Tres condenados a 20 años de cárcel por una violación múltiple en Sant Boi del Llobregat (Barcelona)
Los magistrados aseguran que la víctima “en ningún caso consintió los actos sexuales”
La Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 años de prisión a los tres hombres que juzgó por una agresión sexual múltiple en 2018 Sant Boi de Llobregat (Barcelona) a una chica que salía de una discoteca. En la sentencia, los magistrados han condenado a los tres acusados por un delito de agresión sexual, que comporta una pena de ocho de años de prisión, y cada uno también ha sido condenado por dos delitos de cooperación necesaria en una violación, castigados con seis años. Los jueces recuerdan que la jurisprudencia ante violaciones múltiples ”determina que si todos cometen el delito, cada uno responde por sus acciones y como cooperadores necesarios de las acciones de los otros”. Los jueces han dado fiabilidad a la declaración de la víctima porque es creíble y fiable y ha quedado corroborada con las pruebas de ADN. En la sentencia también se absuelve a uno de los acusados del delito de revelación y descubrimiento de secretos del que le acusaba el ministerio fiscal y la acusación particular.
El tribunal ha impuesto las medidas de alejamiento para los tres procesados -no podrán acercarse a la víctima a una distancia inferior a 1.000 metros tres años después de salir de prisión-, prohibición de comunicación por cualquier medio con la denunciante y se les ha condenado a la pena de libertad vigilada durante cinco años después de la pena de prisión. Los acusados tendrán que pagar una indemnización de 45.000 euros a la víctima “de forma conjunta y solidaria” por el daño causado y de 360 euros por las lesiones sufridas.
El tribunal ha dado por probado que, sobre las 6.30 horas del 19 de mayo de 2018, los tres acusados salieron de la discoteca y se subieron a un coche de color rojo cuando se encontraron a la víctima, que también subió al vehículo tras haber consumido bebidas alcohólicas, cannabis y cocaína que le provocaban “un grave deterioro de sus funciones intelectivas y físicas” El relato apunta que después se fueron a un descampado y realizaron fotografías a la víctima,”decidiendo seguir la marcha hacia otro descampado más recóndito”, donde la obligaron a realizar felaciones a dos de ellos y una penetración vaginal del tercer acusado dentro del coche.
La sentencia asegura que la víctima “en ningún caso consintió los actos sexuales descritos” y afirmado que tampoco pudo evitarlos pese a los gritos y la resistencia ofrecida por la denunciante ante la violencia que los procesados utilizaron. También añade que uno de los procesados realizó fotografías a la víctima semidesnuda y las envió por WhatsApp a otro de los procesados, siendo borradas posteriormente y sin que se haya acreditado que fueran visualizadas por personas ajenas a los acusados.
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