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TRIBUNALES

Condenados a más de mil años los etarras 'Pakito' y 'Fiti' por un atentado en el que murió un niño

La Audiencia Nacional considera probado que ambos terroristas eran miembros de la dirección de ETA en 1988, año en el que se produjo el atentando que dejó dos muertos en Madrid

Pakito y Fiti son condenados por dos delitos de asesinato consumado, cuarenta y seis de asesinato frustrado, veinte de lesiones graves, uno de estragos, dos de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno y otro de falsificación de placas de matrícula.

La condena, dictada por la sección tercera de la sala de lo penal de este tribunal, es la primera en España contra Fiti, considerado ex responsable del aparato de logística de ETA y experto en explosivos, y que fue extraditado desde Francia en noviembre de 2000 tras cumplir allí condena por asociación de malhechores tras su detención en marzo de 1992 en la localidad vascofrancesa de Bidart.

En la sentencia, el tribunal declara probado que, en 1988, Mujika y Arregi "eran miembros del llamado Comité Ejecutivo de la organización ETA-militar" y que, en el último trimestre de ese año, el primero de ellos se reunió en el sur de Francia con tres de los miembros del comando itinerante de la banda terrorista, los franceses Henri Parot, Jacques Esnal y Frederick Haramboure.

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En esa reunión "acordaron llevar a cabo un nuevo atentado con explosivos contra la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid con el propósito de causar la muerte al mayor número de integrantes de este cuerpo, sin importarles que, dada la ubicación de aquella, pudiera causarla también a viandantes y personas que pudieran transitar por las cercanías", asegura la sala.

Para la ejecución del atentado, Fiti preparó un artefacto explosivo con más de cien kilogramos de amonal, y lo colocó en una furgoneta que había sido sustraída por orden de la dirección de ETA en la localidad guipuzcoana de Pasajes de San Pedro y cuyas llaves, junto a las de otro vehículo con el que debían huir tras el atentado, le fueron entregadas a Henri Parot por Pakito.

El 22 de noviembre de 1988, la furgoneta con los explosivos fue colocada en la esquina de las calles del General Ibáñez Ibero y de San Francisco de Sales de Madrid, debajo de una garita de vigilancia colindante con los dormitorios de la Dirección General de la Guardia Civil, e hizo explosión a las 23.57 horas.

"A consecuencia de la explosión murió de forma inmediata Julio Bilbao, que pasaba por las cercanías, y al día siguiente, a consecuencia de las graves heridas sufridas, el niño Luis Delgado, que viajaba con sus padres en el coche propiedad de éstos que resultó afectado por la onda expansiva de la detonación", recuerda la sentencia.

Además, la explosión causó heridas a cuarenta y seis guardias civiles, a los padres del niño Luis Delgado y a otras cuarenta personas que en ese momento estaban fuera del edificio, además de cuantiosos daños materiales valorados en 863 millones de pesetas.

Miembros de la cúpula de ETA

El tribunal considera que Pakito y Fiti son responsables de los delitos citados "en cuanto miembros del llamado comité ejecutivo de la banda en la fecha de los hechos, órgano del que parte la orden concreta de cometer el hecho delictivo".

Respecto de Arregi, la sentencia señala que "su responsabilidad como autor no sólo deriva de su pertenencia a la dirección de la organización criminal, sino de la realización de actos plenamente calificables como de ejecución del hecho", en referencia a la preparación de los más de cien kilos de amonal del explosivo, lo que le convierte "en coautor directo".

"Su participación no sólo es 'necesaria' en sentido legal, sino que forma parte de la ejecución criminal misma, está en la raíz del delito tanto en la ideación como en la ejecución, siendo coautor directo del delito porque 'toma parte directa en la ejecución del hecho'", afirma la sala.

El tribunal, por último, aprecia en la comisión de los hechos la agravante de alevosía "pues el medio empleado para cometer el delito, explosivos, asegura la ejecución del mismo sin riesgo alguno para los criminales, al imposibilitar toda defensa por parte de las víctimas".

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