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Reportaje:PLANES DE PENSIONES

Aportaciones máximas

En este caso, la recomendación es única, pero por dos motivos muy distintos. Se trata de apurar al máximo las posibilidades de aportación (no hay que olvidar que a partir de los 52 años, el particular puede aumentar su volumen de aportaciones a razón de 1.250 euros por cada año que exceda de esta edad de referencia hasta llegar así hasta los 24.250 euros si se tiene 65 o más años) y con ello reducir los ingresos generales y de rebote los impuestos totales a pagar (supone unos ahorros de entre 15 y 45 euros por cada 100 de aportación).

Se trata igualmente de estirar al máximo las aportaciones pero, en este caso, para acumular el mayor volumen de ahorro posible a 31 de diciembre de 2006. Si este capital se recuperara en el futuro en forma de capital tendría derecho a gozar (si se contrató antes del 1 de enero de 2005), a la hora de incluirlo en su declaración de renta, de una reducción del 40%. Todo lo que se coloque en un plan de pensiones a partir del 1 de enero no gozará de esta ventaja tributaria.

El importe que no se reduzca este año podrá restarse de las rentas en los cinco ejercicios siguientes sin tener en cuenta los nuevos límites

¿Aportaciones al máximo? Sí, incluso por encima de las establecidas legalmente para 2006 (es decir, 8.000 euros anuales por persona menor de 52 años). ¿Por qué? Porque los importes que no se reduzcan este ejercicio podrán restarse de las rentas del ahorrador particular en los cinco ejercicios siguientes sin tener en cuenta los nuevos límites porcentuales que entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2007.

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