inteligente para su negocio, basado en la venta o alquiler de contenidos de gran calidad, ingente catálogo y a bajo precio, usando las modernas redes de telecomunicaciones existentes y compensando la caída en ingresos unitarios con el aumento por volumen, defienden a muerte un modelo de negocio caduco e irrelevante. Pero también por el lado de los internautas, donde muchas veces se tiende a mezclar el argumento legítimo con la descalificación personal o la crítica absurda".
El juicio de Soto está visto para sentencia. Sus programas son bendiciones para miles de internautas. Intuitivos, manejables, rápidos y técnicamente impecables. Y además son gratis. Pero, ¿son culpables? Que lo digan los jueces.
Enredados en los tribunales
- En España, la descarga de archivos por programas P2P es completamente legal, aunque estén sujetos a derechos de autor. Ningún usuario ha sido nunca condenado por hacerlo.
- Las discográficas han denunciado a las páginas de enlace de archivos P2P pero han perdido casi todos los procesos (Sharemula, TodoTorrente, Agujero.com, etcétera). Sólo hay una condena penal firme contra la web Infopsp, por aceptación del acusado.
- El juicio contra Pablo Soto, creador de programas como Manolito o Blubster, es el primero contra un desarrollador de software en España. Las discográficas le piden 13 millones de euros. Está listo para sentencia.
- En EE UU, fueron condenados a indemnizaciones millonarias los creadores de programas como Napster, Kazaa y Grokster por violar la propiedad intelectual. Se cerraron o llegaron a un acuerdo con discográficas y estudios cinematográficos para legalizar su actividad.
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