Los Quince no actuarán contra los grupos terroristas que operen en un solo país
Piqué da a entender que ETA y los Grapo estarán en la lista de organizaciones terroristas
Los Quince han pactado hoy una laberíntica base jurídica para configurar una lista de grupos o personas terroristas a los que impedirán financiarse. Esa lista, que empezará a diseñarse el próximo miércoles, deberá estar concluida antes de finales de año y permitirá a la Unión congelar los haberes de los organismos o personas terroristas externos (que actúan fuera de la UE) incluidos en la relación.
Sin embargo, la Unión no podrá en un primer momento adoptar medidas comunitarias contra los terroristas que actúan en el ámbito de la UE (europeas o internas) dado que carece de competencias para bloquear cuentas bancarias a nivel comunitario.
Contra estas entidades o grupos europeos los Quince sólo podrán adoptar de momento medidas de carácter nacional.
Durante la presidencia española de la UE, los Quince intentarán diseñar instrumentos dentro del llamado "tercer pilar" (Justicia e Interior) para poder actuar en el ámbito comunitario contra las organizaciones o personas terroristas internas identificadas en esta lista, según ha explicado el ministro español de Exteriores, Josep Piqué.
Pese a que este instrumento comunitario no tendrá valor jurídico para combatir a los terroristas implantados en la UE, Piqué ha destacado que "se establece un criterio político de las organizaciones a las que se podrá perseguir de todas las maneras posibles, aunque no sea mediante un reglamento comunitario, sino mediante medidas nacionales o del tercer pilar que están por decidir".
"Los ministros de Justicia e Interior de la UE deberán trabajar en los próximos meses" en el diseño de las medidas comunes para luchar contra la financiación de los terroristas de la Unión. "Existe ahora un criterio político de cuáles son las organizaciones contra la que se podrá actuar mediante instrumentos diferentes del reglamento comunitario", ha dicho el ministro.
Mientras tanto, los países podrán adoptar medidas nacionales contra los identificados en la futura lista. "España, por ejemplo, ya dispone de esos instrumentos porque aprobó una norma de transposición de la resolución 1373 del Consejo de Seguridad de la ONU que permite la congelación de haberes de toda una serie de entidades", ha explicado Piqué.
A la pregunta de si ETA y los Grapo estarán en la lista pública de la UE, el ministro ha respondido: "Tengo pocas dudas al respecto".
Lista satisfactoria para España
En cualquier caso, la lista "deberá adoptarse de común acuerdo", ha explicado Piqué, quien ha precisado que "tal y como se están configurando las cosas, la lista es satisfactoria para España".
"Esta lista se confeccionará sobre la base de informaciones concretas o de elementos del expediente que muestren que una autoridad competente ha adoptado una decisión respecto de las personas, grupos y entidades (...)", reza en la "posición común" sobre "la adopción de medidas específicas de lucha contra el terrorismo" aprobada por los ministros de Exteriores de la Unión.
Por "autoridad competente", se entenderá "una autoridad judicial o, cuando las autoridades judiciales no tengan competencia en el ámbito contemplado en este apartado, una autoridad competente equivalente que actúe a los fines de una persecución penal".
Esta "posición común" (política de la UE de obligado cumplimiento) llevará anexa la lista pública de terroristas, tanto externos como internos, que incluirá una relación secreta "a efectos exclusivamente" de cooperación entre los servicios de seguridad, según Piqué.
La relación secreta de carácter operativo y policial ya existe y es revisada cada seis meses por los ministros de Interior de la UE.
En ese documento, se precisa que "los nombres de las personas y entidades que figuren en la lista se revisarán periódicamente, al menos una vez por semestre, para asegurar que su permanencia en la lista está justificada".
"La Comunidad Europea, dentro de los límites y poderes que le confiere el Tratado de la UE, dispondrá la congelación de los fondos y otros haberes financieros o recursos económicos de las personas, grupos y entidades" enumerados en la lista.
También precisan que "los estados miembros, mediante una cooperación policial y judicial en asuntos penales en el marco del título VI del Tratado de la UE (disposiciones relativas a la cooperación y judicial en materia penal), se prestarán mutuamente asistencia más amplia posible para la prevención y la lucha contra
actos terroristas.
Además de este texto con el procedimiento para la congelación de haberes, los ministros han adoptado otra "posición común global relativa a la lucha contra el terrorismo" que detalla los términos de la cooperación judicial y policial entre los estados miembros.
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas
Este documento traslada a la legislación comunitaria el contenido de la resolución 1373 de la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre el terrorismo, que incluye lucha contra su financiación y el ofrecimiento de refugio a los terroristas.
El último pilar jurídico adoptado hoy en el mismo contexto es un reglamento propuesto por la Comisión Europea para "la adopción de medidas restrictivas frente a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo".
Este reglamento sólo se aplicará a las organizaciones terroristas externas porque los Tratados de la UE no contemplan mecanismos para congelar activos de grupos radicados en la Unión.
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