15 años de impunidad en el ‘caso Lydia Cacho’
Un tribunal ordenó hace más de un año la detención de los autores intelectuales de la tortura de la periodista en 2005 sin que nada haya ocurrido desde entonces
En los próximos días se hará pública una decisión judicial que podría cambiar el curso del caso de Lydia Cacho. En diciembre del año 2005 la periodista fue torturada por denunciar a una red internacional de trata de niños y niñas en la que están involucrados políticos y empresarios mexicanos. Después de años de búsqueda de justicia, un tribunal en Quintana Roo ordenó finalmente en abril del año pasado la detención de los probables autores intelectuales de estos hechos. Se trata de un hito en la lucha contra la impunidad en uno de los países más violentos en el mundo para ejercer el periodismo. Pero ahora es posible que esta orden se caiga y peor aún, que se derrumbe toda posibilidad de sanción contra la estructura organizada de poder responsable.
Lydia Cacho fue detenida arbitrariamente por un grupo de policías el 16 de diciembre de 2005 en Cancún y trasladada en vehículo hasta la ciudad de Puebla. En el trayecto fue torturada. Estas agresiones sucedieron como consecuencia de la publicación del libro Los Demonios del Edén: el poder detrás de la pornografía infantil, sobre una red internacional de explotación sexual de niñas y niños de entre cuatro y 14 años de edad. El libro menciona a los empresarios Jean Succar Kuri y Kamel Nacif como responsables. Y también menciona a Emilio Gamboa y Miguel Ángel Yunes entre otros poderosos empresarios y políticos como integrantes de la red.
Derivado de estos hechos se inició una investigación judicial por los actos de tortura en contra de la periodista. Sin embargo, el asunto se mantuvo en impunidad, estancado, sin ninguna persona procesada, ni verdad, ni reparación. Casi diez años después, ARTICLE 19 presentó junto con la periodista una petición al Comité de Derechos Humanos de la ONU para revisar el caso por la inactividad del Estado mexicano.
En diciembre de 2014, dos meses después de presentar la comunicación ante Naciones Unidas, la Procuraduría General de la República (PGR) ejerció acción penal contra dos policías judiciales del estado de Puebla que perpetraron directamente la tortura y por órdenes de sus superiores. Uno de ellos, José Montaño, fue capturado y sentenciado por el delito de tortura (actualmente en prisión) mientras que el otro se encuentra prófugo. En diciembre de este año, Montaño cumplirá la totalidad de su sentencia.
Cinco años después, el 11 de abril de 2019 un tribunal en Quintana Roo libró finalmente órdenes de aprehensión en contra Mario Marín, Kamel Nacif, el exdirector de la entonces Policía Judicial del estado de Puebla, Hugo Adolfo Karam Beltrán; y el excomandante para el Cumplimiento de Mandamientos Judiciales de la entonces Procuraduría de Puebla, Juan Sánchez Moreno. De estos últimos, hasta el día de hoy solamente Sánchez Moreno ha sido detenido, procesado y sentenciado por el delito de tortura. Pero Marín, Nacif y Karam se encuentran aún prófugos. Lo inexplicable es: ¿Por qué a un año y medio de su emisión no han sido ejecutadas las órdenes? La misma Lydia ha aportado información sobre el paradero de sus agresores, pero la inacción de la Fiscalía General de la República sobre lo aportado por la periodista genera dudas sobre la determinación de la institución.
Contrario a ser capturados, Marín, Nacif y Karam promovieron juicios de amparo contra las órdenes de aprehensión, alegando la existencia de violaciones procesales y la falta de pruebas en su contra, recibiendo mención particular aquellas llamadas telefónicas conocidas públicamente en 2006 entre Marín y Kamel y cuya ilicitud alega la defensa.
La teoría del caso de la Fiscalía General de la República y de ARTICLE 19, consiste en la puesta en operación de una estructura organizada de poder que activó el aparato estatal para castigar a la periodista. Y la llamada telefónica es la evidencia más contundente de ello pues demuestra que Kamel Nacif ordenó los crímenes contra Lydia y que Marín utilizó el Estado para ejecutar esas órdenes. Sin embargo, debido a que estas llamadas no fueron incorporadas al expediente como consecuencia de una orden judicial para interceptar comunicaciones, sino que fueron filtradas a medios de comunicación quienes luego las hicieron públicas, el Tribunal podría ordenar excluir esa evidencia del proceso. No está en duda la veracidad del contenido de la llamada, sino la validez para mantener la prueba en el proceso.
El pasado 2 de octubre se celebró la sesión en el tribunal de Quintana Roo que resolvió finalmente estos amparos. Esta decisión -que aún no es pública- es fundamental, ya que de ella podría depender la posibilidad de encontrar justicia después de 15 años de buscarla. En su fallo, el amparo otorgado a Marín, Karam y Nacif regresa “la pelota a la cancha” de la magistrada para que decida nuevamente. Es de conocimiento de ARTICLE 19 que hay una fuerte presión sobre los tribunales federales en Quintana Roo que han conocido del caso. El tribunal dejó abierta la posibilidad de que la magistrada que giró inicialmente las órdenes en esta ocasión recule y decida negarlas.
No hay que olvidar que debido a los intereses del crimen organizado que aquí se están tocando, y al poder de las personas involucradas, jueces y magistrados requieren de medidas especiales para obrar con independencia y seguridad. Hasta el momento el Consejo de la Judicatura Federal ha fallado en entregar esas garantías.
Los recientes avances en la justicia -y los intentos de los probables autores para huir de ella- han implicado nuevas amenazas para Lydia. El 31 de julio 2019 su casa en Cancún fue allanada por desconocidos que entraron a su domicilio y robaron material periodístico relacionado con sus investigaciones sobre pederastia en México. Por este motivo la periodista tuvo que desplazarse fuera del país sin que a la fecha existan condiciones de seguridad para su regreso.
Asimismo, derivada de la petición presentada en 2014, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas emitió el 31 de julio de 2018 una resolución contra el Estado mexicano, determinando que los hechos ocurridos en diciembre de 2005, son violatorios de los derechos humanos de Lydia a la no discriminación en razón de género, no ser sometida a tortura, a la libertad personal, a la integridad personal, y de libertad de expresión, además declaró que el Estado no cumplió con sus obligaciones de proveer un recurso efectivo para investigar a los culpables. Era la primera vez que el comité condenaba a un Estado por no proteger a una periodista y la primera vez que ordenaba investigar y sancionar a los responsables. Por esa razón las autoridades activaron la investigación contra los responsables del más alto nivel. Ahora existe el riesgo de que esto nunca se cumpla.
Este artículo fue redactado por la oficina de México y Centroamérica de Artículo 19.
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