Sanidad y las comunidades estudiarán este mes retirar los bollos y refrescos en los colegios
El Consejo Interterritorial de Salud analizará un documento de consenso elaborado por el departamento de Trinidad Jiménez
El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas estudiarán antes de que concluya este mes un documento para prohibir la venta en los colegios de bollería, chucherías, tentempiés y refrescos para combatir la obesidad y el sobrepeso, que afecta a uno de cada cuatro niños en España. Así se desprende de un documento de consenso sobre la alimentación en los centros educativos elaborado por el departamento que dirige Trinidad Jiménez y que se analizará en el próximo Consejo Interterritorial de Salud, han informado hoy fuentes de Sanidad.
Todo apunta a que el texto saldrá adelante, ya que desde 2005 existe un compromiso de autorregulación del sector de las máquinas expendedoras para reducir la presencia de estos productos en los colegios. Este compromiso, que se enmarca en la Estrategia NAOS por una nutrición sana, ha dado sus frutos a lo largo de estos años, porque apenas se venden refrescos en los centros escolares, aunque no ha sido tan efectiva con otros productos de elevado valor calórico.
El citado documento de consenso desarrolla la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que se aprobará este año. Plantea prohibir "la venta de alimentos con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares sencillos, ya sea mediante máquinas expendedoras o en cantinas, bares o locales similares situados en el interior de los centros escolares". No obstante, este texto podrá recibir las aportaciones de los agentes implicados antes de su tramitación parlamentaria, por lo que podría sufrir variaciones, según las fuentes.
Los escolares solo podrán adquirir agua, lácteos y zumos que no abusen del azúcar; cereales; frutos secos no fritos; sándwiches; bocadillos o productos de panadería, incluidos los bollos, si se ajustan a los límites en grasas que establezca la ley.
El documento propone erradicar los productos prohibidos de los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial, junto con su publicidad en los de Educación Secundaria para evitar el "efecto inductor" que invita a los adolescentes a consumir estos productos inapropiados para su salud.
Las prohibiciones "se podrán aplicar solo a los productos envasados" que se distribuyan en los puntos de venta y será la persona o empresa responsable de las máquinas expendedoras, cantinas y quioscos los que comprueben que se cumplen estos criterios. Para ello, tendrán que supervisar el etiquetado nutricional o exigir esta información a las "empresas, fabricantes o distribuidoras".
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