La Audiencia Nacional deja a Aemec personarse en nombre de los accionistas perjudicados
La Audiencia Nacional ha permitido a la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) personarse como acusación particular en nombre de 254 accionistas que adquirieron títulos de Bankia hasta el 20 de julio de 2011, día de su estreno bursátil.
En un auto, la sección tercera de la sala de lo penal desestima el recurso que interpuso la entidad contra la decisión del instructor del "caso Bankia", Fernando Andreu, de permitir la personación de la asociación.
Bankia alegó que Aemec no era perjudicada, pues no había adquirido acciones del grupo, por lo que su personación solo sería posible en calidad de acusación popular y no particular.
Aunque la Audiencia Nacional considera que "no le falta razón" a Bankia y que, "en sentido estricto", los perjudicados son los accionistas, recuerda que el Tribunal Constitucional contempló la posibilidad de que los acusadores actúen bajo una misma representación y defensa tanto en la acusación popular como particular.
Por tanto, permite la personación de Aemec en nombre de los perjudicados directos que acrediten haber adquirido acciones el día de la salida a bolsa de Bankia o antes, que deberán otorgar su representación a la asociación.
El pasado mes de octubre, esta misma sala dejó fuera a los accionistas que compraron participaciones de Bankia después de esa fecha al señalar que la entidad no es responsable de esas adquisiciones.
Consideraba que la "extensión" de la causa a las operaciones de compraventa de acciones ocurridas tras la Oferta Pública de Suscripción (OPS) que finalizó el 20 de julio de 2011 "es inaceptable por comprender situaciones que exceden los márgenes del objeto de la inicial querella y del sentido de la proporción".
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