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España deberá indemnizar a un okupa condenado por calificar de “tortura” una acción policial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que España violó la libertad de expresión del demandante

Silvia Ayuso
El presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Guido Raimondi (derecha), y el subsecretario de la Gran Cámara, Soren Prebensen.
El presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Guido Raimondi (derecha), y el subsecretario de la Gran Cámara, Soren Prebensen.PATRICK SEEGER

España deberá indemnizar con algo más de 8.000 euros al okupa Agustín Toranzo por haberlo condenado por difamación después de que este calificara como “tortura” policial la forma en que fue desalojado en 2007 por la fuerza del Centro Social de Casas Viejas de Sevilla. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró que, con la multa por difamación impuesta a Toranzo, se vulneró el derecho a la libertad de expresión del activista porque “el castigo carecía de la justificación apropiada” y, con su imposición, no se realizó un “equilibrio justo entre todos los derechos e intereses legales”.

Toranzo es uno de los dos activistas que en 2007 se ataron a unos tubos en un túnel subterráneo del popular centro social okupado en la capital andaluza. La policía lo sacó por la fuerza y, según dijo el activista en su momento, dos agentes le sometieron a “tortura” para desalojarlo. Es precisamente el término “tortura” sobre el que gira el caso. Un tribunal de Sevilla lo condenó en 2011 por difamación y le impuso una multa de diez euros diarios durante 20 meses y una indemnización de 1.200 euros a los dos policías. La Audiencia Provincial redujo después la multa a 10 euros diarios durante 12 meses, aunque confirmó los términos de la condena, recuerda Efe.

Frente al criterio de los tribunales españoles, que consideraron que calificar de tortura las acciones de los agentes constituía una calumnia, Estrasburgo señala que las declaraciones de Toranzo fueron realizadas “de buena fe, como parte de un debate de interés público”, es decir, sobre la acción de la policía en tanto que autoridad pública. En este contexto, agrega el TEDH, el término “tortura” fue utilizado “como un juicio de valor” y que lo hizo “en un sentido coloquial para describir un uso excesivo de la fuerza y criticar los métodos utilizados por la policía y los bomberos en el caso”.

Por lo tanto, concluyen los jueces europeos, la “severidad” de la pena impuesta por los tribunales españoles, especialmente la amenaza de prisión si no pagaba la multa, pudo tener un “efecto paralizador” en su libertad de expresión al desalentarle a criticar las acciones de agentes públicos. Esta interferencia de la sentencia con los derechos de Toranzo “no eran necesarios en una sociedad democrática”, agregan los jueces, que determinan que por lo tanto sí hubo una violación del Artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la libertad de expresión. Por ello, Estrasburgo ordena a España indemnizar al activista con 1.200 euros por daños pecuniarios, 4.000 más en daños no pecuniarios y 3.025 euros en materia de costos del proceso.

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Sobre la firma

Silvia Ayuso
Corresponsal en Bruselas, después de contar Francia durante un lustro desde París. Se incorporó al equipo de EL PAÍS en Washington en 2014. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera en la agencia Efe y continuó en la alemana Dpa, para la que fue corresponsal en Santiago de Chile, La Habana y Washington.

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