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El Constitucional estudiará el recurso del PP contra la devolución parcial de competencias al Poder Judicial en funciones

La admisión a trámite de la iniciativa, que se suma a otra anterior de los populares sobre la ley con la que el Gobierno prohibió al CGPJ realizar nombramientos, retrasará ambas sentencias

Sede del Tribunal Constitucional.
Sede del Tribunal Constitucional.EFE
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este miércoles el recurso del PP contra la reforma legal que impulsó el Gobierno el pasado junio y con la que devolvió al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) únicamente la competencia para nombrar a dos magistrados del propio tribunal de garantías (manteniendo la prohibición de realizar el resto de nombramientos de la cúpula judicial mientras esté en funciones).

La admisión de esta impugnación supondrá que el Constitucional no se pronunciará en breve —sino probablemente dentro de varios meses— sobre este recurso y los anteriores que habían presentado Vox y el PP contra el veto legal generalizado de realizar nombramientos por parte del CGPJ mientras esté con el mandato caducado. La razón es que el Constitucional estima que ambos recursos están relacionados, y deben estudiarse y resolverse de forma paralela.

El PP recurrió primero contra la primera reforma legal que el Gobierno impulsó y el Parlamento aprobó en 2021 y cuyo propósito era que el Poder Judicial no pudiera seguir realizando ningún nombramiento de altos cargos en las instancias judiciales (Tribunal Supremo, audiencias provinciales, tribunales superiores, Constitucional...) mientras estuviera con el mandato caducado.

Este cambio legislativo se llevó a cabo cuando el Consejo llevaba ya más de dos años en funciones ante el bloqueo político de los populares. Pero en junio de 2022 el Gobierno —a través de una proposición de ley presentada por el PSOE— devolvió parcialmente dichas competencias al órgano de gobierno de los jueces únicamente para que pudiera nombrar a los dos magistrados del Constitucional que le corresponden. El Ejecutivo quiere que esos dos nombramientos se produzcan ya para a continuación nombrar él a los dos magistrados que le competen en el tribunal de garantías. El Constitucional pasará así a tener una mayoría progresista.

Fue entonces cuando el PP añadió un nuevo recurso para oponerse a que el Consejo recuperase sus competencias de forma parcial en lugar de íntegramente. Una vez admitido este segundo recurso, el tribunal de garantías considera necesario estudiar si es posible establecer una distinción entre los nombramientos que prevé la propia Constitución y los que están regulados en la ley orgánica del Poder Judicial.

La consecuencia de esta distinción podría ser que una función —la de elegir a magistrados del Constitucional— se estime obligada en todo caso porque está fijada por la propia Constitución, mientras que la otra —si el Consejo puede seguir con sus nombramientos ordinarios— deriva de las previsiones de la citada ley orgánica sobre las competencias que pueda mantener el Poder Judicial una vez terminado su mandato.

El vicesecretario del PP Esteban González Pons instó recientemente al Constitucional a dictar ya su sentencia sobre el primer recurso, el referido a la prohibición generalizada de los nombramientos impuesta al CGPJ, pero los magistrados del tribunal estiman que el estudio sobre la constitucionalidad de ambas reformas legales resulta inescindible. De hecho, la decisión de admitir a trámite el segundo recurso del PP ha sido tomada por unanimidad, y con plena conciencia de los dos sectores, conservador y progresista, de que ello requerirá varios meses de preparación de las respectivas sentencias.

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