Bruselas apremia a España para que aplique las normas sobre capital
Economía dice que ya ha implantado el control sobre el sueldo de los banqueros
La Comisión Europea ha enviado un dictamen motivado a España y a otros cinco países (Eslovenia, Grecia, Portugal, Italia y Polonia), "porque todavía tienen que aplicar todas las disposiciones" de la Directiva sobre Requisitos de Capital. Bruselas da un plazo de dos meses a las autoridades de estos países para que notifiquen sus disposiciones de las normas más importantes relativas a la adecuación de capital y política de remuneraciones de las entidades financieras.
Sin embargo, las autoridades españolas aseguraron ayer que "España ya ha traspuesto a su normativa interna la mayor parte de la Directiva de Requisitos de Capital". Ante estas manifestaciones, un portavoz de Mercado Interior y Servicios, precisó: "Puede ser verdad que España haya traspuesto ya la directiva, pero lo cierto es que no lo ha comunicado". Y añadió que los procedimientos de infracción "se activan de manera automática" cuando un país no comunica a tiempo la transposición de la normativa comunitaria o no responde a los requerimientos.
El Gobierno alega que ha traspuesto la mayor parte de la directiva
Según el Ministerio que dirige Elena Salgado, "la parte restante de transposición de la directiva, de índole técnica y carácter reglamentario, quedará completada con la inminente aprobación del real decreto de recursos propios de las entidades financieras". El Gobierno añade que este real decreto "se encuentra ya en fase muy avanzada de tramitación, pendiente de recabar el preceptivo informe del Consejo de Estado", que podría estar listo en unas semanas.
Las disposiciones de la directiva de la UE, aprobada el pasado noviembre, entraron en vigor el 1 de enero de 2001. El dictamen motivado es el segundo paso del procedimiento de infracción, después de la carta de emplazamiento que en este caso fue enviada por Bruselas el pasado marzo. Si continúa el incumplimiento, el tercer paso es el envío del caso al Tribunal de Luxemburgo, en el plazo de dos meses.
El objetivo de la Directiva de Requisitos de Capital es garantizar la solvencia financiera de los bancos y de las sociedades de inversión, atajar la excesiva e imprudente asunción de riesgos favorecida por unas remuneraciones de capital mal concebidas que provocaron la quiebra de varias entidades.
La crisis financiera provocó la movilización de fondos públicos (ayudas, garantías y compras de activos dañados) por más del 13% del PIB de la UE.
La directiva aborda especialmente los incentivos salariales perversos exigiendo a las entidades que no adopten políticas de remuneración que estimulen los riesgos. Entre estas disposiciones se establece que "al menos el 40% de la remuneración variable (de los bonos) sea diferida al menos en tres o cinco años, y que al menos el 50% de la remuneración variable sea en acciones, las cuales deben ser mantenidas durante un cierto periodo". El propósito es evitar que los bonos estén vinculados a los beneficios obtenidos en el corto plazo por la toma de riesgos excesivos.
En este sentido, el Ministerio de Economía aclara que aunque no se haya traspuesto la directiva "previamente a la aprobación de la Ley de Economía Sostenible, el Banco de España ya tenía, y ejercía de manera efectiva, capacidad de supervisión de las remuneraciones de los directivos del sector financiero".
No obstante, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado un periodo de gracia a las empresas cotizadas y a las cajas de ahorros antes de exigirles que sometan a votación consultiva las retribuciones de los consejeros. A pesar de que está en vigor la nueva normativa que exige ese plus de transparencia y de examen por parte de los accionistas, no lo llevarán a las juntas o asambleas hasta 2012.
La Ley de Economía Sostenible permite al Banco de España "limitar las remuneraciones variables cuando sean incoherentes con el mantenimiento de una base sólida de capital".
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