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95.000 euros por dejar morir a un hombre a la puerta del ambulatorio

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que indemnizar con 95.240 euros a la viuda e hijos de un hombre que murió de un infarto a 50 metros de un ambulatorio de Sevilla, sin que el médico de guardia del centro accediese a salir y atenderlo. Manuel Fernández, de 49 años, falleció el 11 de enero de 2001 en las cercanías del ambulatorio del Parque Alcosa, tras sufrir un infarto al volante de su coche y estrellarse contra unos contenedores de basura.

Sin embargo, pese a que los testigos del accidente avisaron al personal del centro de salud Mercedes Navarro, el celador y el médico de guardia se negaron a acudir a atender a la víctima. El facultativo, que según consta en la sentencia estaba viendo la televisión, argumentó que los servicios de urgencias ya habían sido avisados y que en el centro no tenían los medios adecuados para atender a Fernández.

En 2006 un jurado popular declaró culpables de un delito de omisión del deber de socorro al médico y al celador. Después, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía absolvió a este último. Ahora el juez de lo Contencioso se basa en la condena firme contra el médico para considerar demostrado que existe "nexo de causalidad" entre la actuación de los servicios sanitarios y la muerte del hombre. Por eso, la familia de Fernández será indemnizada por el daño moral sufrido. Según el abogado de la familia, una atención adecuada hubiese podido suponer "una oportunidad para salvar la vida del fallecido". Ello pese a que los informes médicos certificaron que la causa directa de la muerte no fue la actuación del SAS, sino la patología cardiaca.

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