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El juez rechaza prohibir el acto contra la Guardia Civil en Alsasua

La Fiscalía apreciaba que el Ospa Eguna –"día de que os larguéis"– tiene carácter de delito de terrorismo

Fernando J. Pérez
Dos detenidas en Navarra acusadas de lanzar mensajes de apoyo al terrorismo
Pintadas alusivas a los presos de ETA y a su liberación en el muro de una calle de Etxarri-Aranatz (Navarra).AP

El juez Ismael Moreno rechazó este viernes la petición de la Fiscalía de prohibir el Ospa Eguna —que podría traducirse como “día de que os larguéis”, en euskera—, un acto contra la presencia de la Guardia Civil en el País Vasco y Navarra y que se celebrará hoy en Alsasua (Navarra). El magistrado recuerda que no hay elementos para considerar que el acto puede constituir delito de terrorismo, y que “el derecho penal no puede aplicarse con carácter preventivo”.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional pidió el jueves al juez Moreno, de guardia esta semana, que prohibiera el Ospa Eguna, una fiesta organizada en Alsasua (Navarra, 7.400 habitantes) por la izquierda abertzale para reclamar la salida del País Vasco y Navarra de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El ministerio público consideraba que el acto —que había sido denunciado por la asociación de guardias civiles JUCIL y la asociación Dignidad y Justicia— podía suponer un acto de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas. La Fiscalía reclamaba, además, al juez que ordenara al Gobierno de Navarra que adoptara las “medidas necesarias” para impedir el acto.

El Ospa Eguna es uno de los actos en los que participaban algunos de los ocho jóvenes de Alsasua que fueron condenados a penas de entre 2 y 13 años de cárcel por la agresión a un teniente y un sargento de la Guardia Civil y las parejas de estos el 15 de octubre de 2016, durante las fiestas del pueblo. El ministerio público, siguiendo el razonamiento que ya utilizó en el caso Alsasua, estimaba que la finalidad del acto “no es otra que generar un ambiente de presión y hostilidad sobre los miembros de la Guardia Civil, generando un clima de terror entre sus componentes (...) hasta conseguir su aislamiento social y su expulsión”.

El magistrado Moreno, que normalmente suele atender el criterio de la Fiscalía —fue el juez que, en una decisión sumamente polémica, y que luego él mismo deshizo, encarceló a unos titiriteros en junio de 2016—, desestimó ayer la petición de máximos del ministerio público. En un auto de seis páginas, el magistrado considera que “no existe constancia” de que en el Ospa Eguna “se haya producido o vaya a producirse delito alguno”, y que, por lo tanto, prima el libre ejercicio de los derechos fundamentales de reunión y manifestación.

El juez recuerda que a la jurisdicción penal “compete sólo a la persecución y castigo de los hechos ilícitos penales una vez que estos se han producido” y que el juez “carece de competencias preventivas”. Y añade: “Tal proceder [prohibir un acto de antemano] implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directamente o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos”.

No obstante, el magistrado ordena a la Policía Foral de Navarra y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que efectúen un control y seguimiento del Ospa Eguna “para evitar que puedan producirse actos de enaltecimiento y justificación del terrorismo, o humillación a las víctimas” y si se produjeran que se identifique a los autores y se ponga en conocimiento del juzgado. El juez Moreno considera que deberá ser la autoridad gubernativa competente, en este caso el Gobierno de Navarra, quien decida si el Ospa Eguna se ajusta a la normativa.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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