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Unión Valenciana gana el pleito planteado por pactar con el PP

El juzgado de Primera Instancia número 2 de Valencia ha desestimado la demanda presentada contra Unión Valenciana (UV) por veinte de sus militantes que solicitaron la nulidad de los acuerdos aprobados en su día para concurrir a las elecciones generales dentro de las listas del PP.

En una sentencia hecha publica hoy, el juzgado señala que la citada demanda se presentó superado el plazo de caducidad de 40 días que establece la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación. El fallo recuerda que la Ley Orgánica de Partidos Políticos establece el derecho de los afiliados a impugnar los acuerdos que estimen contrarios a los estatutos, para lo cual, según la norma del Derecho de Asociación, contarán con un plazo de cuarenta días a partir de la adopción de los mismos. Los acuerdos recurridos fueron adoptados por Unión Valenciana el 20 de diciembre de 2003 y el pasado 27 de enero de 2004, y la demanda contra los mismos fue registrada en el Decanato de los Juzgados el pasado 12 de mayo, momento en el cual "había transcurrido holgadamente el plazo de caducidad de 40 días".

En este sentido, la sentencia subraya que el plazo de caducidad no es similar al de prescripción, en el cual se pueden admitir suspensiones del proceso, ya que su efecto de extinción es "radical y automático". Asimismo, el juzgado señala que existe falta de legitimidad por parte de dos ex militantes y del portavoz del sector ortodoxo de UV, Juan Ignacio Culla, ya que éste último había sido expulsado del partido el 13 de abril de 2004. El juzgado impone las costas del juicio a los demandantes, que han anunciado que recurrirán el fallo.

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