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NORMATIVA COMUNITARIA

La UE aprueba la liberalización del mercado automovilístico

El nuevo Reglamento de Distribución de automóviles entrará en vigor el 1 de octubre

La Comisión Europea ha aprobado el texto definitivo del nuevo reglamento comunitario para la distribución de automóviles, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre. El Ejecutivo comunitario ha afirmado que la reforma aprobada es "radical pero equilibrada" y el presidente de la Comisión, Romano Prodi, ha asegurado que se han tenido en cuenta las opiniones del sector para el diseño final de las propuestas.

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Bruselas permitirá que uno de los elementos más polémicos de las reformas, la eliminación de la cláusula de establecimiento de concesionarios, que permite a un fabricante conceder a estos la exclusividad en una zona geográfica determinada, se retrase hasta octubre de 2005, un año más tarde de lo que inicialmente quería.

La aprobación del reglamento, que sustituirá al actualmente vigente, permitirá acabar con la exclusión del sector de la distribución de automóviles de las reglas de libre competencia. Los propietarios de vehículos tendrán "un acceso más sencillo a los servicios posventa, posiblemente a precios más bajos", ha sostenido la Comisión, que ha agregado que la reforma hará que se mantengan "plenamente la calidad de esos servicios y de las reparaciones". "Llevará a una mayor competencia entre distribuidores, facilitará en gran medida las compras transfronterizas de vehículos nuevos y propiciará una mayor competencia en materia de precios", ha insistido Bruselas.

En cuanto al retraso de la prohibición de la cláusula de establecimiento hasta 2005, el comisario europeo de Competencia, Mario Monti, ha declarado que es "una solución equilibrada y práctica en un ámbito en el que había opiniones divididas".

Las nuevas normas permitirán que los fabricantes de automóviles puedan optar por un sistema de distribución de sus vehículos exclusiva o selectiva. Según la primera fórmula, cada distribuidor autorizado tiene asignado un territorio de ventas por parte del fabricante, pero con la libertad de vender a operadores que no sean miembros de la red oficial establecida por el fabricante.

Con la distribución selectiva, los distribuidores también son seleccionados sobre la base de una serie de criterios pero no se les asigna un territorio de ventas ni tienen autorización para vender a operadores que no sean miembros de la red oficial creada por el fabricante.

Distintas marcas en un mismo concesionario

Los concesionarios podrán vender más de una marca de automóviles, según el sistema multimarca, si así lo eligen, y los fabricantes sólo podrán imponer el requisito de que sus vehículos sean expuestos en zonas específicas para su marca dentro de la sala de exposición.

Entre otras medidas, el nuevo reglamento permitirá que los distribuidores establezcan un punto de venta secundario o un centro de entrega en otra zona de su territorio nacional o en otro Estado miembro de la Unión Europea.

Eso significará que los fabricantes "no podrán restringir la libertad de los distribuidores existentes para expandir sus actividades estableciendo puntos de venta secundarios", que ha sido hasta ahora la consecuencia de la aplicación de la cláusula de establecimiento que será derogada.

En cuanto a los servicios posventa, mientras que con el reglamento todavía en vigor cualquier distribuidor está obligado a prestar servicios de reparación, con el nuevo podrá elegir entre hacer las reparaciones en sus propias instalaciones o subcontratar estas con otro miembro autorizado de la red del fabricante.

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