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Tribuna
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Sobre la judicialización de la política

Que los tribunales decidan sobre lo político tiene implicaciones que transcienden el proceso judicial

Juan Antonio Mayoral Díaz-Asensio
El rey Felipe VI y el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, posan antes de inaugurar el año judicial.
El rey Felipe VI y el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, posan antes de inaugurar el año judicial.J.J. Guillén (EFE)

La implicación de los jueces en la gobernanza democrática es reflejo de la creciente tendencia global de reivindicaciones de derechos y libertades desde la Segunda Guerra Mundial, y consecuente creación de tribunales constitucionales e internacionales encargados de velar por su cumplimiento por parte de los Estados. Este proceso se ha visto vigorizado por el activismo jurídico por parte de actores sociales, políticos y económicos que, gracias a una creciente cultura de la legalidad y a normas más inclusivas de acceso a la justicia, descubrieron cuan plausible era el uso de los tribunales para influir en la política.

Si por algo ha trascendido en el debate público la idea de judicialización de la política es por situaciones donde los tribunales son movilizados por actores sociales, económicos y políticos para tumbar las políticas de la oposición o perseguirlas criminalmente. Situaciones que a veces contribuyen negativamente a la imagen pública de la justicia, al desvelarse aspectos sobre la posible ideologización, preferencias y estrategias políticas dentro de la judicatura. Sin embargo, es importante entender que los tribunales son también un último recurso para actores de la sociedad civil que, excluidos del proceso de decisión política, legítimamente recurren a los tribunales para la protección u promoción de ciertos derechos y políticas. Es esta segunda vertiente la que ha puesto en guardia a líderes populistas europeos, y por la que consecuentemente han desarrollado prácticas autoritarias que no solamente limitan la capacidad de la judicatura para proteger a la sociedad civil de los abusos de poder, sino que <NO1>además<NO>la hace más susceptible de ser usada como arma política contra sus adversarios. <NO1>políticos.<NO>

No obstante, tal como han recientemente elaborado Karen J. Alter, Emilie M. Hafner-Burton y Laurence R. Helfer, el debate sobre la judicialización de la política trasciende la fase de adjudicación, que comprende desde que los litigantes inician el caso en los tribunales hasta el momento de la sentencia. En esta fase tienen cabida distintas estrategias por parte de actores políticos, sociales o económicos asociadas con la selección de la causa o del tribunal donde se presenta la demanda, la obtención de evidencia y elaboración de los argumentos jurídicos con la finalidad de afectar la decisión de los jueces. En este sentido, los actores con un interés en el proceso pueden también poner en práctica estrategias fuera de la sala para influir la decisión de los jueces (por ejemplo, movilizar a la opinión pública, presión mediática, incentivos o amenazas políticas).

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Aunque esta fase es crucial para entender la judicialización de la política, que el debate público se centre exclusivamente en ella nos limita a la hora de entender el proceso en toda su extensión. En la judicialización de la política son además importantes otras fases previas y posteriores al proceso judicial donde se destacan diversas dinámicas, estrategias e implicaciones políticas clave. En primer lugar, está la fase de política en la sombra que básicamente hace referencia a la negociación, estrategias y respuestas que se generan ante la amenaza de ir a los tribunales. Estas maniobras empoderan las demandas de los potenciales litigantes al incrementar los riesgos asociados con cualquier acto ilegal o política considerada contraria a derecho. Estas estrategias se hacen patentes cuando estos 1) transforman sus demandas políticas en reivindicaciones legales susceptibles de ser amparados por la legislación vigente o marco constitucional, 2) hacen explícitas las consecuencias negativas de ser condenados por los tribunales (por ejemplo, ir a prisión), o 3) sugieren acuerdos o ajustes en las políticas que eviten ir a los tribunales. En segundo lugar, está la política del cumplimiento que se refiere a las estrategias y acciones de los litigantes u otros actores con un interés en la causa a favor o en contra de la implementación inmediata del veredicto judicial. De vez en cuando, una decisión judicial puede provocar grandes cambios en políticas públicas. Sin embargo, existe la posibilidad de que quien está obligado a acatar la decisión decida aceptar los costes políticos o económicos de no cumplir con la misma, o, lo que es más común, de que trate de cumplir de manera simbólica o parcial con el contenido de ésta, lo que puede acarrear más litigiosidad. Para compensar el incumplimiento de la sentencia, comúnmente se ejercen estrategias para “señalar y avergonzar” a la parte incumplidora con la esperanza de que la presión política y social les conmine a acatarla.

Por último, tenemos la fase de política de retroalimentación que refleja en qué medida una decisión judicial en el largo plazo puede crear un nuevo statu quo político. El efecto puede ser positivo al buscarse, por ejemplo, que una sentencia con efectos solamente entre las partes del litigio se transforme en una nueva política pública o derecho que beneficie a un sector más amplio de la sociedad. Sin embargo, los efectos de retroalimentación pueden ser también negativos cuando la parte condenada tiene suficiente poder político para anular o limitar los efectos de la sentencia, o, incluso, para evitar que se tomen en el futuro decisiones similares en su contra, a través de reformas legales y constitucionales que invaliden los fallos judiciales perjudiciales a sus intereses, o manipulando la composición de los tribunales.

Juan Antonio Mayoral Díaz-Asensio es assistant professor en Derecho y Políticas en iCourt.

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