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Lotería, consumibles y entradas para espectáculos... en los quioscos

El Ayuntamiento de Madrid aprueba una nueva ordenanza que permite la venta de muchos objetos que ya se distribuían 'de facto'

Los quioscos de prensa de Madrid podrán vender, además de las revistas y periódicos tradicionales, lotería, tabaco, refrescos, entradas para espectáculos culturales y de ocio, y libros, música y cine en formato digital en virtud de la nueva ordenanza municipal que prepara el Ayuntamiento. La propuesta inicial de la normativa, que legaliza la venta de muchos productos que ya se distribuían de facto como el tabaco, ha sido aprobada hoy por la Junta de Gobierno. El alcalde de la capital, Alberto Ruiz-Gallardón, ha explicado en rueda de prensa que los nuevos productos autorizados en los quioscos serán entradas de actividades culturales y espectáculos, lotería a través de terminales, tabaco en máquinas expendedoras, pequeños consumibles de material telefónico, fotográfico, informático y electrónico; agua y refrescos embotellados; y libros, música y cine en soportes digitales.

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En cualquier caso, los quioscos no podrán incrementar la superficie que ocupan de vía pública, y cualquier elemento anexo, así como el propio quiosco, será sometido a un nuevo régimen de homologación. Además, la nueva ordenanza introduce también cambios en el régimen de zonificación y distancias que deben guardar los quioscos entre sí y con el resto de mobiliario urbano.

El objetivo de este texto, que recoge las líneas estratégicas de actuación contempladas en el Libro Blanco del Quiosco de Prensa impulsado por el propio Ayuntamiento de Madrid y que ha sido elaborado por el área de Coordinación Territorial en colaboración con las áreas de Gobierno con competencias en esta materia y las juntas municipales de distrito, es la modernización del sector, la ampliación de las líneas de negocio actuales y el aprovechamiento de las tecnologías de la información.

Para asegurar una adecuada utilización de la vía pública, se incide en la actualización normativa del régimen jurídico al que debe quedar sometida la actividad de los quioscos de prensa, adecuando la ordenanza a las determinaciones de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas. A este respecto, la novedad fundamental consiste en introducir la concesión como título que habilita para el ejercicio de este actividad, en lugar de la autorización. No obstante, los derechos de los actuales titulares quedan preservados con el establecimiento de un régimen transitorio.

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