Declarada inconstitucional la amnistía en El Salvador
La norma impedía la investigación, procesamiento y sanción de quienes cometieron crímenes de lesa humanidad durante la guerra civil
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador declaró el miércoles inválida la llamada Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de 1993. La norma impedía la investigación, procesamiento y sanción de quienes cometieron crímenes de lesa humanidad durante la guerra civil (1980-1992).
El fallo de la CSJ establece que la amnistía es contraria a la protección de los derechos fundamentales, porque impide el cumplimiento de las obligaciones estatales de prevención, investigación, enjuiciamiento, sanción y reparación de las graves violaciones a esos derechos.
Durante la guerra civil salvadoreña se ocasionaron cerca de 75.000 muertos y 8.000 desaparecidos, la mayoría civiles. El conflicto provocó también una diáspora de un millón de refugiados. La mayoría se marchó a distintas ciudades de Estados Unidos, en especial a Los Ángeles, Texas y Washington.
“Este es el primer paso que llevará a El Salvador a la verdadera reconciliación; para que las instituciones funcionen y que se lleve a la justicia a quienes cometan delitos, independientemente de quienes sean”, afirmó el abogado Benjamín Cuéllar, uno de los abanderados en la lucha por declarar nula la Amnistía de 1993. Por otro lado, el general David Mungía Payés, apuntó que “declarar la inconstitucionalidad” no debería convertirse en una “cacería de brujas”. La Fuerza Armada tendrá ahora la obligación de abrir sus archivos, hasta ahora vedados a las víctimas, sobre sus operaciones en la contienda bélica.
El fallo judicial de la Sala indica además que “los autores materiales o directos generalmente actuaron bajo la dirección de los jefes máximos de las estructuras militares, paramilitares y guerrilleras a las cuales pertenecían. Todo lo cual implica una necesaria responsabilidad penal tanto de los ejecutores directos como de aquellos que dieron las respectivas órdenes violatorias de derechos fundamentales”.
Crímenes que conmovieron al mundo como el del arzobispo Oscar Arnulfo Romero, en 1980; la masacre de El Mozote de 1981, cuando fueron asesinados más de 1.000 campesinos, así como la masacre de seis sacerdotes jesuitas y dos de sus empleadas, no se han juzgado al ampararse los jueces en la citada amnistía de 1993.
La Sala también establece que la citada amnistía reviste la inconstitucionalidad debido a que “contradice el derecho a la indemnización por daño moral, pues obstaculiza e impide una forma de reparación o remedio que la Constitución y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos sí garantizan en los casos de graves violaciones a los derechos fundamentales”.
En declaraciones a periodistas en Washington, el fiscal general de El Salvador, Douglas Meléndez, aseguró que la Fiscalía “respeta” la sentencia y que la “cumplirá” con lo que le corresponda hacer, aunque subrayó que todavía no ha recibido una notificación oficial del texto, informa Silvia Ayuso.
“Nosotros respetamos desde el punto de vista institucional esta sentencia”, sostuvo Meléndez. “Vamos a hacer lo que tengamos que hacer, vamos a cumplir nuestras atribuciones constitucionales”, adelantó al término de un viaje de trabajo a Washington en el que acompañó al canciller, Hugo Martínez, y al ministro de Justicia y Seguridad Pública, Mauricio Landaverde. Ninguno de estos altos funcionarios quiso pronunciarse sobre el fallo, argumentando que no habían podido estudiarla aún. Meléndez también se mostró cauto, aunque subrayó que la sentencia demuestra que “los órganos del Estado están funcionando”.
“La Corte Suprema de Justicia, la Sala de lo Constitucional, está emitiendo sentencias de alguna manera fuertes y directas sobre algunos temas. Otras entidades que nos consideramos independientes estamos haciendo nuestro trabajo, estamos haciendo las cosas de conformidad a la ley”, insistió.
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