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Justicia multa a la organización que permitió la participación de menores en un toro embolado en Náquera

La sanción ha sido satisfecha según ha dado a conocer la asociación AnimaNaturalis que junto a CAS Internacional denunció el caso ante la Generalitat

Bous embolats
En Nules (Castellón) tiene lugar cada 24 de agosto los 'bous embolats' y 'bous al carrer'.Ángel Sánchez

La Consejería de Justicia, Interior y Administración Pública de la Generalitat ha sancionado a la organización que permitió la participación de menores en un toro embolado en la localidad valenciana de Náquera el pasado verano al considerar que cometió una infracción calificada como grave. Así lo ha dado a conocer este jueves AnimaNaturalis quien, junto a CAS Internacional, puso una denuncia ante la administración autonómica por la participación de los menores en el festejo taurino.

La denuncia se dirigía contra el Ayuntamiento de Náquera, la peña taurina El Cuerno de Náquera, responsables de la organización del toro embolado celebrado en dicho municipio, y contra los padres de dos menores que participaron activamente en este acto.

En las imágenes a las que las organizaciones tuvieron acceso, se apreciaba a dos menores, de 9 y 10 años, acompañados por el padre de uno de ellos, tratando de encender con una bengala los cuernos en un toro embolado, ha indicado Cristina Ibáñez, abogada de AnimaNaturalis.

Los aficionados se encontraban preparando al animal para que fuera embolado, cuando uno de ellos prendió una bengala y se la ofreció a dos niños para que encendieran las bolas de los cuernos del toro.

La denuncia de la organización tuvo como consecuencia la apertura de un procedimiento sancionador contra cuatro personas consideradas responsables por permitir la participación de menores de 16 años en festejos de bous al carrer, lo cual ha derivado en una multa que ya ha sido satisfecha, aunque cuyo importe no se ha dado a conocer.

La infracción cometida está considerada como grave por el Reglamento de festejos taurinos de la Comunidad Valenciana. Estas sanciones contemplan, alternativa o acumulativamente, una pena de multa de 601 a 30.000 euros y, acumulativamente, hasta 300.000 euros, suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, clausura del local o establecimiento por un período máximo de seis meses e inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos, actividades recreativas o actividades socioculturales por un periodo máximo de seis meses.

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“Como es habitual, se trata de una sanción insuficiente. Que este tipo de hechos sigan ocurriendo no solo pone en peligro la integridad física de niños, sino que promueven tradiciones crueles con los animales que naturalmente irían desapareciendo si no se involucra de esta manera a menores de edad. A pesar de esto, aplaudimos que se haya hecho justicia”, ha subrayado Ibáñez.

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