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Absuelto el juez acusado de incumplir una orden de alejamiento

La Fiscalía mostró ayer su indignación por una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que ha absuelto al magistrado de Sevilla José Carlos Ruiz de Velasco, quien fue acusado de incumplir una orden de alejamiento hacia su esposa por una denuncia de malos tratos. La sentencia le considera inocente porque la mujer le permitió la entrada en la vivienda y porque él tomó medidas para evitar todo encuentro con su cónyuge.

El Ministerio Público teme que este fallo judicial cree un "peligroso" precedente en el que puedan basarse sentencias de otros casos similares. La Fiscalía recuerda que el año pasado el Tribunal Supremo acordó que el consentimiento de la mujer no exime de responsabilidades penales en los casos de quebrantamientos de condenas.

Según la sentencia dada a conocer ayer, los hechos comenzaron en 2007. Entonces un auto del juzgado de instrucción número 4 de El Puerto de Santa María (Cádiz) impuso a Ruiz de Velasco la prohibición de que pueda aproximarse a menos de 15 metros de su esposa o de que pueda comunicarse con ella por cualquier medio tras una denuncia por malos tratos.

Régimen de visitas

En febrero de 2008 el magistrado acudió al domicilio familiar para llevar a sus dos hijos, tras haber pasado con ellos el tiempo acordado en el régimen de visitas. El relato de los hechos probados incluye que el acusado explicó a su mujer, desde el exterior, que la medida de alejamiento ya no estaba en vigor pero, aun así, le pidió que se encerrara en una habitación al fondo de la casa, mientras él recogía unos enseres personales. Durante esa estancia no tuvo contacto visual, físico o comunicación con su mujer.

El juzgado de Instrucción número 3 de Cádiz absolvió al magistrado y la Fiscalía recurrió esta decisión. Un recurso que ahora desestima la Audiencia Provincial. En esta sentencia no se considera trascendente si la orden de alejamiento estaba en vigor o no, que lo estaba, ni si el acusado lo conocía realmente o no. "Nadie discute que, teniendo conocimiento el acusado de la prohibición que le fue impuesta por el juzgado, se acercó al domicilio llegando a entrar en él mismo", dice el texto.

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