Lo universal y lo diverso
En El malestar en la cultura, Freud se refirió al "narcisismo de las pequeñas diferencias" ilustrando el fenómeno con los desencuentros habidos entre españoles y portugueses o ingleses y escoceses. El culto a lo diferencial se exaspera con la proximidad, como ocurrió históricamente entre católicos y protestantes o estalinistas y trotskistas. Ahora que celebramos con entusiasmo los narcisismos diferenciales es bueno recordar que, con anterioridad a la diferencia, está la esencia humana común, que definió por vez primera en términos jurídicos la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789 y redefinió la ONU en 1948. En estas declaraciones solemnes se reconoce el derecho a la diversidad (de pensamiento, expresión, asociación, religión, etcétera), aunque no se previeron en esos textos derechos admitidos luego en algunos países, como el matrimonio o la familia homosexual (pues la Declaración de la ONU habla sólo del derecho a uniones heterosexuales).
En las celebraciones actuales hay que preguntarse, por tanto, si los derechos humanos universales son susceptibles de cambio, en sentido extensivo o restrictivo, sujetos al de las costumbres. La respuesta legal es que todo aquello que no está prohibido está permitido. Y, sobre todo, hay que preguntarse qué ocurre cuando, en virtud del derecho a la diferencia, algún particularismo de alguna tribu lesiona un derecho general. La colisión resulta muy obvia cuando en nombre de una religión se practica la mutilación genital de las mujeres, pero no siempre la infracción es tan estridente. La norma reside en que la diferenciación particular está subordinada a los derechos universales y no al revés.