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Una mujer lleva a juicio a la Junta por retirarle la tutela de dos hijos dados en preadopción

Ginés Donaire

El Juzgado de Instrucción número 3 de Jaén celebró ayer la vista por la demanda interpuesta por Dolores U. S. contra la resolución de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de retirarle la tutela de sus dos hijos, de 9 y 7 años, que actualmente se encuentran en proceso de preadopción. Mientras la Junta justificó la situación de desamparo de los menores en el carácter "desestructurado" del entorno familiar en el que vivían, la madre de los niños considera "injusta" la decisión y ayer volvió a criticar que no se le diera la oportunidad a familiares cercanos de asumir su acogimiento.

La Junta retiró en 2001 la tutela de los dos niños a Dolores U. S. y a su anterior pareja por entender que el domicilio en el que vivían, propiedad de los padres de él, presentaba unas condiciones de hacinamiento, además de justificar el desamparo de los menores en la vida "desordenada" de sus progenitores y en el historial delictivo del padre. Con posterioridad, el 14 de abril de 2005, la Junta dictó una propuesta previa de adopción, una resolución que es la que ha recurrido en los tribunales la madre de los niños, que ayer compareció en el juicio acompañada de su actual pareja.

En la vista, que quedó vista para sentencia, el abogado de la mujer de Arjona, Francisco Herrera, alegó que la resolución es "injusta y lesiva" tanto para los intereses de la madre como de los niños. Herrera, que defiende también a una familia de Segura de la Sierra en un caso similar, expuso que la madre "nunca ha tenido una vida desordenada" ni tampoco "desestructurada", hechos suficientes, a su juicio, para que "la Junta retrotraiga sus actuaciones y declare la nulidad" del proceso. El letrado apuntó a una posible "mala fe" o "negligencia" por parte de la Junta, de quien criticó que, "de forma unilateral" haya iniciado el proceso de preadopción.

Los letrados de la Junta argumentaron que la resolución administrativa "no es recurrible" y recordaron que el desamparo de los niños "ya fue admitido"en su día. "El objeto de la demanda carece de posibilidad de revisión jurisdiccional", apuntaron.

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