El TSJC obliga a CatalunyaCaixa a indemnizar a Todó y Masana
El FROB recurrirá al Supremo para evitar que Catalunya Caixa pague 1,2 millones
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso que presentó CatalunyaCaixa, todavía controlada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), contra la indemnización por despido del expresidente Adolf Todó y el ex consejero delegado de la entidad Jaume Masana. El juzgado de lo Social número 8 de Barcelona había fallado que ambos debían ser readmitidos o bien compensados con 600.000 euros por despido improcedente. Fuentes del FROB aseguraron que recurrirán la sentencia.
Todó y Masana fueron apartados al frente de CatalunyaCaixa en junio de 2013 en junio de 2013 por el FROB mediante un despido procedente. El Gobierno argumentó errores en la gestión de la entidad después de que hubiera recibido 12.050 millones de euros de fondos públicos —la mayor ayuda bancaria en España en relación a los activos del banco, por delante de Bankia— y hubiera registrado unas pérdidas de 11.819 millones de euros. En su lugar, el FROB nombró a José Carlos Pla como presidente de CatalunyaCaixa.
El juzgado de lo Social número 8 de Barcelona, sin embargo, dictó sentencia a favor de Todó y Masana al declarar la “improcedencia” de los despedidos. El juez condenó a CatalunyaCaixa a readmitir a los dos ex altos cargos de la entidad o bien a abonar la indemnización pertinente. Ninguno fue readmitido —Masana trabaja ahora en la competencia— y el propio ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, anunció que se recurriría la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El TSJC, sin embargo, ha vuelto a dar la razón a Todó y Masana. La entidad ha decidido ahora, según fuentes del FROB, presentar un recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Según informó ayer la agencia Efe este debe presentarse en los diez días siguientes a su notificación, fechada el 6 de noviembre. La sentencia, además, impone unas costas por el recurso a CatalunyaCaixa, “de 400 euros, en concepto de minuta a cada uno de los letrados de las partes contrarias”, lo que supone un total de 800 euros.
La sentencia recuerda que en las cartas de despido de ambos exdirectivos la entidad explicaba que ambos habían ocupado cargos de poder cuando se constituyó esta entidad a raíz de la fusión de las cajas de Catalunya, Manresa y Tarragona y tras su recapitalización, cuando el FROB pasó a ser el titular del 100% de las acciones del banco. En las cartas, el FROB justificaba los despidos “disciplinarios” de ambos por “un incumplimiento grave y culpable de sus funciones”.
El propietario de CatalunyaCaixa atribuía a ambos una actitud de “enfrentamiento y oposición reiterada a las decisiones, criterios y estrategias adoptadas en el banco”, por parte del FROB, hasta el punto de ejercer un papel de “oposición interna” y de “generar un clima de enfrentamiento y perturbación” en la entidad. El FROB señalaba que esa actitud de Todó y Masana se debía a su voluntad de “eludir” y “excusarse” de cualquier responsabilidad propia en la gestión de los últimos años al frente de la entidad.
Además, el FROB culpaba a ambos directivos de la “paralización de la gestión”, lo que supone “una flagrante dejación de sus responsabilidades y funciones”. El fondo dependiente del Gobierno central también alegaba que los dos altos ejecutivos se presentaban ante los potenciales compradores de la entidad, en el primer proceso de intento de venta, con datos que incluían previsiones por pérdidas esperadas muy superiores a las conocidas por los órganos de gobierno del Banco.
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