La fiscalía niega que se beneficiase a ETA con el chivatazo del Faisán
El fiscal argumenta que el delito de colaboración requiere adhesión ideológica
El chivatazo policial a Joseba Elosua, presunto miembro del aparato de extorsión de ETA, existió y fue un delito pero no de colaboración con banda terrorista. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, no cuestionó ayer, ante 14 de los 18 miembros del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, los hechos por los que el juez Pablo Ruz procesó al exdirector general de la Policía Víctor García Hidalgo, al jefe superior del País Vasco, Enrique Pamies, y al inspector de Vitoria José María Ballesteros. Pero defendió que con su supuesta delación a ETA —durante la tregua de la banda en 2006— no trataron en ningún caso de favorecer los fines de la banda, es decir, la independencia de Euskadi y Navarra alterando el orden constitucional y mediante el terrorismo.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional considera que los hechos que rodean al supuesto “chivatazo” del caso Faisán son delictivos pero no pueden ser considerados como un delito de colaboración con organización terrorista, sino un delito de revelación de secretos del funcionario público que revela informaciones de las que tenga conocimiento por razón de su cargo y que no deban ser divulgadas. Este ha sido el principal argumento esgrimido por Javier Zaragoza durante la reunión de hoy del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que debe dirimir si se trató de un delito de colaboración terrorista, por lo que el caso se quedaría en la Audiencia, o se trató de una revelación de secretos, y por lo tanto el asunto del chivatazo correspondería a un juzgado ordinario de Irún.
Un delito de colaboración terrorista se quedaría en la Audiencia. La revelación de secretos trasladaría el caso a un juzgado ordinario
Para la Fiscalía, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional es unánime al exigir como requisitos del delito de colaboración con organización terrorista una cierta “adhesión ideológica”, y una “intención específica de favorecer y beneficiar las actividades y finalidades de la banda terrorista”, circunstancias "que no se dan en el presente caso", según la fiscalía. Por eso, se excluye la calificación del hecho como delito terrorista.
Descartadas ambas, el fiscal ha dicho que los procesados pudieron actuar por "otras motivaciones", sin referirse expresamente a la conversación intervenida al dueño del bar Faisán de Irún, José María Elosua, en la que éste señaló que el policía que le dio el chivatazo el 4 de mayo de 2006, en plena tregua de ETA, le dijo que lo hacía "para no fastidiar todo el proceso" de paz.
Dado que la competencia de la Audiencia Nacional se limita a los delitos de terrorismo, la fiscalía entiende que en el caso Faisán deberán ser los órganos judiciales territorialmente competentes, es decir, el juzgado de Irún, los que finalicen la investigación y resuelvan sobre el fondo del asunto.
Según fuentes jurídicas, el Pleno de la Sala de lo Penal irá a la deliberación muy dividido
La Sala del Pleno de lo Penal se encuentra reunida desde las cinco de la tarde. El tribunal está formado por 15 magistrados, todos los que componen la Sala de lo Penal a excepción del presidente de la Sección Tercera, Alfonso Guevara, y los jueces Guillermo Ruiz Polanco y Clara Bayarri, que comunicaron su intención de apartarse de la causa para no quedar contaminados, ya que les correspondería juzgar los hechos en una futura vista oral.
El tribunal que decidirá el futuro de la causa estará encabezado por el presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez; y constituido por otros cuatro magistrados de la Sección Primera (Manuela Fernández de Prado, Javier Martínez Lázaro, Ramón Sáez y Nicolás Poveda); cinco de la Segunda (Fernando García Nicolás, Ángel Hurtado, Julio de Diego, Enrique López y José Ricardo de Prada, que será el ponente); otra de la Tercera (Ángeles Barreiro) y otros cuatro de la Cuarta (Ángela Murillo, Teresa Palacios, Juan Francisco Martell y Carmen Paloma González).
Durante la vista, a puerta cerrada, las defensas de los tres procesados --el exdirector general de la Policía, Víctor García-Hidalgo; el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés; y el inspector José María Ballesteros-- expondrán los argumentos de los recursos que han planteado contra el auto de procesamiento que dictó el juez Pablo Ruz el pasado 13 de julio. El magistrado imputa a los tres los delitos de colaboración con organización terrorista o encubrimiento, penados con hasta 10 años de cárcel, y el de revelación de secretos, que el Código Penal castiga con tres.
El doble de llamadas
Las defensas de los tres procesados han sostenido que sus representados no tienen relación con el 'chivatazo' y han solicitado el archivo de la causa tras subrayar el perjuicio que una declaración de culpabilidad causaría a los policías. Los abogados de Pamiés han presentado en la sala una estadística sobre sus llamadas cruzadas con García-Hidalgo en la que demuestra, por ejemplo, que justo un mes antes del día del chivatazo, por ejemplo, hablaron el doble de veces por teléfono que el día en que supuestamente se le comunicó al dueño del bar Faisán que estaba bajo investigación.
"No vamos a discutir la competencia, vamos a defender que no hay indicios de que nuestros representados cometieran actos delictivos", ha defendido la abogada de Pamiés, María Ponte, quien ha recordado que "un solo día de condena" para su cliente supondría "su expulsión del Cuerpo Nacional de Policía".
Por su lado, los letrados del inspector Ballesteros han aportado un documento en el que muestra que el agente no estuvo únicamente ese día en el bar, sino que en su periplo desde Vitoria estuvo al menos en otros tres emplazamientos, supuestamente para hacer un contacto con un confidente. "Sólo pedimos que el tribunal actúe con criterios estrictamente jurídicos", ha añadido el abogado de Ballesteros, José Luis Vegas, quien ha defendido que no existe ni un solo indicio que demuestre que su representado entregara el móvil con el que se realizó el chivatazo.
Las acusaciones populares, que ejercen Dignidad y Justicia (DyJ), la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y el Partido Popular (PP) con la Unión de Oficiales de la Guardia Civil, han defendido que los procesados deben ser juzgados por los delitos imputados por el juez instructor. "Existen elementos suficientes para considerar que los hechos pueden constituir un delito de colaboración con organización terrorista sin necesidad de que los procesados compartan fines con la banda", ha defendido el abogado de la AVT, Antonio Guerrero.
El tribunal tendrá que decidir si los hechos investigados podrían constituir delitos terroristas, en cuyo caso la competencia continuaría residiendo en la Audiencia Nacional, o si los procesados únicamente pueden ser acusados por revelación de secretos, lo que obligaría al juez Ruz a inhibirse a favor de un juzgado de Irún, donde se produjeron los supuestos delitos.
Los abogados de los tres procesados solicitan el archivo de las actuaciones argumentando que sus representados no participaron en la delación, que la defensa de Ballesteros atribuye al equipo policial dirigido por Carlos Germán, que investigaba el aparato de extorsión y persiguió el chivatazo tras su comisión.
El fiscal Carlos Bautista, por su parte, defiende que los hechos investigados no son constitutivos de un delito de colaboración con organización terrorista porque éste exigiría una "afinidad ideológica" con la organización terrorista ETA que no compartían los procesados.
Por su parte, las acusaciones populares, que ejercen Dignidad y Justicia (DyJ), la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y el Partido Popular (PP) con la Unión de Oficiales de la Guardia Civil, se opondrán al recurso y defenderán que los hechos deben ser enjuiciados por los delitos imputados por el juez instructor.
Según fuentes jurídicas, el Pleno de la Sala de lo Penal acudirá a la deliberación con una máxima división en relación con este asunto, ya que los magistrados progresistas serían partidarios de no considerar el chivatazo como un delito de colaboración con organización terrorista y el sector conservador se decantaría por mantener la causa en la Audiencia Nacional.
Gómez Bermúdez decidió el pasado 26 de julio elevar al Pleno el estudio de los recursos de las tres defensas, dada la "complejidad e importancia jurídica" que supone decidir sobre la comisión de los imputados de un delito de colaboración con organización terrorista.
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