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AEROLÍNEAS ARGENTINAS

La Audiencia Nacional juzgará a Díaz Ferrán por Aerolíneas Argentinas en noviembre

El expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán. EFE/Archivo
El expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán. EFE/ArchivoEFE

La Audiencia Nacional ha señalado para los días 28 y 29 de noviembre el juicio al expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán y al expresidente de Air Comet Antonio Mata por un delito contra la Hacienda Pública tras comprar Aerolíneas Argentinas en 2001.

Inicialmente, la vista estaba programada para el pasado febrero, aunque el juez Central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, decidió suspenderla debido a que una comisión rogatoria solicitada a Argentina como prueba anticipada por una de las partes no estaba correctamente cumplimentada, han informado hoy fuentes jurídicas.

El magistrado volvió a remitirla al país sudamericano y tras recibir la contestación de las autoridades argentinas se ha fijado una nueva fecha para la celebración del juicio.

Junto a Díaz Ferrán -en prisión desde diciembre por el vaciamiento del Grupo Marsans- y Mata, para los que la Fiscalía pide una pena de dos años y cuatro meses de prisión, estaba acusado el empresario Gonzalo Pascual, que falleció en junio del año pasado.

La causa se remonta a 2001, cuando el Gobierno vendió Aerolíneas Argentinas a Air Comet, que no declaró supuestamente los beneficios obtenidos con la operación.

En concreto, la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) vendió el 92 % de las acciones en Interinvest (la propietaria del 92,1 % de Aerolíneas Argentinas) a Air Comet, entonces presidida por Antonio Mata, por un dólar a cambio de aportar 300 millones de dólares para satisfacer pagos a los acreedores de la sociedad.

Según el escrito de conclusiones provisionales del fiscal Miguel Ángel Carballo, el contrato de venta fue suscrito por Díaz Ferrán en nombre de Transportes de Cercanías; por Pascual, en representación de Segetur; por Mata, en nombre de Air Comet -actualmente en liquidación-, y por la SEPI.

Air Comet utilizó ese dinero, no para pagar a los acreedores, sino para subrogarse en su posición en el proceso de suspensión de pagos, lo que le permitió posteriormente recuperar el 40 % de lo invertido gracias al convenio aprobado por Aerolíneas Argentinas para saldar sus deudas.

De esta forma, al no haber declarado los beneficios obtenidos por la compra de Aerolíneas Argentinas, Carballo pide que los acusados respondan subsidiariamente en caso de impago de los 99 millones de euros de indemnización solicitada.

También pide que los acusados pierdan la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, el derecho a gozar de incentivos fiscales o de la seguridad social durante cinco años y que sean condenados a abonar las costas.

El instructor Eloy Velasco descartó, no obstante, que los empresarios hubieran cometido con esa operación delitos de falsedad contable, fraude, estafa procesal y malversación de caudales públicos, y que la SEPI hubiera amparado esas conductas.

Velasco consideraba que de la investigación, iniciada en 2004, no se deducía la existencia de "concierto, artificio o maquinación entre los gestores de la SEPI y los administradores de Air Comet para defraudar al Estado".

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