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Reportaje:

Futbolistas millonarios con impuestos proletarios

Una ley permite a algunos astros como Ronaldinho tributar con un tipo del 24% frente al 43% que les correspondería. La medida es considerada injusta por muchos. El Gobierno y el PP la defienden

Miguel Ángel Noceda

Ronaldinho, el astro brasileño, está en horas bajas. No sólo por su rendimiento o por la pasada derrota ante el Real Madrid, sino porque, aunque suene extraño, va a cumplir seis años en el club blaugrana. Y eso quiere decir que el multimillonario futbolista va a perder una ventaja fiscal que le privilegia frente a millones de españoles que cobran mucho menos que él, una ventaja que le permite tributar a un tipo de solo el 24%, frenteal 43% que le correspondería. ¿Es eso justo?

Casi 200 futbolistas de primera división pueden acogerse a esta normativa
El objetivo del PP era atraer a los ejecutivos de las grandes empresas
Los resultados de la aplicación de esta regulación son más que dudosos
Los sindicatos se opusieron a la norma porque rompe el principio de igualdad

La ley que permite esta polémica medida fue aprobada durante el Gobierno del PP y luego ha sido refrendada por el del PSOE. Desde el principio pareció hecha casi a la carta para beneficiar a los clubes de fútbol, de forma que los futbolistas extranjeros pudieran hacer la declaración de la renta a un tipo impositivo (24%) muchísimo menor del que les correspondería por sus ingresos. Pero la normativa recoge, además, que esas ventajas se acaban cuando el trabajador cumple seis años en España. Y eso, precisamente eso, es lo que le pasa a Ronaldinho con el club que le paga.

La legislación española admite que los trabajadores que llegan a España contratados por empresas con domicilio fiscal en el país puedan acogerse a ese sistema de tributación especial para no residentes durante seis años (el año en que son contratados más los cinco siguientes) siempre que no hayan residido en España los 10 anteriores. A estos trabajadores se les aplica un tipo fijo del 24% en lugar del tipo máximo del 43% (antes de la última reforma socialista de 2006, era del 25% frente al 45%). Ocurre que normalmente, por los sueldos, sólo pueden acogerse los ejecutivos de grandes empresas y la mayoría de futbolistas que, como el citado Ronaldinho, tiene salarios millonarios. De hecho, la normativa se conoció como ley Beckham por coincidir con el fichaje del jugador inglés por el Real Madrid y ser de los primeros en aplicarla.

¿Es admisible que haya personas, futbolistas o no, que tributen al 24% en el IRPF en lugar del 43% que le correspondería si fueran residentes? Se suceden las preguntas y las suspicacias. Todos los equipos aplican la normativa sin dudarlo porque les beneficia con sus jugadores extranjeros, aunque sean comunitarios o estén nacionalizados. Por ejemplo, un jugador francés puede jugar sin ocupar plaza de extranjero en un equipo español, pero a efectos de la declaración fiscal sí tiene esa consideración. No hay que darle más vueltas. Sólo en primera división pueden acogerse a la normativa cerca de 200 futbolistas, ya que en este caso son todas las personas que han cotizado anteriormente fuera de España, incluso aunque sea español, los que pueden acogerse a la normativa.

La justificación política que dio en su día el Gobierno del Partido Popular es que se ofrece un incentivo para facilitar la instalación en España de los ejecutivos desplazados ("expatriados" o "impatriados", según la distinta denominación que le dan los expertos fiscalistas) de las multinacionales y que éstas incluso instalasen aquí sus cuarteles generales para Europa. La normativa, por eso mismo, se caracterizó por aplicar la tributación como los no residentes y se buscó un plazo de seis años a partir del cual se estimó que ese periodo ya era un tiempo suficiente como para considerar residente de un país a cualquier ciudadano. Es decir, el objetivo era lograr cuantiosos ingresos adicionales para las arcas de la Hacienda Pública.

Sin embargo, los resultados que arroja la aplicación de esa regulación a punto de cumplirse cuatro años de su promulgación son más que dudosos y únicamente es conocida porque se acogieron a ella los equipos de fútbol para sus fichajes extranjeros. La realidad es que, según fuentes oficiales, en 2004 se acogieron al nuevo sistema 713 personas. Al año siguiente, se elevó a 1.541, y en 2006, último año con datos disponibles, se mantuvo en 1.522, más o menos similar al año anterior. Es decir, un número no muy representativo de contribuyentes si se tiene en cuenta que en España presentan la declaración del impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF) un total de 16 millones de personas.

En términos de recaudación, se puede constatar algo parecido. Según la Agencia Tributaria, se espera que en la declaración de 2007 se ingresen 1.801 millones de euros en concepto de tributación de no residentes, lo que viene a suponer un 2,7% del total recaudado en el IRPF. Un porcentaje parecido al que ha rondado los dos años anteriores. Es decir, una cantidad no demasiado llamativa para todo el ruido que se había armado y que viene a dar la razón a los que tacharon la nueva normativa de selectiva y discriminatoria.

Desde esa perspectiva, la disposición ha resultado un fracaso. Según Miguel Ángel García, economista de Comisiones Obreras, con la normativa "se aplica un tipo extremadamente bajo para personas que en cualquier caso iban a venir a trabajar a España, ya sea deportista o ejecutivo". "Los impuestos son para recaudar con un criterio de igualdad y, sin embargo, la discriminación que hace de una minoría no está justificado". En parecidos términos se expresa Jesús González, economista de la Unión General de Trabajadores (UGT), quien, además, sostiene que "el camino que se tomó no era el bueno, ya que descalifica las rentas más altas y va en contra de la idea de igualdad".

El actual Gobierno, por su parte, no ha dado ninguna señal de estar pensando en modificar dicha regulación ni tiene previsto modificarla, según fuentes oficiales. Otras fuentes apuntan que es posible que se esté esperando a una próxima reforma fiscal para abordarla. De ser así, tendría que esperarse a la siguiente legislatura y dependería, naturalmente, del partido que ganase las elecciones del próximo marzo.

El PP tomó como referencia los modelos de países vecinos, pero dando una vuelta más de tuerca y haciendo que la opción española resultase más atractiva desde el punto de vista fiscal. Se trataba de que las multinacionales mirasen con mejores ojos a España que al resto de países. Sin embargo, adquirió en seguida una deriva deportiva, ya que fueron los clubes de fútbol los que mayormente la han aplicado para pagar a sus grandes fichajes.

En comparación con otros países, las diferencias son claras. En Holanda, los contribuyentes no residentes pueden, durante dos años, dejar de tributar por el 30% de sus rendimientos del trabajo; en el Reino Unido, los que vayan a estar un mínimo de tres años pueden pedir ser "residentes no ordinarios", lo que permite la exención de rentas percibidas del exterior salvo que se remitan al Reino Unido, y en Bélgica, los extranjeros especialmente cualificados y con responsabilidades destinados en el país en alguna empresa multinacional tienen la posibilidad de aplicar el tratamiento de no residente y no tienen el gravamen de las rentas que perciban como consecuencia de su desplazamiento.

Aunque está claro que de las más de 1.500 personas que están acogidas a este régimen no son todas futbolistas ni mucho menos (éstos estarían entre 200 y 300 contando los de segunda división), al final los que más han sacado partida son los clubes de fútbol, ya que los futbolistas negocian la percepción de un neto y es esa cantidad la que reciben en sus cuentas, coinciden Santiago Doce, de KPMG, y María Antonia del Río, de Deloitte and Touche. Del Río añade que a muchos profesionales no les interesa este tipo de declaración porque no se pueden reducir gastos, ni planes de pensiones, por ejemplo.

Según un estudio de Ernst & Young Abogados, con datos de 2006, los costes fiscales que pagan los clubes en España son bastante menores que los de países del entorno. "En el caso de un jugador que cobre dos millones de euros al año netos, el coste total para el club francés se acerca a los cinco millones y medio y se duplica en Italia, mientras en España el coste total sería de 2.680.000 euros".

Si los jugadores no pueden acogerse a ese régimen porque no cumplen los requisitos de la ley (es decir, jugadores nacionales o extranjeros que hayan sido residentes en España en los 10 últimos años), los costes son más similares entre los países por tributar al tipo marginal de la renta, que al ser sueldos altos, es el máximo (véase gráfico). Es decir, el 43% en estos momentos. Ello explica que hayan surgido suspicacias en torno a la posible marcha de jugadores como Ronaldinho, ya que la próxima temporada sería la sexta en el Barcelona, y, por tanto, el club catalán debería abonar el tipo máximo por el jugador el año siguiente. Y si coincide con que el rendimiento deportivo disminuye, pues miel sobre hojuelas.

David Beckham (izquierda) y Ronaldinho.
David Beckham (izquierda) y Ronaldinho.RICARDO GUTIÉRREZ

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Sobre la firma

Miguel Ángel Noceda
Corresponsal económico de EL PAÍS, en el que cumple ya 32 años y fue redactor-jefe de Economía durante 13. Es autor de los libros Radiografía del Empresariado Español y La Economía de la Democracia, este junto a los exministros Solchaga, Solbes y De Guindos. Recibió el premio de Periodismo Económico de la Asociación de Periodistas Europeos.

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