Condenado a un año de cárcel el asesor legal de Sniace por un delito ecológico
Miguel Gómez de Liaño autorizó seguir vertiendo residuos a un río pese a que su autorización fue revocada
El Tribunal Supremo ha condenado a Miguel Gómez de Liaño a un año de cárcel por un delito ecológico. Según la sentencia de la Sala Segunda del alto tribunal, Gómez de Liaño cometió un delito "contra los recursos naturales" como asesor legal en materia medioambiental del consejo de administración de la papelera Sniace.
La compañía disponía de autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Norte para verter residuos en el río Saja, aunque con unos límites tanto temporales como sobre las condiciones de dichos residuos, que debían respetar una serie de parámetros en cuanto a sus cargas contaminantes. Sin embargo, este permiso fue revocado por la confederación, lo que impedía a la papelera continuar vertiendo sus aguas residuales al Saja. Pese a ello, Miguel Gómez de Liaño informó favorablemente al consejo de Sniace, como asesor legal en la materia que era, de que podía seguir adelante con estas prácticas pese a que ya carecía de permiso.
Según añade la sentencia, los vertidos procedentes de Sniace al río Saja generaron sin "ninguna duda un riesgo grave" para el medio ambiente y "el equilibrio de los sistemas naturales". En concreto, cita el daño a "la vida animal y vegetal propia y característica de la zona afectada" por las aguas residuales de la papelera.
Por este motivo, el Supremo, que considera a Miguel Gómez de Liaño autor del delito "sin circunstancias modificativas de la responsabilidad", le condena a un año de prisión y una multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros. También le inhabilita para el ejercicio de cualquier actividad profesional que precise autorización ambiental por un tiempo de un año.
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