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La Audiencia confirma la condena a Jiménez Losantos por injuriar a ERC

El tribunal ratifica la sentencia que condenó al comunicador a indemnizar con 60.000 euros a ERC por un artículo de opinión en el que afirmaba que la sede independentista escondía armas

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la sentencia que condenó al comunicador Federico Jiménez Losantos a indemnizar con 60.000 euros a ERC por un artículo de opinión en el que afirmaba que la sede de la formación escondía armas y calificaba de terroristas a sus militantes. El tribunal ha desestimado el recurso que Jiménez Losantos presentó contra la sentencia del juzgado de primera instancia número 37 de Barcelona, que lo condenaba por intromisión ilegítima en el honor de ERC, así como de sus dirigentes, militantes y simpatizantes.

La Audiencia obliga también a publicar la sentencia en el periódico El Mundo, en el que Jiménez Losantos escribió en noviembre de 2007 el artículo Requisa de armas que motivó que ERC presentara su demanda. El artículo tildaba de "prototerroristas" a los militantes de la formación republicana y advertía de que en su sede "hay o puede haber armas", a raíz de la detención de dos militantes de las Juventudes de ERC (JERC) por enviar al presidente de Ciutadans de Cataluña, Albert Rivera, una fotografía suya simulando que le habían disparado un tiro en la frente. Según el tribunal, la opinión expresada por Jiménez Losantos en ese artículo "es indudablemente injuriosa, en tanto atribuye intenciones delictivas o delitos directamente a todo un partido político" y no queda justificada ni por el contexto informativo ni por la libertad de expresión.

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"No debe olvidarse que ni el derecho a la libertad de información ni el derecho a la libertad de expresión son ilimitados", mantiene el tribunal, que advierte de que éstos sólo pueden prevalecer sobre el honor "cuando se ejercitan con la prudencia y comedimiento necesarios".

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