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El juez falla contra la Diócesis de Lugo en su litigio con vecinos de Ribadulla

El Obispado pretendía el reconocimiento de una finca de 2.400 metros cuadrados

Los vecinos de Ribadulla, en el municipio coruñés de Santiso, se han apuntado el primer tanto judicial frente al Obispado de Lugo en la larga disputa que mantienen con la Iglesia por la titularidad de unos terrenos. Una sentencia del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia de Arzúa no solo ha desestimado "íntegramente" la demanda de la diócesis, sino que le impone las costas procesales y absuelve a los 53 demandados que en su día habían participado en la compra del espacio litigado a la asociación de vecinos.

Atrás quedan dos años de desencuentros, aunque todo hace prever que la batalla en los juzgados continuará, ya que el letrado que representa al Obispado, Alejandro Fernández Pumariño, entiende que la sentencia "debe ser recurrida". Mientras tanto, los demandados dispararon al cielo 500 euros en bombas de palenque para anunciar a los parroquianos la buena noticia que les había llegado desde el juzgado, y muy pronto se reunirán en el campo de la discordia en torno a una comida y ambiente musical para proseguir con la celebración.

Los demandantes entienden que la sentencia "debe ser recurrida"
La Iglesia dejó a los parroquianos sin misa por el desencuentro

El Obispado pretendía el reconocimiento de la propiedad de un terreno de 2.400 metros cuadrados e instaba a la nulidad de la acción de venta de la finca por parte de la Asociación de Vecinos a los parroquianos de Ribadulla. Ahora, en la sentencia se apunta que tanto en los fundamentos jurídicos como las pruebas practicadas "no se deducen la concurrencia de los presupuestos para la estimación de las pretensiones ejercitadas frente a los demandados" y sí se asumen "en su integridad" las alegaciones y argumentos vertidos por los vecinos. El juzgado sentenciador da por hecho que, al menos, han transcurrido más de 30 años sin que el Obispado hubiera impedido la posesión "pública, pacífica e ininterrumpida" por parte de los vecinos del campo litigado donde han realizado las fiestas patronales y lo han usado como área de deportes y juegos infantiles.

Una vez enterados los vecinos de que el juzgado había desestimado "íntegramente" la demanda del obispado utilizaron los cohetes como efecto llamada para reunirse en el terreno que ha provocado las desavenencias entre clero y feligreses y que incluso llevó al Obispado de Lugo a dejarlos sin misa. Se trata de un espacio localizado en la parte alta de Ribadulla, un pueblo parcialmente inundado en 1968 por las aguas del embalse de Portodemouros.

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"Contábamos con la sentencia favorable, ya que el terreno es nuestro, pero no estábamos del todo tranquilos al estar la Iglesia por el medio", comentó Luís García Campos, que ejerció como portavoz vecinal. Es consciente de que la sentencia se puede recurrir, pero es un aspecto que no le preocupa: "Que apelen lo que quieran, pero si tuvieran un poco de sentido común, no deberían hacerlo".

La decisión de llevar el caso hasta la Audiencia Provincial de A Coruña le corresponde al Obispado. Su letrado está dispuesto a hacerlo, ya que discrepa de la apreciación de la prueba que se ha realizado por parte del juez y defiende que la diócesis dispone de título notarial de transmisión de la propiedad "debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad". "Estimo", concluyó, "que la sentencia debe ser recurrida, ya que el haber celebrado la fiesta en una finca de la diócesis e incluso que allí hubieran jugado los niños en momentos puntuales, ha obedecido a que tal uso fue autorizado por la Diócesis de Lugo a una comisión vecinal".

Fernández Pumariño recalcar que la sentencia recaída en primera instancia "no es la última palabra", a no ser que la Diócesis, que ya en su día había indicado que los vecinos estaban en un error "de buena fe", decida acatarla. Por su parte, los habitantes de Ribadulla responden con documentación catastral a su nombre y una escritura pública donde se recoge la venta del campo a los vecinos.

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