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Entrevista con José Manuel de Bunes

Director General de Tributos, MEH

José Manuel de Bunes

El próximo 1 de enero entrará en vigor la reforma fiscal recientemente aprobada, que incluye importantes modificaciones tanto en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) como en el Impuesto sobre Sociedades. José Manuel de Bunes, director general de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, ha charlado con los lectores.

1Carlos Sanz21/11/2006 01:06:40

Querido Director: ¿Existe algún cambio en la tributacion de los trabajadores o funcionarios sujetos por obligacion personal que estén destinados en el extranjero? Un abrazo desde Rumania

Buenas tardes a todos, y gracias por las preguntas que me habéis hecho llegar. Empezamos por esta que llega desde Rumania. En principio no hay cambios en la nueva Ley para estos funcionarios en el extranjero aunque en el desarrollo reglamentario que abordaremos en breve intentaremnos resolver algunas cuestiones que les pueden afectar, como por ejemplo el relativo a la deducción por adquisisción de la vivienda habitual.

2Isabel21/11/2006 01:08:17

¿Es verdad que los alquileres de viviendas a jóvenes menores de 35 años no tributarán?

Efectivamente, con determinadas condiciones, los arrendamientos a jóvenes entre y años que tengan rentas que al menos sean iguales al IPREM, tendrán en una reducción del cien por cien en el arrendador con la finalidad de favorecer la oferta y por tanto disminuir el percio de los arrendamientos a este colectivo de jóvenes.

3Tatago21/11/2006 01:12:37

¿Por qué los arrendadores de pisos sufrimos una discriminación, a mi juicio inconstitucional con respecto a los compradores en materia fiscal? No sólo no podemos acceder a una vivienda sino que además se nos castiga fiscalmente por ello. ¿Para cuando el derecho de igualdad en ésta materia?

El fomento del alquiler se ha instrumentado a través de la oferta en las modificaciones que se introdujeron en el año que van dirigidas a aumentar las viviendas en alquiler. En la misma línea está la reducción de los rendimientos obtenidos por quienes arriendan viviendas a jóvenes entre y años a las que me referí en una respuesta anterior. Además hay Comunidades Autónomas, en desarrollo de sus competencias en materia de vivienda, tienen establecidas deducciones para el arrendatario de viviendas.

4Pardino21/11/2006 01:16:20

La Comunidad Autónoma de Madrid ha anunciado la rebaja de 1 punto en el IRPF para 2007. ¿Se tendrá en cuenta esta medida a la hora del cálculo de las retenciones del IRPF de los ciudadanos de Madrid el próximo año?¿Serán, por tanto, diferentes la retenciones del IRPF en Madrid a las del resto de España?

Actualmente se encuentra en tramitación un Real decreto que regula el régimen de retenciones que ha de aplicarse a partir del de enero próximo. En el mismo se prevé un único régimen de retenciones para toda España.

5alexandre gontijo-brasil21/11/2006 01:18:24

¿Cuál es el porcentaje de declaraciones hechas por Internet?

El último dato, referente a las declaraciones de IRPF del ejercicio , presentadas en , atestigua que se presentaron por Internet el % de las declaraciones si sumamos tanto los borradores confirmados por ese medio como las declaraciones presentadas a través de la red.

6amador21/11/2006 01:21:49

Sr. Bunes: ¿Las aportaciones a planes de pensiones realizadas hasta el 31-12-06 van a tener un tratamiento transitorio en el nuevo IRPF? Gracias.

Efectivamente, la nueva ley es absolutamente escrupulosa en el respeto a las expectativas de los contribuyentes. En concreto, sobre esta materia, se regula el derecho del contribuyente a rescatar el capital acumulado correspondiente a las aportaciones efectuadas hasta de diciembre de , más la rentabilidad generada por el mismo hasta el momento del rescate, con una reducción del % si se opta por el rescate en forma de capital en un pago único, cualquiera que sea el año en que se produzca este.

7rondeno21/11/2006 01:25:41

Me gustaría saber qué tratamiento va a tener el rescate del plan de pensiones el proximo año. Muchas gracias.

Como complemento a una respuesta anterior, y con respecto a las aportaciones que se efectúen a partir de de enero de a sistemas de previsión social, la nueva ley establece un régimen que permite rescatar el capital con absoluta libertad (en forma de capital, o renta temporal o vitalicia), si bien sin reducción en el caso de rescate en forma de capital. Además, se permite que el contribuyente decida cual sea el momento mas oportuno para rescatar sin quedar obligado a plazo alguno o a decidir (como ocurre actualmente) tras la jubilación, en el plazo de seis meses, cómo quiere obtener el rescate.

8JJ21/11/2006 01:29:15

Una pregunta sobre el IVA, que sé que es uno de sus impuestos favoritos. ¿Cree que la reducción del tipo impositvo de en los discos:-reduciría la piratería? ¿Se podría realizar sin enfadarnos con la UE? Gracias, ha sido profesor mío y aunque discrepo con ciertos planteamientos, admito que es una persona válida para el puesto que ocupa actualmente.

Muchas gracias por tu comentario elogioso. Y que sigamos discrepando siempre, que para eso estamos los hombres, eso, si, con armonía. Hoy no cabe que España aplique un tipo reducido a los discos pues no lo admite la legislación comunitaria. ¿Sería útil la bajada para evitar la piratería? Puede que sí, siempre, y esto hay que remarcarlo, que la rebaja del impuesto se traslade al precio final que paga el consumidor.

9maitene21/11/2006 01:31:04

En el 2007, tengo entendido que podremos desgravar el 40% de rendimientos de los Planes de Pensiones si no queremos cobrar los planes en forma de renta; ¿pero ésto lo podremos hacer en el 2008, 2009 y 2010? Gracias por contestar. Un saludo

Maitene, puedes encontrar la contestación a tus preguntas en varias contestaciones anteriores. Gracias en cualquier caso por preguntar.

10cerilla21/11/2006 01:35:51

¿Qué calificación le merece que aparezcan 1800 millones de euros (o sea más de tresciento mil millones de las antiguas pesetas...) de dinero negro en dos entidades bancarias y estas afirmen que no conocen el dueño de tal dinero y...... no les pasa nada. ¿Usted se lo cree? ¿Qué piensa hacer con semejante disparate un gobierno progresista? ¿Hay justicia económica?

Evidentemente no me puede parecer bien que haya dinero negro, aunque sobre el asunto al que usted se refiere no puedo darle ninguna información pues deriva de un procedimiento judicial del que carezco de información. Por otra parte, esta Dirección General no es un centro que gestione prodecimientos de aplicación de los tributos.

11aspirino21/11/2006 01:37:28

¿Cómo tributarán las plusvalías generadas en la venta de farmacias en el País Vasco?

Las Diputaciones forales tienen competencias normativas para elaborar su propia regulación en materia del impuesto sobre la renta. Siento pues no poder contestarle a su pregunta.

12jmf21/11/2006 01:39:05

España tiene firmados y en vigor Convenios bilaterales para evitar la doble imposición con todos los países de la Unión Europea, con excepción de Chipre. En todos los convenios hay un reparto de la soberanía fiscal entre los dos países signatarios. De manera que según la naturaleza de la renta existe tributación exclusiva en un país o tributación compartida por ambos países. Normalmente la tributación exclusiva corresponde al país de residencia del perceptor de las rentas. Si bien hay determinadas rentas: cánones (por ejemplo: patentes, derechos de autor, etc.), intereses y dividendos para los que existe tributación compartida en ambos países. En esos casos de doble tributación se aplican unas reglas para evitar la doble imposición, con el objeto de evitar que la misma renta quede gravada por dos veces en los dos países. Será el país de residencia el que aplique ese mecanismo para evitar la doble imposición que se incorpora en todos los convenios firmados.

13Alberto Perez21/11/2006 01:44:52

¿Cómo puede ser que la nueva ley de IRPF contemple una imposición del 18% para los dividendos de sociedades cuando estos ya han tributado un 35 % o 30%, y no se apliquen coeficientes para paliar esta doble imposición? Le recuerdo que nuestro ordenamiento prohíbe el carácter conficador de los tributos. Gracias.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades obliga a reconocer a los dividendos procedentes de otros países comunitarios el mismo régimen de integración-deducción que el que corresponde a los distribuidos por sociedades que han pagado el impuesto sobre Sociedades en España. Por ello, los países de nuestro entorno están abandonando el sistema de integración-deducción, optando por un sistema clásico de tributación en el Impuesto sobre Sociedades y atenuadamente en el IRPF. Esta es la línea de la nueva Ley que establece una exención de euros, con la que se estima que mas del % de los perceptores de dividendos limitarán su tributación al impuesto pagado por la sociedad. Además, la rebaja del tipo aplicable al % (cuando hoy en día la mayoría de los contribuyentes tributan pos sus dividendos a su marginal, mas alto que ese %) aminora el efecto.

14Jesus21/11/2006 01:47:11

Soy profesional y tengo un piso que adquirí en el año 1998 por 25 millones de pesetas donde realizo mi actividad, y me gustaría trasladarme a otro similar pero en una zona más adecuada. Calculo que el nuevo piso me puede costar una cantidad similar a la que me pueden pagar por el viejo (125 millones). Resulta que tendré que pagar no solo la plusvalía municipal del viejo piso y el ITP del nuevo (8.75 millones) sino además 18 millones de IRPF (15 con la ley anterior). ¿Le parece normal?

Efectivamente, estos serían los criterios para la tributación de la plusvalía obtenida, aunque he de recordarle que ha de actualizar el valor de adquisición del inmueble, lo que reducirá el importe de la ganancia.

15Carmen21/11/2006 01:50:42

¿Cómo afecta la nueva reforma fiscal a las rentas medias?

Las rentas medias corresponden fundamentalmente a perceptores de rentas del trabajo. Un % de los contribuyentes no declaran mas de . euros. Esta mayoría de contribuyentes obtienen la mayor parte de la rebaja de impuestos que deriva de la nueva Ley tanto por el efecto del aumento de la reducción de los rendimientos del trabajo, como por la importante elevación de los mínimos personales y familiares (muy particularmente de los correspondientes a los descendientes).

Mensaje de Despedida

Muchísimas gracias a todos los que habéis participado en este foro. Las preguntas han sido muy interesantes y seguro que habrá una nueva ocasión para poder mantener un nuevo contacto que considero de gran utilidad. Antes de despedirme me permitís que corrija un error en una contestación - las prisas son malas consejeras-: el porcentaje de declaraciones presentadas por Internet en 2006 (declaración del año 2005) fue del 22,5%. Un saludo a todos y, de nuevo, muchas gracias.

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