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Derechos laborales para los repartidores por aplicación: el Gobierno lanza la reforma para regular su trabajo

La presidenta Claudia Sheinbaum firma las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para dar prestaciones de ley a cerca de unos 658.000 empleados

Un repartidor de la plataforma Rappi, en bicicleta, en las calles de Ciudad de México.
Un repartidor de la plataforma Rappi, en bicicleta, en las calles de Ciudad de México.Magdalena Montiel Velázquez (Cuartoscuro)
Erika Rosete

El gran negocio de la entrega de alimentos y productos a través de aplicaciones móviles comienza a ser regulado en México. El Gobierno de Claudia Sheinbaum ha firmado este miércoles las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para regular las actividades de alrededor de 658.000 repartidores que laboran en plataformas digitales. El secretario de Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López, informó que, entre los cambios presentados en un proyecto que será revisado por la Cámara de Diputados, están protección social con un registro al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), seguro por accidentes laborales, derecho a pago de utilidades, entre otros.

Según Bolaños López, desde el mes de noviembre de 2021 y hasta octubre de este año, representantes de los repartidores, así como empresas e instituciones del Gobierno, han sostenido unas 30 reuniones de trabajo para establecer los cambios constitucionales. De acuerdo con la información dada a conocer por parte del titular de Trabajo, unos 272.000 trabajadores de estas plataformas tienen ingresos equivalentes o superiores a un salario mensual, un dato que permite conocer la cantidad de personas que viven de este ingreso único como fuente principal de trabajo.

El Gobierno ha considerado que el reconocimiento de los derechos laborales de estos trabajadores “es muy limitado, lo que precariza su empleo” y confirma que es totalmente inexistente, hasta ahora, el acceso a seguridad social y a otros derechos fundamentales. La presidenta Sheinbaum criticó el hecho de que las empresas que usan estos servicios —la mayoría de ellas transnacionales— habían encontrado una forma de “no reconocer” sus obligaciones como empleadoras para brindar los derechos laborales que correspondían a sus trabajadores, y que esa forma incumplían la Ley Federal del Trabajo.

Ya en 2021, cuando Sheinbaum era jefa de Gobierno de Ciudad de México, su Administración aprobó un impuesto del 2% a las aplicaciones para entregarse a la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) por el uso de calles y avenidas de Ciudad de México, en medio del confinamiento social por la pandemia de coronavirus y también en un contexto de crisis económica ante el nuevo panorama de consumo que planteó la emergencia sanitaria. Aplicaciones como Uber Eats, DiDi Food, Rappi, entre otras, se vieron obligadas a pagar el 2% por cada uno de los cobros que ejecutaban para cada una de las operaciones de intermediación con terceros.

Detalle de una instalación en protesta por la precarización, largas jornadas y falta de protección social de los repartidores de aplicaciones digitales, en Ciudad de México en 2022.
Detalle de una instalación en protesta por la precarización, largas jornadas y falta de protección social de los repartidores de aplicaciones digitales, en Ciudad de México en 2022. Moisés Pablo Nava (Cuartoscuro)

Cambios en la ley

La reforma a la ley del trabajo, firmada este mismo miércoles, plantea agregar un nuevo capítulo en el que se especifique la regulación del trabajo en plataformas para choferes y repartidores. También mantiene el derecho de los trabajadores de elegir sus horarios de trabajo.

Además, se requerirá un registro de contrato ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como obligará a las empresas a tener una política de Gestión Algorítmica de Trabajo que explique las reglas del algoritmo, y que, a su vez, este documento sea parte del contrato laboral.

También, las personas trabajadoras en estas plataformas, que generen por lo menos un salario mínimo, tendrán derecho a los seguros y servicios del IMSS, es decir, de riesgos de trabajo, enfermedades, incapacidades, maternidad, pensiones y guarderías. Así como derecho a tener créditos de vivienda del Infonavit, y derecho a recibir el pago de utilidades. En caso de no alcanzar el salario mínimo, las autoridades puntualizan: “podrán optar por un aseguramiento en el régimen de personas trabajadoras independientes”.

Repartidores de la aplicación Didi se manifiestan frente a las oficinas de la empresa en la Colonia Roma, en Ciudad de México, el 14 de octubre de 2024.
Repartidores de la aplicación Didi se manifiestan frente a las oficinas de la empresa en la Colonia Roma, en Ciudad de México, el 14 de octubre de 2024.Darinka Rodríguez (EL PAÍS)

Las regulaciones en el mundo

Tras la pandemia y el encierro obligatorio de millones de personas en todo el mundo, el crecimiento de las aplicaciones de entrega de alimentos y comida aumentó de forma exponencial, al tiempo que la economía se reacomodaba y trataba de encontrar una tabla de salvación. Para dar respuesta a esas nuevas exigencias de un mercado que florecía a pasos agigantados, en algunos países como España, el Gobierno —tras seis meses de negociación entre el Gobierno, los sindicatos y las patronales— aprobó en mayo de 2021 la llamada “Ley Riders” que aseguró que los repartidores de las plataformas digitales fueran asalariados y no falsos autónomos (trabajadores que sí están contratados, pero sin protección ni derechos laborarles) como sucedía hasta entonces en la inmensa mayoría de los casos.

En ese mismo año, la ciudad de Nueva York, por ejemplo, comenzó a regular por ley las condiciones de trabajo de 65.000 repartidores de comida a domicilio. La iniciativa municipal, la primera en Estados Unidos, sentó un precedente para regular un sector que, en pandemia, carecía de protección y derechos —incluso el de ir al baño— para sus trabajadores.

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Sobre la firma

Erika Rosete
Es periodista de la edición mexicana de EL PAÍS.
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