El PP defiende que la reforma de 2003 permite disolver ayuntamientos de ANV
La portavoz parlamentaria popular afirma que su partido entregará en los próximos días un informe jurídico
El PP espera concluir y entregar en dos días al Gobierno el informe que ha elaborado en el que argumenta que es posible disolver los ayuntamientos que gobierna Acción Nacionalista Vasca (ANV), el partido sucesor de Batasuna y que no condena el terrorismo con la ley de régimen local. El PP aboga también por convocar elecciones municipales en el País Vasco aprovechando que en los próximos meses se celebrarán las autonómicas. Así lo ha explicado hoy la portavoz del PP en el Congreso de los Diputados, Soraya Sáenz de Santamaría, quien ha asegurado que este "informe completo" será remitido mañana martes o pasado al Ejecutivo para apoyar lo que ya le expuso el líder de los populares, Mariano Rajoy, al ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, en una conversación que mantuvieron el sábado en el Congreso durante la celebración de los 30 años de la Constitución.
Sáenz de Santamaría ha explicado que en ese documento su partido "demuestra" que con la Ley de Bases de Régimen Local es posible disolver los ayuntamientos que gobierna ANV. La portavoz del PP ha recordado que la reforma de 2003 de la ley de régimen local tuvo "precisamente" como objetivo este fin. El viernes, sin embargo, el Consejo de Ministros acordó estudiar una reforma de esa norma por entender que su artículo 61 no ofrece la base legal suficiente.
Con aquella modificación se introdujo un añadido en el artículo 61 para considerar "decisiones gravemente dañosas" que permiten al Gobierno promover la disolución de un consistorio -dice textualmente la ley-, los "acuerdos o actuaciones de los órganos de las corporaciones locales que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o justifiquen, y los que menosprecien o humillen a las víctimas o a sus familiares".
"Es una forma de justificarlo"
Sáenz de Santamaría ha explicado que la ausencia de condena por parte de ANV de los sucesivos atentados y actos de vandalismo terrorista se ajustan a los supuestos que contiene ese artículo: es una actitud reiterada, forma parte de una "acción concertada" de ANV, un partido además ilegalizado por formar parte del entramado de ETA, y constituye una humillación para las víctimas del terrorismo. "Sistemáticamente no se está condenando, por sistema y por consigna, en la formación y en los ayuntamientos gobernados por ANV", ha subrayado la portavoz parlamentaria, quien ha insistido en que no rechazar el terrorismo "es una forma de justificarlo".
La segunda parte del documento que el PP entregará al Gobierno contiene la argumentación a favor de que se celebren elecciones municipales en el País Vasco, aprovechando los comicios autonómicos. "Podría permitir ajustar un calendario para celebrar elecciones cuanto antes y de manera eficaz y económica", ha concluido.
Qué dice el artículo 61 de la Ley de Bases
1. El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado, podrá proceder, mediante Real Decreto, a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales.
2. Se considerarán, en todo caso, decisiones gravemente dañosas para los intereses generales en los términos previstos en el apartado anterior, los acuerdos o actuaciones de los órganos de las corporaciones locales que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o justifiquen, y los que menosprecien o humillen a las víctimas o a sus familiares.
3. Acordada la disolución, será de aplicación la legislación electoral general, cuando proceda, en relación a la convocatoria de elecciones parciales y, en todo caso, la normativa reguladora de la provisional administración ordinaria de la corporación.
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