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El TSJA avala el convenio entre el SAS y los ópticos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos contra el convenio que en 1999 alcanzaron el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y el Colegio de Ópticos-Optometristas de Andalucía para que los pacientes con problemas visuales pudieran ser remitidos por los médicos de cabecera directamente a las ópticas. El alto tribunal andaluz no atiende la queja de los oftalmólogos, que denunciaban una competencia desleal.

Al convenio entre la Junta y los ópticos se le llamó Programa para la Prevención y Promoción de la Visión, que generó el descontento de los médicos. Según explicó la presidenta del Colegio de Ópticos-Optometristas de Andalucía, Inmaculada Morales, "la sentencia avala la legalidad del plan, rechaza que haya competencia desleal y define el programa como un instrumento para mejorar el servicio asistencial por medio de una atención rápida a los usuarios".

Gracias a este programa, un médico de cabecera puede remitir directamente a los pacientes con problemas de agudeza visual directamente a cualquiera de las 900 ópticas adheridas a este plan en Andalucía, un 60% de las existentes. El objetivo primordial era reducir las listas de espera en los especialistas. "El óptico atiende a estos usuarios, pero si observa alguna patología los envía al oftalmólogo, por lo que no hay conflicto de competencias", señaló Morales.

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