El Tribunal Superior vasco anula las ayudas a familiares de presos
Los jueces fallan que el Ejecutivo vasco carece de competencia
El Tribunal Superior de Justicia vasco ha anulado las ayudas ofrecidas por el Gobierno de Euskadi a los familiares de presos encarcelados fuera de la comunidad autónoma. El alto tribunal considera que el Ejecutivo de Vitoria no tiene competencias en materia penitenciaria porque no han sido aún transferidas. La sentencia subraya, además, que la norma aprobada por la Consejería de Justicia vasca (que dirige EA) "trasluce una crítica a la política penitenciaria" de dispersión del Ejecutivo central.
"El fondo y raíz del programa de ayudas está en la idea de que los ciudadanos vascos deben cumplir condena en establecimientos situados en el País Vasco", señala la resolución judicial del alto tribunal vasco. Esa reivindicación ha sido defendida por todos los partidos nacionalistas y Ezker Batua y ha tenido su plasmación en proposiciones no de ley aprobadas en el Parlamento vasco por una amplia mayoría en favor del acercamiento de los presos a sus lugares de origen.
Desde 2003, el Departamento de Justicia del Gobierno vasco, en manos del consejero de EA, Joseba Azkarraga, ha presupuestado para esta partida -desplazamientos, etc "con el fin de paliar los efectos negativos del cumplimiento alejado del lugar de residencia", según consta en la norma ahora anulada- un total de 600.000 euros. Sólo para este año están presupuestados 200.000 euros. La norma fue aprobada el 30 de julio de 2003. La sentencia de la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Alberdi, rechaza el argumento incluido en el recurso del abogado del Estado según el cual estas ayudas ponían en peligro la política antiterrorista del Gobierno central. Pero estima buena parte de los demás argumentos.
El letrado del Gobierno vasco, en su escrito, negó que las ayudas recurridas fueran un ejercicio de la competencia en materia penitenciaria. Pero la sentencia resalta que la letrada del Ejecutivo "omite decir qué título competencial es el que se ejercita, limitándose a invocar la autonomía financiera y la consiguiente capacidad de gasto".
El alto tribunal vasco invoca la jurisprudencia del Constitucional para recordar que la capacidad de gasto sólo permite a las comunidades autónomas financiar o subvencionar "tan solo aquellas actividades sobre las cuales tengan competencias". La resolución judicial analiza las competencias que en materia de Administración de Justicia tiene reconocidas el Ejecutivo vasco y concluye que la norma recurrida "carece por completo de relación" con ellas.
La sentencia reconoce que la competencia de prisiones reside, según el Estatuto de Gernika, en el País Vasco, pero que el ejercicio de la misma está condicionado a "la efectiva transferencia de bienes y servicios, previo acuerdo de la Comisión Mixta (...), transferencia que no se ha producido", recuerda. Y abunda en esa idea al indicar que "la territorialidad es un límite intrínseco al ejercicio de la competencia".
El Colectivo de Víctimas del Terrorismo del País Vasco (COVITE) y la Delegación del Gobierno en Euskadi aplaudieron la sentencia, que el Ejecutivo autonómico en funciones anunció que recurrirá.
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