El bloque conservador del Constitucional impide votar en el Senado la reforma sobre su propia renovación
Por una mayoría de seis a cinco, el pleno paraliza la reforma legal del Gobierno. El tribunal de garantías había rechazado apartar al presidente González-Trevijano y al magistrado Narváez, con el mandato caducado y afectados por la medida, como pedían PSOE y Unidas Podemos
El Tribunal Constitucional ha adoptado este lunes, al filo de las 22.30, una medida insólita en democracia: paralizar la tramitación parlamentaria de una reforma legislativa que desbloqueaba la renovación del propio órgano de garantías. El tribunal ha avalado la petición del PP por seis votos (los magistrados del sector conservador) frente a cinco (los progresistas) y ha suspendido esa tramitación, solo tres días antes de que se votase definitivamente en el Senado la reforma del Código Penal en la que el Gobierno había incluido sendas enmiendas para poder renovar el tribunal de garantías. La izquierda parlamentaria y sus aliados descalificaron sin matices una decisión que temían pero que esperaban que no se produjera. El Gobierno anunció que acatará la resolución pero arremetió contra el Constitucional y afirmó que lo sucedido es de “máxima gravedad”. La situación da lugar a una honda crisis de confianza entre instituciones.
El PP argumentó que esa reforma legal, aprobada ya en el Congreso y pendiente de un último pleno en el Senado, se había hecho mediante un procedimiento supuestamente inconstitucional: la presentación de enmiendas a una proposición de ley para cambiar otras normas (la del Constitucional y la del Poder Judicial) sin conexión alguna con esa ley (el Código Penal). Los populares recurrieron en amparo por sentir que se habían vulnerado sus derechos de participación política y pidieron una medida cautelarísima prevista en la Ley del Tribunal Constitucional para suspender la tramitación legislativa de esas dos enmiendas sin oír a las partes implicadas.
El Tribunal Constitucional se encontró así por primera vez ante una petición que suponía paralizar la actividad del Parlamento. Y, por la mayoría conservadora de magistrados elegidos a propuesta del PP, tomó una decisión que ha desencadenado la protesta de toda la izquierda parlamentaria y de los grupos que apoyan al Gobierno en el Congreso de los Diputados.
El pleno del Tribunal Constitucional, reunido desde las diez de la mañana de este lunes, debatió ampliamente sobre el recurso de amparo presentado por el PP. La primera decisión relevante de un tribunal fracturado en dos fue rechazar los incidentes de recusación presentados por PSOE y Unidas Podemos contra dos de los magistrados conservadores, argumentando que tenían interés directo en la causa porque ambos tienen su mandato caducado desde hace seis meses y la reforma legal pretende precisamente renovar esa composición, dando lugar a una mayoría progresista donde ahora hay una conservadora. Los propios magistrados cuestionados —el presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, y Antonio Narváez— votaron en contra de su recusación.
El Constitucional suele rechazar la mayoría de los incidentes de recusación, aunque el PSOE y Unidas Podemos sostenían que en este caso las razones eran especialmente claras y poderosas. Trevijano y Narváez son dos magistrados elegidos en su día por el Gobierno del PP (el partido ahora recurrente) y que tienen su mandato caducado desde junio de este año (al igual que otros dos magistrados).
El Ejecutivo de Pedro Sánchez, en aplicación de la ley, eligió a los dos magistrados que le corresponden. Designó a Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, y Laura Díaz, ex directora general en el Ministerio de Presidencia. Pero el Constitucional se niega a darles el plácet para sustituir a Trevijano y Narváez, porque la Constitución establece que la renovación del tribunal se hará por tercios (cuatro magistrados cada vez), y en el tercio que toca renovar ahora están los dos magistrados que competen al Gobierno y los dos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Como el CGPJ lleva bloqueando desde hace meses el nombramiento de los dos magistrados que le corresponden —la otra parte del tercio a renovar—, el Constitucional se niega a aceptar la llegada de Campo y Díaz sin que antes se haya elegido a los otros dos.
Para evitar este bloqueo, el Gobierno reformó de urgencia la Ley del Constitucional y la del Poder Judicial a través de dos enmiendas añadidas la semana pasada a la proposición de ley de reforma del Código Penal que estaba en trámite, y en las que rebajaba las mayorías necesarias para el nombramiento de los magistrados. El PP señala que el Constitucional ya estableció hace años que ese procedimiento —cambiar una ley a través de enmiendas a otra ley distinta— es inconstitucional porque no permite a los diputados debatir en profundidad sobre esos cambios, y por ello los populares recurrieron el miércoles en amparo al tribunal pidiendo que adoptase una medida cautelar nunca tomada en democracia: paralizar la tramitación legislativa de las enmiendas en el Congreso.
El recurso y su resolución afectan directamente a Trevijano y Narvaez, a su continuidad o no como magistrados del Tribunal Constitucional. Pese a las quejas del sector progresista, ambos magistrados intervinieron en la votación sobre sus recusaciones, por lo que estas fueron rechazadas por seis votos a cinco. A continuación, el tribunal pasó a debatir si se adoptaba o no la medida cautelarísima: la suspensión de la votación de las enmiendas.
La doctrina reiterada del Constitucional, según expresó en un informe el letrado Juan Carlos Duque, experto en derecho parlamentario al que el presidente del tribunal encargó el estudio del recurso del PP, es no conceder ese tipo de medidas cautelares porque sería tanto como anticipar el fallo. La Fiscalía del Tribunal Constitucional, que aún no ha podido opinar sobre el asunto porque no se había admitido a trámite hasta ayer, también es contraria a conceder la medida cautelarísima, según adelantó EL PAÍS este lunes y como ha puesto de manifiesto en los últimos casos en los que ha tenido que pronunciarse.
Pese a todos estos antecedentes, la mayoría conservadora optó por cambiar esa doctrina y suspender la tramitación de las enmiendas. Ahora, según la ley, las partes tienen cinco días de plazo para presentar alegaciones. La Fiscalía y los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos, que pidieron personarse en la causa, harán alegaciones contra una decisión que paraliza por primera vez en la reciente etapa democrática una tramitación legislativa en las Cortes Generales.
Las consecuencias de la decisión en el propio Constitucional son imprevisibles, pero en todo caso influirán muy negativamente en su labor en el año que queda de legislatura. El tribunal tiene pendientes algunas de las principales sentencias que afectan a recursos contra leyes importantes aprobadas por la actual mayoría parlamentaria, y otras muy anteriores, como la ley del aborto, en vigor desde 2010. En los últimos meses los magistrados decidieron aparcar esas deliberaciones, precisamente a la espera de que el tribunal fuera renovado y fuera la nueva mayoría quien dictara las sentencias.
El pacto interno para evitar fricciones internas que se puso en marcha tras la última renovación parcial, en noviembre de 2021, salta por los aires con la decisión de esta noche. El acuerdo que habían propiciado el presidente Trevijano (conservador) y el vicepresidente Xiol (progresista) para no repetir enfrentamientos como el que produjo la sentencia que anuló el estado de alarma durante la pandemia ha dejado de existir. La disyuntiva que tendrá que resolver el Constitucional si continúa bloqueándose su renovación es si sigue con toda la tarea paralizada, sin resolver asunto alguno que tenga la menor carga política, o vuelve a poner en marcha en todas las votaciones su mayoría conservadora.
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