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La Generalitat vulnera el derecho de dos niños autistas

El Supremo ordena subsanar deficiencias educativas

Ni el aula era la adecuada, ni los profesores tenían la experiencia suficiente, ni se respetaba el ratio entre formador y alumno y, además, se mezclaba a niños de edades diversas. Por todo ello, la atención a los niños con trastorno autista del colegio público Tomás de Montañana de Valencia vulneró los derechos a la igualdad, a la no discriminación, a la educación y la integración de los menores.

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado el recurso presentado por los padres de dos niños con Trastono de Espectro Autista (TEA) y ha ordenado a la Generalitat que subsane "sin demora" las graves deficiencias detectadas en la atención educativa que recibían los menores. La sentencia anula un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano que daba la razón a la Administración valenciana al estimar que el derecho a la educación de los niños quedaba salvaguardado pese a las carencias reconocidas del centro educativo.

El Supremo recalca que el colegio no respetaba el ratio alumno-profesor, que era de nueve alumnos por clase, cuando la propia Consejería de Educación fija un máximo de cinco niños con Trastornos del Espectro Autista por aula. Además, el alto tribunal destaca que se producía una constante rotación del personal educativo, que en ocasiones no estaba cualificado, y se carecía de programación y de protocolos de actuación con estos alumnos, con necesidades educativas especiales.

Sin experiencia

El informe elaborado por la Inspección de Educación confirma que al comienzo del curso 2006-2007 -objeto de la demanda- los profesores carecían de experiencia, el aula era pequeña e inadecuada y no tenía material, salvo el aportado por los propios padres o los profesores.

A ello se unía la "descoordinación" entre las consejerías de Educación y de Sanidad, y la mezcla de niños de distintas edades en una misma clase, algo que no debería producirse. "Difícilmente puede decirse que se haya respetado el derecho fundamental a la educación ofreciendo a los niños a los que se refiere el recurso un tratamiento acorde a la situación de desigualdad de partida en que se encuentran", subraya el TS.

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