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El juez insta a los perjudicados por el apagón a que reclamen los daños

Todos al juzgado. Un juez de Barcelona ha acordado insertar un anuncio en varios diarios para hacer saber que está tramitando una demanda a raíz del apagón eléctrico del mes de julio y que todos los perjudicados pueden acudir a reclamar daños y perjuicios. Eso es lo que marca la ley y el juez no ha hecho más que cumplir esa previsión, como no podía ser de otra manera.

En concreto, el artículo 15.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que en las demandas promovidas por entidades o asociaciones que defienden los derechos de los consumidores el juez "llamará al proceso" a todos los que tengan su condición de perjudicados para defender sus derechos. En el caso del apagón eléctrico, la demanda fue presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios.

Más adelante, el texto legal señala que cuando exista una pluralidad indeterminada de perjudicados, la tramitación de la demanda quedará suspendida un máximo de dos meses para que puedan acudir los perjudicados. Pasado ese tiempo, el proceso se reanudará con las personas que hayan comparecido en el juzgado. Las que no lo hayan hecho, deberán esperar a que, cuando se dicte sentencia, el juez los considere perjudicados.

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