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Reportaje:

Cuando los abogados del mal hacen el bien

Hasta el peor acusado merece un letrado - No todos aceptan defender a algunos criminales

De la misma manera que un médico no debe dejar de operar a un enfermo para salvarle la vida, un abogado no puede dejar de defender a un cliente acusado de un delito. Pero la relevancia pública que pueda tener un pleito, la gravedad y hasta monstruosidad del delito imputado o los cambios en la declaración del cliente provoca en ocasiones la renuncia del abogado. Frente al derecho constitucional de defensa se levanta el interés profesional de huir de un caso que puede perjudicar el interés y la imagen del letrado.

La complicación de Miguel Carcaño, el asesino confeso de la joven sevillana Marta del Castillo, por encontrar quien le defienda, pone sobre la mesa las dificultades deontológicas con las que han de convivir en ocasiones algunos abogados del diablo.

Muchas abogadas de oficio renuncian a la defensa en casos de violación
Los expertos creen que nunca se ha de preguntar al cliente si cometió el delito
"Lo peor que nos puede pasar como fiscales, si se acusa, es una absolución"
Un hombre confesó a su defensor el crimen de una niña del que fue absuelto

"A los letrados nos repugnan los crímenes y las violaciones como a cualquier ciudadano, pero nosotros no defendemos diablos, sino personas acusadas de hechos diabólicos, que es distinto. Y, en todo caso, ya se verá en el juicio si los cometieron o no". Así de claro se expresa José Joaquín Gallardo, decano del Colegio de Abogados de Sevilla desde hace más de 14 años y vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española. Esta semana Gallardo ha designado a una mujer del turno de oficio, para defender a Carcaño. Será la tercera defensa en menos de dos meses y en esta ocasión parece que será definitiva.

El primero, Antonio Jiménez era de libre designación y eso le permitió dejar el caso sin más. El código deontológico de la abogacía española prevé "cesar en la intervención cuando surjan discrepancias con el cliente". Para que el abogado pueda renunciar han de "concurrir circunstancias que puedan afectar a su plena libertad o independencia de la defensa o en la obligación de secreto profesional". En este caso, parece que el motivo de la renuncia fue el cambio de declaración de Carcaño, que primero negó los hechos y después confesó el crimen.

La segunda defensora que renunció a la defensa del supuesto asesino de Marta fue Presentación Rosendo, y era del turno de oficio. La jurisdicción penal es la única en la que la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita permite la renuncia del abogado. "Para ello deberá concurrir un motivo personal y justo", dice la norma. Como esa expresión puede generar diversas interpretaciones, la ley también añade que quien deberá decidir si existe o no ese motivo será el decano del Colegio correspondiente. "Siempre he dicho que sí cuando me lo han pedido, porque hay que defender a ultranza la confianza con el cliente", dice Garrido. "Confianza recíproca". Esa es la expresión en la que debe fundarse la relación del abogado con el cliente, según el código deontológico.

La tercera y última abogada de Carcaño, también del turno de oficio es Paloma Pérez Sendino, quien confesó al decano que no tenía ningún reparo en asumir la defensa.

Las razones que llevan a un abogado de oficio a renunciar son muy diversos: la dificultad para afrontar el pleito, el posible perjuicio a la marcha del despacho al tratarse de una causa muy compleja o una enfermedad o depresión. Y también por motivos personales. En el caso de las abogadas se dan muchas renuncias cuando se trata de un acusado de violación, aunque los hombres también ponen objeciones.

El decano de Sevilla recuerda que antes de designar al tercer abogado de Carcaño, un compañero le pidió que no pensara en él porque tiene una hija de la misma edad que la joven asesinada y que, además, guarda cierto parecido con ella. Pero, también recibió llamadas de abogados anónimos ofreciéndose para llevar el caso por si se producía una nueva renuncia, al igual que llamadas de abogados mediáticos ofreciéndose para llevar el asunto pensando más en el rédito personal que pudieran obtener antes que en articular una buena defensa.

En 2007 había en España 118.775 abogados ejercientes, de los cuales 34.583 estaban apuntados en el turno de oficio. Somos uno de los países europeos donde hay una mayor densidad de abogados (2,63 por cada mil habitantes) y, curiosamente, uno de los que cuenta con menos proporción de jueces (0,1 por cada mil habitantes). En 2007 se tramitaron en España 629.405 expedientes de justicia gratuita y se atendieron a 583.089 personas, más otras 54.241 mujeres víctimas de violencia doméstica. Los casos de la jurisdicción penal fueron el 63% del total y todo eso costó a los diversos organismos públicos 200,3 millones de euros.

Con los abogados de pago ocurre en ocasiones que es el propio cliente el que pide el relevo al entender que no se le está defendiendo bien, pero otras veces es el letrado el que constata que así no se puede seguir porque se ha quebrado la confianza. Y el desencuentro no siempre se produce al cabo de unos días, sino a veces tras uno o dos años de estar defendiéndole. Las cifras sobre renuncias no constan en las memorias, pero lo que sí puede afirmarse es que en los 83 colegios de abogados que hay en España se reciben más quejas contra los abogados de libre designación que contra los de oficio.

"Un abogado de oficio o de pago nunca debería negarse a defender a nadie, y es igual que lo hayan designado o que cobre del cliente, por muy horrible que sea el delito imputado. Defender no es asumir los hechos, porque entonces el abogado se convierte en juez y esa no es su función", explica Mateu Seguí, con 38 años de ejercicio y que ha defendido a decenas de clientes difíciles. Entre ellos, José Cuevas, al que la justicia consideró autor de la colocación de una bomba en la sala de fiestas Scala de Barcelona en 1978, que mató a cuatro personas. O a unos anarquistas italianos que acabaron condenados por la muerte de dos mujeres de la Policía Municipal de Córdoba en 1996, durante un tiroteo iniciado a raíz de un atraco con el fin de costear la causa anarquista.

Ningún abogado consultado sostiene que al cliente se le deba preguntar si cometió o no el delito del que se le acusa, pero sí coinciden en que es bueno tener cuanta más información. "Si lo que llevas es una demanda de divorcio al abogado no le importa porqué se rompió el matrimonio y si alguno era infiel, sino que el cliente salga lo mejor parado, pero en otros casos es importante conocer todas las circunstancias para evitar problemas que perjudiquen la línea de defensa", afirma Fuster-Fabra, abogado con 22 años de ejercicio y profesor de la Universidad de Barcelona. "Y si el cliente no te lo cuenta y no le puedes defender, pues peor para él, porque el abogado no va a ir a la cárcel", zanja Fuster-Fabra.

"A veces ocultan parte de la verdad, otras dicen que no saben qué paso y alguno lo explica todo, pero eso es una decisión suya. El abogado ha de valorar si puede construir una línea de defensa sólida con lo que sabe y debe instruirse hasta donde quiera saber, explica el decano de Sevilla. "Hay que crear un clima de confianza y no preguntar lo que no se debe. El cliente tiene derecho a mentir y yo no conozco a ningunos padres que admitan que su hijo es culpable. El abogado defensor no puede preguntar si ha matado porque no es esa su función", añade Seguí.

Enfrentada casi siempre a las defensas se sitúa la fiscalía. Y no sólo en sentido físico, por la distribución de cada cual en la sala de vistas, sino por los intereses contrapuestos que defienden cada uno en la tramitación del proceso y en el juicio oral. "El fiscal se siente especialmente motivado cuando reúne pruebas para que el tribunal condene a un delincuente grave, porque la función del abogado, respetando siempre la buena fe procesal, es crear dudas a los jueces sobre la responsabilidad penal de su cliente", dice Emilio Sánchez Ulled, presidente de la Unión Progresista de Fiscales.

A veces esas dudas acaban en absolución. "Eso es lo peor que nos puede pasar como fiscales si estábamos acusando. Nos queda una sensación de disgusto porque quiere decir que no hemos hecho bien nuestro trabajo y que debemos corregirlo, añade Sánchez Ulled. "A veces no es fácil ser fiscal, pero somos un estricto cumplidor de la legalidad que intenta proteger a las víctimas.

En el otro lado de la balanza, los abogados interpretan una absolución como un éxito profesional. Con todo, en alguna ocasión ha ocurrido que se les remueve el estómago al comprobar que, aunque el tribunal les diera la razón, su cliente les engañó. Uno de esos casos ocurrió hace más de 20 años en una ciudad andaluza, cuando fue asesinada una niña de cinco años en Semana Santa. El defensor hizo un buen trabajo y logró una sentencia absolutoria del acusado, un desarraigado que durmió en su casa a la salida de la prisión preventiva porque no tenía dónde ir. Cinco años después visitó al letrado para confesarle el crimen del que le habían absuelto y que le impedía dormir.

Sánchez Ulled ha perseguido desde la fiscalía anticorrupción varios delitos de cuello blanco y se ha enfrentado a la crema selecta de los abogados penalistas. Esos procesos han servido para comprobar que los ricos también se pelean con sus defensores. El caso más ilustrativo es el del financiero Javier de la Rosa, uno de los máximos exponentes de la cultura del pelotazo que imperó en España en los noventa y que le reportó varios procesos y condenas.

Una de las más sonadas actuaciones de lo que también se denominó ingeniería financiera fue la descapitalización de la empresa Grand Tibidabo. De la Rosa tuvo cuatro abogados durante los 12 años que duró la investigación de la causa y acabó defendiéndose él mismo, ayudado por su hija. Alguno de aquellos letrados renunciaron voluntariamente y otros lo hicieron instigados por el cliente.

"Nunca me acuesto sin hablar con mi abogado", se vanagloriaba De la Rosa hace 15 años, en una época en la que Jordi Pujol llegó a definirle como un "empresario modelo". Años después, el financiero acabó, precisamente, en la cárcel Modelo. Su abogado de cabecera, Joan Piqué Vidal, de 75 años, y que había defendido al ex presidente de la Generalitat en el caso Banca Catalana, también acabó entre rejas en septiembre de 2006. Y allí sigue, cumpliendo una condena de siete años de cárcel a raíz del caso Estevill de sobornos a empresarios, probablemente el caso más grave de corrupción judicial que ha habido nunca en España. Y es que nunca como hasta entonces se habían conchabado un abogado y un juez -Luis Pascual Estevill, que llegó a ser vocal de CiU a propuesta del Consejo General del Poder Judicial- para exigir dinero a empresarios a cambio de no meterlos en prisión o de excarcelarlos.

Javier Melero fue uno de esos abogados que tuvo De la Rosa y tiene clara una cosa. "Hay gente a la que no defendería ni por todo el oro del mucho porque es para probar y no repetir más". Melero comparte las reflexiones de sus colegas acerca de que los abogados suelen renunciar a un cliente por las discrepancias con la estrategia de defensa, en el fondo y en las formas. "¡Y el dinero!", admite sin complejos, ya que en algunos casos los clientes más acomodados pagan tarde y mal.

Otras veces es simplemente la falta de empatía. El decano de los abogados de Sevilla recuerda que hace años fue a una prisión a visitar a un cliente que estaba acusado de homicidio. Al salir renunció al caso porque en aquella breve conversación no paró de insultar al difunto.

"Yo defiendo a policías y acuso a terroristas", afirma de manera taxativa Fuster-Fabra, quien admite abiertamente que "cada uno se marca los límites profesionales de acuerdo con sus principios". Con la misma sinceridad explica que "jamás defendería a un violador si no estuviera plenamente convencido de su inocencia". Y para lograr esa certeza, él insiste en que el abogado ha de conocer los detalles del caso.

Fuster Fabra es uno de esos abogados minoritarios en España -el 24% de los colegiados- que llevan más de 20 años ejerciendo. En ese tiempo ha defendido a clientes tan singulares como el general de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo, condenado a 30 años de cárcel por ordenar en 1984 los secuestros y asesinatos de los presuntos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala. Pero también ha ejercido la acusación popular en decenas de juicios por terrorismo en nombre de las víctimas. Su última intervención sonada fue en el caso del 11-M, donde representó a la asociación de víctimas que preside Pilar Manjón. Entre los casos actuales se cuentan varias querellas en representación de la policía contra el locutor de la Cope, Federico Jiménez Losantos.

Para él no existe ninguna incompatibilidad en defender en algunos casos y acusar en otros, más que la que determina el propio código deontológico, que prohíbe defender a alguien en un proceso en el que se puede actuar contra un anterior cliente. O bien, aceptar la defensa de intereses contrapuestos con otros que esté defendiendo en otro proceso. Y si se produce ese conflicto de interese, la norma les obliga a renunciar a ambos. A no ser que uno de los acusados les permita seguir llevando la defensa del otro.

La gravedad de un delito provoca a veces la renuncia del abogado a defender al acusado.
La gravedad de un delito provoca a veces la renuncia del abogado a defender al acusado.L. F. SANZ

La abogacía española en cifras

- Más de 150.000 letrados. Al acabar 2007,los 83 colegios de abogados que hay en España tenían registrados 118.775 letrados ejercientes y otros 38.006 no ejercientes.

- Experiencia. El 40% de los abogados tiene menos de 10 años de experiencia; el 36%, entre 10 y 20; y sólo el 24% supera los 20 años de ejercicio.

- Las mujeres, casi la mitad. Las mujeres representan ya el 47% de la población de abogados, pero en los últimos dos años han sido el 60% de las nuevas colegiadas, muy similara lo que ocurre en la carrera judicial.

- Una de las tasas más altas de Europa. La tasa de abogados por cada 1.000 habitantes es de 2,63, una de las más altas de Europa y sólo superada por Liechtenstein (3,55), Grecia (3,24), Italia (3,06) y Luxemburgo (2,75). En Francia, el porcentaje es de 0,73; en Portugal, de 1,19, y en Alemania, de 1,68.

- Madrid. La Comunidad de Madrid es la que tiene mayor densidad de abogados (5,14), casi el doble que la segunda, que es Cataluña (2,63). Extremadura (1,45) y Castilla y León (1,76) son las que menos.

- Justicia gratuita. Más de un millón de españoles pasaron el año 2007 por los servicios de justicia gratuita; 542.409 pasaron por los servicios de orientación jurídica para saber si tenían derecho o no a un abogado de oficio; 465.432 acabaron con asistencia en los juzgados y otros 583.089 fueron asistidos en comisaría. Las mujeres atendidas por violencia de género fueron 54.241.

- Turno de oficio. En España había en 2007 un total de 34.583 abogados inscritos en el turno de oficio, el 29% de los ejercientes. El promedio de lo que ingresan por expediente judicial es de 209 euros. La presencia en comisaría se paga a una media de 87 euros y los ingresos por este motivo al final de año son de 1.525 euros.

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