El Tribunal de la UE niega al BBVA el registro de la marca "Valores de Futuro"
El Tribunal General de la Unión Europea (UE) rechazó hoy un recurso interpuesto por el banco español BBVA ante la negativa de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) a aceptar el registro de la marca verbal "Valores de Futuro" para designar productos y servicios en el ámbito educativo.
La solicitud del BBVA se remonta a septiembre de 2010 y fue denegada en julio de 2012 por la OAMI, que consideró que el signo carecía de carácter distintivo, ya que sería entendido como una indicación puramente laudatoria de las características generales de los servicios para los que se solicitaba el registro.
Además, señalaba en su decisión que el signo solicitado no contenía elementos que permitieran percibirlo como una expresión inusual y dotada de un significado propio que llevase a distinguir los servicios ofrecidos por el banco respecto a otros.
El BBVA recurrió esa negativa ante la Justicia comunitaria, que hoy dio la razón a la OAMI.
Según el Tribunal General, la oficina de marcas no cometió ningún error de derecho al apreciar que "Valores de Futuro" no tenía un carácter distintivo, en particular para designar productos y servicios en el campo de la educación y formación, como pretendía el banco.
Para la Corte con sede en Luxemburgo el signo sólo sería entendido por los consumidores como un mensaje promocional para destacar aspectos positivos de unos servicios, pero no serviría para identificarlos.
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