Un billete de vuelta para las ‘mulas’: de traficantes a víctimas de trata
Angelina fue, hace cinco años, la primera beneficiaria en España del principio de no punición. El Supremo tumbó esa absolución. De cómo se resuelva finalmente su caso depende el futuro de cientos de mujeres vulnerables forzadas a delinquir
Angelina, peruana de 27 años, ignora lo importante que es. No sabe que se ha convertido en bandera, en símbolo, en esperanza; que la suerte de cientos de personas en España está ligada sin remedio a la suya. La resolución final de su caso va a determinar si las mujeres vulnerables que han cometido delitos obligadas por grupos criminales deben ser castigadas por ello o exculpadas. En 2020, Angelina se convirtió en la primera mujer a la que la justicia española aplicaba el principio de no punición. Un año antes, había abandonado el barracón con techos de zinc en el que vivía, en un arrabal de Lima, y había dejado a su bebé de cuatro meses en brazos de una amiga, para volar hasta Barcelona. Llevaba medio kilo de cocaína oculta en preservativos que previamente había ingerido. Fue detenida. Pero una sentencia pionera la declaró víctima de trata de seres humanos y la absolvió. Angelina regresó a su país y esquivó la cárcel, el destino que aguarda a las mulas que fracasan, las que se quedaron sin billete de vuelta.
Por no saber, Angelina no sabe ni que esa decisión fue revocada. Que ya no es, a ojos de la justicia española, una víctima. Pero nadie va a ir a perseguirla a Lima así que mejor que no sepa, que vivirá más tranquila, razona su abogada, Núria Monfort. El Tribunal Supremo anuló la sentencia tres años después argumentando, entre otras cosas, que la joven había accedido a transportar la sustancia a cambio de dinero y que perdonarla podría provocar un “efecto llamada” para los carteles de la droga. Las juristas expertas en delitos de trata creen que la resolución del alto tribunal es un error clamoroso sin cobertura legal. Y quieren evitar a toda costa que un segundo pronunciamiento, en el mismo sentido, siente jurisprudencia. “Esta sentencia no puede convertirse en doctrina”, claman. La abogada de Angelina, mientras tanto, ha recurrido la decisión ante el Tribunal Constitucional en un intento de que se reconozca que las mulas, en determinadas ocasiones, son más víctimas que delincuentes.
El principio de no punición, contemplado en el Convenio de Varsovia (2005) y en una directiva de la UE (2011), implica que los Estados no deben sancionar penalmente a las personas que, por su condición de víctimas de trata, se han visto forzadas a delinquir. Una veintena de los 46 países del Consejo en Europa han adoptado cláusulas en ese sentido, lo mismo que algunos estados de Estados Unidos. En España, el principio llegó por la vía de una reforma del Código Penal (2010), que prevé la exención de la pena para víctimas que, como consecuencia de situaciones de “violencia, intimidación, engaño o abuso” hayan cometido una infracción. La trata para explotación sexual o laboral puede ser reconocida y detectada sin demasiados problemas por la policía. Pero la trata con fines criminales (tráfico de drogas, extracción de órganos, mendicidad organizada) no lo es tanto, genera dudas, se mueve en una zona de grises. Tal vez por esa razón, España tardó una década en aplicarlo a un caso concreto: el de Angelina.
Carolina Villacampa, catedrática de derecho penal de la Universidad de Lleida, se propuso poner fin a la invisibilidad de ese fenómeno. En 2012, lideró un estudio pionero en dos cárceles catalanas. Entrevistó a 45 mujeres que esperaban juicio o cumplían condena por diversos delitos. Al menos diez reunían todos los requisitos para ser consideradas víctimas de trata. Y ocho de ellas eran mulas, que habían sido forzadas por traficantes a transportar droga desde países sudamericanos (México, Ecuador, Venezuela). Supuestas amigas y loverboys que les hacían regalos y promesas las captaron y adiestraron para cumplir la misión. Algunas trajeron la droga en maletas facturadas, en bolsos de mano o adherida entre la piel y la ropa. Pero otras fueron obligadas a ingerir cápsulas, cuantas más mejor, lo que puso en riesgo su salud y sus vidas. Bajo condición de anonimato, las mujeres contaron a Villacampa sus historias de vida, y cómo las invadió el miedo al aterrizar en el aeropuerto de El Prat. “Rogaba que no me detuvieran porque me habían dicho que, si no pasaba, mi familia estaría en peligro”. Detenidas y llevadas al juzgado, nadie se interesó por sus circunstancias personales, constató la investigadora.
El trabajo de campo, sin embargo, “abrió los ojos a la policía y a la judicatura, al menos en Cataluña”, cuenta Villacampa. Cuando Angelina llegó a juicio, tras diez meses en prisión provisional, los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona estaban sensibilizados. Las características del caso lo hacían idóneo. Pero aplicar la cláusula no iba a ser fácil. La abogada Monfort buceó en su biografía. Angelina tenía 21 años, acababa de ser madre de un niño prematuro y era la única que aportaba ingresos para mantenerlos a todos: a ella, al bebé, pero también a la madre, a dos hermanos y a otras dos personas que convivían bajo el mismo techo de zinc. Necesitaba dinero. Y publicó, con cierta desesperación, un anuncio para pedir trabajo. La contactaron. Le ofrecieron 4.000 euros por viajar a España como mula. Angelina aceptó. Ingirió 25 preservativos con 474 gramos de cocaína. Fue llevada hasta el aeropuerto de El Callao con 250 euros, el billete de vuelta y una reserva de hotel. La sentencia que la absolvió concluye que fue “captada” por una organización que “se aprovechó de su situación de extrema vulnerabilidad”.
El caso de Angelina, ahora en disputa, es una extraña anomalía. El destino de las mulas que no superan el control de pasajeros sigue siendo invariablemente el mismo: permanecer entre rejas.
La travesía de Tomasina
Tomasina, paraguaya de 28 años, entra en la sala para visitas de Wad-Ras, en Barcelona una cárcel destartalada que, sin embargo, conserva la calidez de lo antiguo. Lleva un año y tres meses entre rejas. Desde que, como Angelina, fue detectada en el aeropuerto de El Prat y conducida ante un juez. “Llevaba 800 gramos de cocaína tragada. Venía bien de salud. Aún me pregunto por qué me apartaron de la fila... Creo que dieron el aviso desde Francia. Había hecho escala allí y me preguntaron por qué no comía nada. Como estaba súper tranquila, les desafié a que me hicieran una radiografía o me dejaran pasar que iba a perder el vuelo. Me dejaron seguir, pero al aterrizar en Barcelona, el 2 de mayo de 2023, había dos policías esperando a la salida del avión”.
Una vecina de Ciudad del Este, una localidad al suroeste del país, en la frontera con Brasil, sabía que la economía doméstica no iba demasiado bien. Y le propuso el viaje. “A mí me trajo la necesidad. Tengo dos hijos y estaba muy atrasada con el pago del alquiler”. La organización le prometió 7.000 euros (“en mi país eso es mucho dinero”) si era capaz de tragar un kilo de cocaína en bolas y le aconsejó que cada tarde comiera zanahorias crudas para “preparar la garganta”. El día indicado, pasaron a buscarla en coche y la condujeron a la terminal con el pasaporte y los billetes. “Me lo pintaron todo bien. Me dijeron que todas las chicas que llegaban, pasaban, y que después solo tenía que relajarme y pasar unos días en el hotel, ir a la playa...”. Le explicaron cómo debía abordar la entrevista que, finalmente, mantuvo con los policías a su llegada a Barcelona: “Les dije que venía ocho días de turista. Pero no me creyeron. Me hicieron la radiografía… Y ya me llevaron al hospital para expulsar la droga. Se interesaron por mi salud y por si conocía a la persona que iba a recoger la droga. Pero yo no sabía quién era... ¡Ni siquiera en qué hotel iba a quedarme!”, cuenta.
Ni en la terminal ni en la sala de vistas se interesaron por las circunstancias personales de Tomasina. Nadie le preguntó por qué arriesgó su vida y su libertad. Nadie quiso saber qué fuerza la empujó a salir de Paraguay y dejar a sus hijos. Siguió el proceso de cualquier mula: ingresó en prisión provisional (por falta de arraigo) y llegó a juicio, donde aceptó tres años y cuatro meses de cárcel. Fue detectada únicamente como traficante. Como víctima potencial, fue invisible. “La detección de una posible víctima de trata es esencial y es tarea de todos. De Policía y de Guardia Civil. Pero también de comandantes, azafatas, médicos, enfermeras... Una mujer que viene cargada con cocaína, que pone en riesgo su vida, tiene que haber pasado mucho para dar ese paso”, cuenta Félix Durán, jefe del grupo de trata de seres humanos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
Durán, que antes estuvo en homicidios, tiene una sensibilidad especial con las víctimas, que son más importantes incluso que acabar con las redes criminales. Por su experiencia sabe que muchas mujeres captadas para cometer delitos son “altamente vulnerables” y susceptibles de ser vistas como víctimas. Pero admite que no es la mirada que prevalece en la práctica. “El policía no debe pensar solo que va a coger medio kilo de cocaína. Ha de pensar también que puede detectar a una posible víctima”. El teniente coincide con todos los expertos consultados: no se trata de pensar que todas las mulas deben ser exculpadas porque sí, sino que se trata de mirar caso a caso y “no cerrarse a esa posibilidad”. En 2022, dos años después de la sentencia de Angelina, un grupo de expertos elaboró unas recomendaciones para que profesionales de la justicia detecten situaciones de trata para la criminalidad organizada. Si una pasajera sufre precariedad económica, muestra ansiedad, ha recibido amenazas, no ha intervenido para nada en la organización del viaje, no explica el destino concreto que va a visitar o lanza un discurso artificial, que parece inducido, es posible que sea, además de mula, víctima.
¿Debió Tomasina ser exculpada del proceso penal porque actuó bajo el abuso y sometimiento de un grupo mafioso? Ni siquiera ella se identifica como tal, algo frecuente: las mulas sienten que tomaron una decisión equivocada, pero voluntaria al fin y al cabo, y no perciben que se aprovecharon de ellas, de su cuerpo y de su pobreza, para lucrarse. “No guardo rencor a mi vecina, pero no volvería a hacer algo así ni que me ofrezcan el triple ni que pase más necesidad. Estoy presa, lejos de mi familia, me he perdido la mejor etapa de mis hijos...” Tomasina, que trabaja en la cocina de Wad Ras, está más cerca de cumplir su objetivo. Le queda poco para que la pena le sea sustituida por la expulsión del país: “Quiero estar con los míos, alejarme del ambiente que me trajo aquí... Quiero volver a Paraguay”.
Angelina también volvió a su casa en Perú, aunque declarada inocente, hace cinco años. No es, por cierto, su nombre real: es el nombre que usó el Centro de Documentación Judicial (Cendoj) al publicar la sentencia. También la llaman así las expertas que discuten apasionadamente sobre las repercusiones del caso desde que, en febrero de 2023, la justicia española reapareció en la vida de la mujer a más de 10.000 kilómetros de distancia para negarle la condición de víctima.
Misión: frenar la sentencia
La Fiscalía recurrió la absolución de Angelina al entender que la exención de pena no se había aplicado correctamente, pues el tráfico de drogas es un delito grave y perdonar a gente como ella supone dar “patente de corso” a los traficantes, que podrían emplear a gente muy pobre o a “indigentes” para hacer el trabajo sucio sin miedo a sufrir consecuencias penales. El Tribunal Supremo emplea ese y otros argumentos; por ejemplo, que no ha habido un proceso penal contra los supuestos tratantes de Angelina para poder concluir que es víctima, o que el sometimiento no fue prolongado en el tiempo.
Un grupo de mujeres se ha propuesto frenar una sentencia que “trasciende el caso de Angelina y afecta a todas las potenciales víctimas de trata”, explica en una conferencia Margarita Martínez, catedrática de Derecho Penal de la Complutense y coautora del informe jurídico Víctimas de trata y principio de no punición. Una sentencia que no debe convertirse en doctrina. El informe contesta punto por punto la resolución, de la que fue ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, y concluye que vulnera derechos fundamentales pero también el espíritu y el contenido literal de las directivas europeas y del Código Penal.
“Ninguna norma exige que la condición de víctima de trata derive de un procedimiento penal contra los responsables de ese delito. Esa exigencia no tiene cobertura legal y conduce, de facto, a que sea imposible aplicar el principio de no punición. Además, las dificultades de investigar esos casos son brutales; muchos no llegan ni a juzgarse”, lamenta, en el mismo foro, María Luisa Cuerda, catedrática de derecho penal de la Universitat Jaume I. Los datos de la memoria de la Fiscalía General del Estado parecen darle la razón: en 2023 los fiscales identificaron a 543 víctimas de trata, pero solo presentaron 32 escritos de acusación (contra sus tratantes) y apenas lograron 18 condenas. Solamente diez casos son de explotación para realizar actividades delictivas (el 2% del total).
Margarita Valle Mariscal, profesora de derecho penal de la Complutense, critica que el tribunal se haya sacado de la manga un argumento que “no está” en el artículo 177 del Código Penal, el que regula la exención de la pena: que el sometimiento sea “más o menos prolongado en el tiempo”. “Con que haya situación de abuso y engaño es suficiente. La captación, el transporte… Eso ya constituye la acción de la trata”. El informe de las juristas señala que, de aceptarse ese supuesto, algunos delitos (la extracción de órganos, el matrimonio forzado) quedarían siempre fuera de cobertura, porque se trata de acciones puntuales.
Sobre el “efecto llamada”, que el Supremo esgrime como “argumento práctico”, el profesor de derecho penal de la Universidad Rey Juan Carlos José Miguel Sánchez opina que es “más propio de una conversación de bar”. Critica Sánchez que los magistrados intenten “hacer prevalecer su criterio político-criminal frente al del legislador, que ya ha dado prevalencia al derecho de las víctimas a no ser sancionadas”. E ironiza con lo que suponen las mulas, que son el eslabón más débil, en la cadena internacional del narcotráfico. “Hay que fletar muchos aviones para traer las cantidades que entran, en barco, a través de los puertos. A las mulas se les paga casi un 10%, más los gastos del viaje. Es ineficiente”. Se suma Cuerda con más energía: “¿Cómo puede el tribunal pensar que muchas personas están dispuestas a hacer lo que Angelina hizo, dejar a su bebé para meterse en el cuerpo bolas de cocaína que podrían haber acabado con su vida?”
Invisibles para el sistema penal
“El Estado no puede pretender luchar contra el tráfico de drogas a fuerza de condenar a mulas”, coincide Villacampa, partidaria no obstante de que, si no hay elementos de abuso, el proceso judicial siga adelante contra esas personas por tráfico de drogas. La autora del estudio en prisiones alerta de que, además, el sistema penal somete a las mujeres a cierta presión para que testifiquen contra las organizaciones cuando “muchas veces no tienen información operativa” y hacerlo “puede poner en riesgo la seguridad de sus familias en los países de origen”.
El teniente Durán reconoce que el temor de las mulas —a ser descubiertas, pero sobre todo a los tratantes— es alto. Pero cree que la cooperación de una víctima puede ser muy útil: ella es quien puede habla de su situación de vulnerabilidad y quien puede dar información “sobre la fase inicial, la de captación”. El jefe de trata de la Guardia Civil pide a los suyos que abran la mirada en una doble dirección: hacia las organizaciones criminales (“no hay que quedarse solo con la maleta de droga; hay que saber quién compró el billete, quién la recoge en el aeropuerto”), pero también hacia la vida de esa mujer que aterriza con sudores y aterrada.
Pero esa sensibilidad aún está por desarrollarse. En un estudio posterior al de las cárceles, Villacampa y su compañera Núria Torres entrevistaron a 37 profesionales de la justicia: policías, fiscales, abogados. La mayoría duda de que las mulas puedan ser consideradas víctimas porque, al fin y el cabo, transportan droga a cambio de dinero. A lo sumo, son tratadas como fuente de prueba. España no es una excepción. Allí donde se ha aprobado, el principio de no castigar a esas personas se aplica “tímidamente” y siempre de forma restrictiva (Estados Unidos, Reino Unido, Holanda, Bélgica).
Las expertas exigen una nueva reforma legal para que la no punición se aplique correctamente y piden que la Fiscalía sea más proclive a la identificación de posibles víctimas. Su esperanza, mientras, está depositada en que se imponga el criterio del voto particular que, en el caso de Angelina, emitió el magistrado Javier Hernández. Discrepó de sus colegas del Supremo porque “invisibilizaron” la vulnerabilidad de una mujer que “delinque por ser víctima de un delito, lo que es significativamente distinto a delinquir por necesidad”. La organización la sometió a un trato degradante, la cosificó, puso en riesgo su vida, apunta, unos hechos que solo pueden verse “desde la perspectiva dramática de quien los ha sufrido”.
Aunque el Supremo devolvió la sentencia a la Audiencia de Barcelona para que redacte una nueva (en el sentido que quiera, pero sin aplicar esa eximente), el proceso está paralizado. La abogada Monfort ha recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional. Y está dispuesta a llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo para que se pronuncie sobre el asunto. Mientras, Angelina ha tratado de rehacer su vida en Perú. No fue sencillo porque, al llegar, las instituciones del país le pusieron trabas para recuperar a su hijo. Monfort sigue en contacto con ella, convencida de que, más allá de dar la batalla jurídica, que las mulas son “más víctimas que traficantes es algo que la opinión pública puede llegar a entender y compartir”.